10/17/2017

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3715 -2017-MP-FN Dejan sin efecto la resolución de la

Dejan sin efecto la resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2115-2016-MP-FN, en el extremo que designó a la Fiscalía Superior Mixta de La Convención sede la Convención para que conozca en adición a sus funciones en grado las investigaciones que provengan de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios de dicha sede RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3715 -2017-MP-FN Lima, 16 de octubre de 2017 VISTO: El Oficio Nº 1171-2017-MP-PJFS-DFCUSCO/MP/ FN,
Dejan sin efecto la resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2115-2016-MP-FN, en el extremo que designó a la Fiscalía Superior Mixta de La Convención sede la Convención para que conozca en adición a sus funciones en grado las investigaciones que provengan de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios de dicha sede
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3715 -2017-MP-FN
Lima, 16 de octubre de 2017
VISTO:

El Oficio Nº 1171-2017-MP-PJFS-DFCUSCO/MP/ FN, suscrito por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Nº 2115-2016-MP-FN, de fecha 6 de mayo de 2016, se designó a la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco- sede Cusco y la Fiscalía Superior Mixta de la Convención - sede La Convención para que conozcan en grado y en adición de sus funciones las investigaciones que provengan de las fiscalías provinciales especializadas en delitos de corrupción de funcionarios del distrito fiscal de Cusco;

Mediante la Resolución Administrativa Nº 205-2016-CE-PJ, de fecha 18 de agosto de 2016, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso, entre otros, que la Segunda Sala de Apelaciones Permanente actúe en adición de sus funciones como especializada en delitos ambientales y corrupción de funcionarios de la provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco, es decir se centralizó en la Corte Superior de Justicia del Cusco, la atención de los casos en grado, respecto a los delitos de corrupción de funcionarios;

Mediante el oficio de visto, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Cusco, informó que ante la vigencia de la citada Resolución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el personal fiscal de la Fiscalía Mixta de La Convención tiene que trasladarse a ciudad de Cusco entre 14 y 15 horas para participar en las diligencias programadas por la Sala de Apelaciones Permanente;

En ese contexto, resulta necesario se deje sin efecto la resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2115-2016-MP-FN, de fecha 6 de mayo 2016, en el extremo que designó a la Fiscalía Superior Mixta de La Convención sede la Convención, para que conozca en grado y en adición de sus funciones las investigaciones provenientes de las fiscalías especializadas en delitos de corrupción de funcionarios de dicha sede;

Por lo que, contando con la opinión favorable del Fiscal Superior de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios y conforme a lo dispuesto por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2115-2016-MP-FN, de fecha 6 de mayo 2016, en el extremo que designó a la Fiscalía Superior Mixta de La Convención sede la Convención, para que conozca en adición a sus funciones en grado las investigaciones que provengan de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios de dicha sede.

Artículo Segundo: Disponer que el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Cusco, adopte las medidas pertinentes para que la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco- sede Cusco, asuma en agrado, en adición a sus funciones y a partir de la vigencia de la presente resolución los casos nuevos que se generen en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Convención.

Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente de la Corte Superior de Justicia del distrito judicial de Cusco, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Cusco, Tercera Fiscalía Superior Penal de Cusco sede Cusco, Fiscalía Superior Mixta de la Convención sede la Convención, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación

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