9/27/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 386-2017-MEM/DM Otorgan concesión definitiva a favor de Transmisora

Otorgan concesión definitiva a favor de Transmisora Eléctrica del Sur 2 S.A. para desarrollar actividades de transmisión de energía eléctrica en el departamento de Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 386-2017-MEM/DM Lima, 20 de setiembre de 2007 VISTOS: El Expediente Nº 14373916 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para la Línea de Transmisión en 220 kV Azángaro Nueva (Pumiri) - Juliaca Nueva (San Román) - Puno y Subestaciones Asociadas, presentada
Otorgan concesión definitiva a favor de Transmisora Eléctrica del Sur 2 S.A. para desarrollar actividades de transmisión de energía eléctrica en el departamento de Puno
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 386-2017-MEM/DM
Lima, 20 de setiembre de 2007
VISTOS: El Expediente Nº 14373916 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para la Línea de Transmisión en 220 kV Azángaro Nueva (Pumiri) - Juliaca Nueva (San Román) - Puno y Subestaciones Asociadas, presentada por Transmisora Eléctrica del Sur 2 S.A. (en adelante, TESUR 2); y, el Informe Nº 399-2017-MEM/ DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, TESUR 2 y el Ministerio de Energía y Minas suscribieron el Contrato de Concesión SGT del Proyecto "Línea de Transmisión Azángaro-Juliaca-Puno 220 kV" (en adelante, el Contrato SGT), el 18 de junio de 2015, mediante el cual TESUR 2 se obliga a diseñar, financiar, suministrar los bienes y servicios requeridos, construir, operar y mantener la "Línea de Transmisión 220 kV Azángaro-Juliaca-Puno y Subestaciones Asociadas";

Que, mediante Carta Nº TDS2-252/2016 con Registro Nº 2628135, de fecha 3 de agosto de 2016, TESUR 2
solicita la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Línea de Transmisión en 220 kV Azángaro Nueva (Pumiri) - Juliaca Nueva (San Román) - Puno y Subestaciones Asociadas, ubicado en los distritos de Caracoto, Juliaca, Caminaca, Achaya, Arapa, Santiago de Pupuja, Azángaro, Puno, Paucarcolla, Atuncolla, Huata, provincias de San Román, Azángaro y Puno, departamento de Puno;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 053-2016-SENACE/DCA, de fecha 20 de julio de 2016, la Dirección de Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE aprueba el Estudio de Impacto Ambiental Detallado del Proyecto "Línea de Transmisión 220 kV
Azángaro - Juliaca - Puno y Subestaciones Asociadas" (EIA-D), presentado por TESUR 2, de conformidad con los fundamentos y conclusiones señalados en el Informe Nº 055-2016-SENACE-J-DCA/UPAS-UGS, de fecha 20 de julio de 2016;

Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas mediante el Informe de Vistos, ha verificado que TESUR 2 cumple con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomienda otorgar la concesión definitiva para el proyecto Línea de Transmisión en 220 kV Azángaro Nueva (Pumiri) - Juliaca Nueva (San Román) - Puno y Subestaciones Asociadas;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno de la Viceministra de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Transmisora Eléctrica del Sur 2 S.A., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Línea de Transmisión en 220 kV Azángaro Nueva (Pumiri) - Juliaca Nueva (San Román) - Puno y Subestaciones Asociadas, ubicado en los distritos de Caracoto, Juliaca, Caminaca, Achaya, Arapa, Santiago de Pupuja, Azángaro, Puno, Paucarcolla, Atuncolla, Huata, provincias de San Román, Azángaro y Puno, departamento de Puno, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/Llegada de la Línea de Transmisión Tensión (kV)
Nº de Terna Longitud (km)
Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)
S.E. Pumiri - S.E. San Román S.E. San Román - S.E. Puno Enlace S.E. Pumiri - S.E.

Azángaro Enlace S.E. San Román - T18 (L.T. 138 kV S.E. Puno - S.E.

Juliaca)
220
220
138
138
01
01
01
02
74,59
31,02
3,096
0,714
25
25
20
20
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 509-2017 a suscribirse entre Transmisora Eléctrica del Sur 2
S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión Nº 509-2017 aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión Nº 509-2017, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta del concesionario de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Cayetana Aljovín Gazzani Ministra de Energía y Minas

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