10/28/2017

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 311-2017-MINEDU Aprueban Lineamientos Académicos Generales de

Aprueban Lineamientos Académicos Generales de los Institutos de Educación Superior RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 311-2017-MINEDU Lima, 17 de octubre de 2017 VISTOS, el Expediente Nº 169478-2017, el Informe Nº 132-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico Productiva y Superior Tecnológica y Artística, y el Informe Nº 1037-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por
Aprueban Lineamientos Académicos Generales de los Institutos de Educación Superior
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 311-2017-MINEDU
Lima, 17 de octubre de 2017
VISTOS, el Expediente Nº 169478-2017, el Informe
Nº 132-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA de la Dirección de Servicios de Educación Técnico Productiva y Superior Tecnológica y Artística, y el Informe Nº 1037-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el literal a) del artículo 13 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, entre los factores que interactúan para el logro de la calidad de la educación se encuentran los lineamientos generales del proceso educativo en concordancia con los principios y fines de la educación peruana;

Que, el artículo 79 de la referida Ley establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como el desarrollo de la carrera pública docente de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 10 de la citada Ley, el Ministerio de Educación establece los lineamientos académicos generales para todos los Institutos de Educación Superior y las Escuelas de Educación Superior;

Que, conforme al numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, los lineamientos académicos generales que establece el Ministerio de Educación orientan y regulan la gestión pedagógica en el Instituto de Educación Superior y la Escuela de Educación Superior, respectivamente, buscando garantizar una formación que responda a las políticas educativas nacionales y regionales, así como a las necesidades, tendencias y desafíos, actuales y futuros, del sector educativo, productivo y del desarrollo local, regional y nacional, en todas las modalidades y enfoques, con pertinencia cultural, según corresponda;

Que, el "Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú", aprobado por Resolución Suprema Nº 001-2007-ED, establece como Política Nº 25.1: Mejorar la formación de las instituciones de educación superior, universitaria y técnico - profesional;

Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2016-2021 del Sector Educación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 287-2016-MINEDU, define como Objetivo Estratégico Sectorial 2: "Garantizar una
oferta de educación superior y técnico - productiva que cumpla con condiciones básicas de calidad";

Que, mediante Oficio Nº 723-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA, el Director General de la Dirección General de Educación Técnico - Productiva y Superior T ecnológica y Artística remitió al Viceministro de Gestión Pedagógica el Informe Nº132-2017-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DISERTPA, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar los "Lineamientos Académicos Generales para los Institutos de la Educación Superior", los cuales tienen como objetivos establecer disposiciones que regulen y orienten la gestión pedagógica en los Institutos de Educación Superior; así como, asegurar la elaboración e implementación de programas de estudios pertinentes y de calidad para la formación integral de los estudiantes en los referidos institutos;

Que, de acuerdo al literal f) del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, modificado por el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 568-2017-MINEDU, se delega en la Secretaria General del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos en el ámbito de competencia del Despacho Ministerial;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes; el Reglamento de la Ley Nº 30512, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos Académicos Generales de los Institutos de Educación Superior", los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA G. REATEGUI NAPURI
Secretaria General

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