9/15/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 427-2017-PRODUCE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2017-PRODUCE 13 de setiembre de 2017 VISTOS: El Oficio 358-2017-PRODUCE/INNÓVATE PERU.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 1124-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 475-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017,

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 427-2017-PRODUCE
13 de setiembre de 2017
VISTOS: El Oficio 358-2017-PRODUCE/INNÓVATE
PERU.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 1124-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 475-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016- PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017;

Que, mediante Decreto Supremo Nº157-2012-EF
se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 DÓLARES
AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;

Que, con Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto;

Que, asimismo la Segunda Disposición Complementaria final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, dispone que el "Proyecto Innovación para la Competitividad" se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y Contrato de
Préstamo Nº 2693/OC-PE y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción;

Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces;
precisando que dicha Resolución Ministerial se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, la citada Disposición Complementaria Final, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda, siendo que mediante resolución del titular, deberán establecerse los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del sector sobre los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo señalado anteriormente;

Que, a través del Oficio Nº 358-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite a la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 071-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU/UPEG, de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, sustenta la necesidad de autorizar el otorgar subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas, hasta por la suma de DOS
MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y 63/100 SOLES (S/ 2
354 640,63), en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios por la suma de S/ 689 814,83 y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 1
664 825,80, destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos: i) 02 "Proyectos de Investigación Aplicada"
- IA; ii) 01 "Proyecto Preparación para Acreditación de Laboratorios" - PPAL; iii) 02 "Proyectos Apoyo de Actividades de Extensionismo Tecnológico" - ET; iv) 12
"Proyectos de Innovación de Empresas Individuales" -
PITEI; v) 09 "Proyectos de Popularización de la Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento" - PCTI; y, vi)
01 "Proyecto de Iniciativas Favorables a la Vinculación entre la Oferta y la Demanda de Servicios Tecnológicos"
- IFVIN, conforme se detalla en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; precisando, que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con los compromisos establecidos en los convenios y contratos suscritos;

Que, por Memorando Nº 1124-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 475-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal para el otorgamiento de subvenciones a personas naturales y jurídicas privadas hasta por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y 63/100
SOLES (S/ 2 354 640,63), en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios por la suma de S/ 689 814,83 y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 1 664 825,80, con cargo al presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos detallados en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco del contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, con cargo a la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038:

Ministerio de la Producción, hasta por la suma de DOS
MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y 63/100 SOLES (S/ 2
354 640,63), en la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios por la suma de S/ 689 814,83 y 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 1 664 825,80, destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos: i) "Proyectos de Investigación Aplicada"
- IA; ii) "Proyecto Preparación para Acreditación de Laboratorios" - PPAL; iii) "Proyectos Apoyo de Actividades de Extensionismo Tecnológico" - ET; iv) "Proyectos de Innovación de Empresas Individuales" - PITEI; v)
"Proyectos de Popularización de la Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento" - PCTI; y, vi) "Proyecto de Iniciativas Favorables a la Vinculación entre la Oferta y la Demanda de Servicios Tecnológicos" - IFVIN en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, y lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Proyecto 2160305: Innovación para la Competitividad, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son asignados.

Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para lo cual se realiza el otorgamiento
de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 7.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN
Ministro de Agricultura y Riego Encargado del Despacho del Ministerio de la Producción

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.