10/20/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 305-2017-MINAM Aprueban los "Lineamientos para el Fortalecimiento e

Aprueban los "Lineamientos para el Fortalecimiento e incorporación de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire en las Comisiones Ambientales Municipales Provinciales" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 305-2017-MINAM Lima, 19 de octubre de 2017 Vistos, el Memorando Nº 645-2017-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 1434-2017-MINAM/VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Informe Nº 104-2017-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE, de la Dirección de Calidad Ambiental
Aprueban los "Lineamientos para el Fortalecimiento e incorporación de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire en las Comisiones Ambientales Municipales Provinciales"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 305-2017-MINAM
Lima, 19 de octubre de 2017
Vistos, el Memorando Nº 645-2017-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 1434-2017-MINAM/VMGA/DGCA, de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Informe Nº 104-2017-MINAM/VMGA/DGCA/DCAE, de la Dirección de Calidad Ambiental y Ecoeficiencia; el Informe Nº 435-2017-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, señala que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica, las políticas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en la presente Ley;

Que, el numeral 31.1 del artículo 31 de la citada Ley define al Estándar de Calidad Ambiental (ECA) como la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2017-MINAM, se aprueban los ECA para Aire y se establecen Disposiciones Complementarias, estableciendo en su Tercera Disposición Complementaria, que el Ministerio del Ambiente, mediante Resolución Ministerial, aprueba los lineamientos para fortalecer e incorporar a los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del
Aire en las Comisiones Ambientales Municipales (CAM)
Provinciales, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental;

Que, en este contexto, la Dirección General de Calidad Ambiental ha propuesto los "Lineamientos para el Fortalecimiento e Incorporación de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire en las Comisiones Ambientales Municipales Provinciales", con el objeto de orientar el funcionamiento de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire, su incorporación en las CAM de las Municipalidades Provinciales y la formulación e implementación de los Planes de Acción para el Mejoramiento de la Calidad del Aire; por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Calidad Ambiental; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 003-2017-MINAM, que aprueba los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Aire y establecen Disposiciones Complementarias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los "Lineamientos para el Fortalecimiento e incorporación de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire en las Comisiones Ambientales Municipales Provinciales", los mismos que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

DISPOSICIÓN
COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Los Grupos de Estudio Técnico Ambiental de la Calidad del Aire, creados mediante Resolución Ministerial del Ministerio del Ambiente, ejercerán las funciones señaladas en los literales a) y c) del numeral 4.2 de los Lineamientos aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución, en tanto no se haya realizado su incorporación en las Comisiones Ambientales Municipales Provinciales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente

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