9/16/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 378-2017-MEM/DM Autorizan transferencias financieras de Recursos

Autorizan transferencias financieras de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor de los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Huánuco, Ayacucho y San Martín RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 378-2017-MEM/DM Lima, 13 de setiembre de 2017 VISTOS: El Informe Nº 106-2017-MEM-OGP/DIR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 220-2017-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, y; CONSIDERANDO: Que,
Autorizan transferencias financieras de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor de los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Huánuco, Ayacucho y San Martín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 378-2017-MEM/DM
Lima, 13 de setiembre de 2017
VISTOS: El Informe Nº 106-2017-MEM-OGP/DIR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 220-2017-MEM/OGJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autorizó al Ministerio de Energía y Minas para efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los Gobiernos Regionales para ser destinados a financiar exclusivamente, a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, hasta por el monto de S/ 5 000
000.00 (Cinco millones y 00/100 Soles);

Que, la referida disposición señala que dichas transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas, entre otros, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales correspondientes;

Que, asimismo se establece la obligación de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos;

Que, en virtud a las precitadas disposiciones y con el objeto de fortalecer las capacidades de gestión, así como apoyar económica y técnicamente a las Direcciones y/o Gerencias de los Gobiernos Regionales para que ejerzan de manera eficiente las competencias y funciones transferidas en materia minero energéticas, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito Convenios de Cooperación y Gestión con los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Huánuco, Ayacucho y San Martín;

Que, mediante los referidos Convenios de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir S/ 180,000.00 a cada Gobierno Regional (Ciento ochenta mil y 00/100 Soles), siendo que mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 051-2017-MEM/DM y 066-2017-MEM/DM se transfiere la suma de S/ 100 000.00 (Cien mil y 00/100 Soles) en favor de los Gobiernos Regionales de Huánuco, San Martín, Ayacucho y Cajamarca;

Que, conforme a lo señalado en el Informe Nº 106-2017-MEM-OGP/DIR, se verifica que se han presentado los informes de avances y logros y la evaluación de los indicadores de gestión señalados en los respectivos Convenios de Cooperación y Gestión correspondientes al primer semestre del año 2017, por lo que resulta necesario autorizar las transferencias financieras de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas, a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Huánuco, San Martín, Ayacucho y Cajamarca, por el monto de S/ 80 000.00 (Ochenta mil y 00/100 Soles);

Con el visado de la Secretaria General; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, del Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas;

De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2012-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de las transferencias financieras de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor de los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Huánuco, Ayacucho y San Martín.

Autorizar las transferencias financieras de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por el monto ascendente a S/. 80 000,00 (Ochenta Mil y 00/100 Soles), a favor de cada uno de los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Huánuco, Ayacucho y San Martín para ser destinados exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Energía y Minas, encargadas de ejercer las competencias en materia minero energéticas, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes:

2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/. 320 000.00
Artículo 2.- Detalle de las transferencias Las transferencias citadas en el artículo 1 de la presente resolución se efectuarán según el siguiente detalle:

AL: (En Soles)
Pliego 445 :

Unidad Ejecutora :

Unidad Ejecutora SIAF :

Cuenta :

RUC :

Gobierno Regional de Cajamarca 80 000,00
Nº 001 Sede Central
Nº 0775
Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
Nº 20453744168
Pliego 448 :

Unidad Ejecutora :

Unidad Ejecutora SIAF :

Cuenta :

RUC :

Gobierno Regional de Huánuco 80 000,00
Nº 001 Sede Central
Nº 0804
Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
Nº 20489250731
Pliego 444 :

Unidad Ejecutora :

Unidad Ejecutora SIAF :

Cuenta :

RUC :

Gobierno Regional de Ayacucho 80 000,00
Nº 001 Sede Central
Nº 0770
Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
Nº 20452393493
Pliego 459 :

Unidad Ejecutora :

Unidad Ejecutora SIAF :

Cuenta :

RUC :

Gobierno Regional de San Martín 80 000,00
Nº 001 Sede Central
Nº 0921
Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
Nº 20531375808
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de las transferencias financieras se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Cajamarca, Huánuco, Ayacucho y San Martín, correspondientes al Año Fiscal 2017.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Energía y Minas

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