10/26/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1045-2017 MTC01 Aprueban Plan Anual de Evaluación y Fiscalización

Aprueban Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017, del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1045-2017 MTC01 Lima, 25 de octubre de 2017 VISTOS: El Memorando Nº 557-2017-MTC/02-AL.LME del Despacho Viceministerial de Transportes, los Memoranda Nos. 167, 168, 724 y 1507-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, los Memoranda Nos. 241, 875 y 1227-2017-MTC/16 de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, y los Memoranda Nos. 0628 y 3407-2017-MTC/29 de la
Aprueban Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017, del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1045-2017 MTC01
Lima, 25 de octubre de 2017
VISTOS:

El Memorando Nº 557-2017-MTC/02-AL.LME del Despacho Viceministerial de Transportes, los Memoranda Nos. 167, 168, 724 y 1507-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, los Memoranda Nos. 241, 875 y 1227-2017-MTC/16 de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales, y los Memoranda Nos. 0628 y 3407-2017-MTC/29 de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29325 crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, cuya rectoría se encuentra a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental;

Que, el artículo 7 de la precitada Ley, señala que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local (EFA) son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, que forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA;

Que, en el literal c) del artículo 3 de los "Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental", aprobados por Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD, en adelante, los Lineamientos, se define al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) como el instrumento de planificación a través del cual cada EFA programa las acciones de fiscalización ambiental a su cargo, a ser efectuadas durante el año calendario correspondiente, sin que el ejercicio regular de la fiscalización ambiental a cargo de cada EFA, esté limitado a lo que se establezca en su PLANEFA;
asimismo, en el artículo 4 de la misma norma, se señala que el PLANEFA es aprobado por Resolución del titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental;

Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución de Consejo Directivo Nº 026-2016-OEFA/CD, que modifica los Lineamientos, dispone que el plazo de aprobación de los Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, a cargo de las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) correspondiente al año 2017, será hasta el 30 de enero de 2017;

Que, según los artículos 4 y 5 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, este Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional, e infraestructura y servicios de comunicaciones, estando facultado para supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;

Que, los artículos 73 y 86 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establecen que las funciones de fiscalización ambiental en el sector Transportes y Comunicaciones están a cargo de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales y de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, respectivamente;

Que, con Memorando Nº 557-2017-MTC/02-AL.

LME el Despacho Viceministerial de Transportes remite el proyecto "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", el cual se encuentra sustentado en el Informe Legal Nº 010-2017-MTC/16.NYC e Informe Nº 083-2017-MTC/16.03.LCHC-AFE de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales y los Informes Nº 0144-2017-MTC/29.CGMIC y Nº 136-2017-MTC/29.

CGM.ci de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, sustentando que sea aprobado con eficacia anticipada al 02 de enero de 2017, a fin de asegurar la eficacia de las acciones realizadas por los órganos del Ministerio en materia de fiscalización ambiental durante el presente año;

Que, mediante Memorándum Nº 724-2017-MTC/09 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto expresa su conformidad al proyecto de PLANEFA 2017, sustentado en el Informe Nº 123-2017-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento, en el cual se señala que los objetivos y actividades de fiscalización propuestos en el PLANEFA 2017, son concordantes con los lineamientos de política y las competencias del Ministerio; asimismo, con el Memorándum Nº 1507-2017-MTC/09, la precitada Oficina General certifica la disponibilidad de recursos presupuestales para su ejecución;

Que, en consecuencia corresponde expedir la Resolución Ministerial que apruebe el "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones";

De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; la Ley Nº 29325 y las Resoluciones del Consejo Directivo del OEFA Nº 004-2014-OEFA/CD y 026-2016-OEFA/CD;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar, con eficacia anticipada al 02 de enero de 2017, el "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- La ejecución del "Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA 2017 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", que se aprueba en el artículo precedente, está a cargo de la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales del Despacho Viceministerial de Transportes y de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones del Despacho Viceministerial de Comunicaciones.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc. gob.pe), el mismo día de la publicación de la citada norma en el Diario Oficial El Peruano, excepto el Formato Nº 4:

Plan de Supervisión Ambiental de Sector Transportes, con la finalidad de asegurar la efectividad de la fiscalización ambiental a cargo de la entidad.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE
Ministro de Transportes y Comunicaciones

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.