10/20/2017

RESOLUCION MINISTERIAL N° 404-2017-MINCETUR Aprueban la modificación de las Bases de la Primera

Aprueban la modificación de las Bases de la Primera Convocatoria del Año Fiscal 2017 del Programa "Turismo Emprende" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 404-2017-MINCETUR Lima, 19 de octubre de 2017 Visto, el Memorándum Nº 1077-2017-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1329, se crea el Fondo "Turismo Emprende", modificado por la Ley Nº 30547, Ley que incorpora la Tercera Disposición Complementaria Final al Decreto Legislativo Nº 1329,
Aprueban la modificación de las Bases de la Primera Convocatoria del Año Fiscal 2017 del Programa "Turismo Emprende"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 404-2017-MINCETUR
Lima, 19 de octubre de 2017
Visto, el Memorándum Nº 1077-2017-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1329, se crea el Fondo "Turismo Emprende", modificado por la Ley Nº 30547, Ley que incorpora la Tercera Disposición Complementaria Final al Decreto Legislativo Nº 1329, Decreto Legislativo que crea el Fondo Turismo Emprende, se establece que toda mención a la expresión "Fondo"
hace referencia a "Programa";

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 005-2017-MINCETUR, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1329, que establece en sus artículos 7 y 15, que las modalidades de los emprendimientos privados serán establecidas en las Bases de las convocatorias de los concursos a realizarse en el marco del Programa; siendo que éstas contendrán las disposiciones específicas del concurso y del proceso de selección de las propuestas de emprendimiento, incluyendo como mínimo las etapas de postulación, evaluación de las propuestas de emprendimiento, elección de las propuestas de emprendimiento y firma de convenio;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 258-2017-MINCETUR, se aprobaron las Bases de la Primera Convocatoria del Año Fiscal 2017 del Programa "Turismo Emprende";

Que, a través del documento del Visto, el Viceministerio de Turismo adjunta el Acta del Comité Multisectorial de Selección a través del cual, luego de la evaluación realizada, se otorga la conformidad para que se proceda con la modificación de las Bases de la Primera Convocatoria del Año Fiscal 2017 del Programa "Turismo Emprende"; por lo que corresponde aprobar la modificación de las mismas;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1329; la Ley Nº 30547; el Decreto Supremo Nº 005-2017-MINCETUR, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1329, Decreto Legislativo que crea el Programa "Turismo Emprende"; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, sus modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 258-2017-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación de las Bases de la Primera Convocatoria del Año Fiscal 2017 del Programa "Turismo Emprende" creado mediante Decreto Legislativo Nº 1329, las mismas que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su anexo en el Portal Institucional del MINCETUR (www. mincetur.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
ANEXO
MODIFICACIÓN DE LOS PUNTOS 5.1.1, 5.1.2 Y 6.1
DE LAS BASES DE LA PRIMERA CONVOCATORIA
DEL AÑO FISCAL 2017 DEL PROGRAMA "TURISMO
EMPRENDE"
"5.1.1. ETAPA I: ASIGNACIÓN DE INCUBADORA Y
PRIMER DESEMBOLSO
Es una prioridad para el Programa Turismo Emprende brindar apoyo en la incubación o aceleración de los emprendimientos beneficiarios.

El MINCETUR a través de la Secretaria Técnica;
es decir, la Dirección General de Estrategia Turística, asignará a cada emprendimiento beneficiario una incubadora o aceleradora de negocio que se encargará del proceso de seguimiento técnico y administrativo del emprendimiento.

La Secretaría Técnica se encargará del proceso de seguimiento técnico y administrativo del emprendimiento se encuentre o no asignada una incubadora y/o aceleradora de negocio a los beneficiarios del Programa, en cualquier etapa del proceso de ejecución y seguimiento."
"5.1.2. ETAPA II: REPORTE DE GASTOS DEL
PRIMER DESEMBOLSO
El Reporte de Gastos deberá ser presentado en un plazo máximo hasta setenta (70) días calendario en la plataforma virtual, contados desde la entrega del Primer Desembolso, que será evaluado en primera instancia por la aceleradora o incubadora de negocio asignada y luego enviado a la Secretaría Técnica para su aprobación.

En caso que al cumplimiento del plazo antes referido, no se encuentre asignada la incubadora o aceleradora de negocio del emprendimiento, le corresponderá a la Secretaría Técnica realizar la evaluación y aprobación correspondiente del Reporte de Gastos."
"6.1. CRONOGRAMA
ETAPA
FECHA
INICIO FIN (...)
VI. FIRMA DE CONVENIOS DE FINANCIMIENTO Y/O
COFINANCIAMIENTO
5.1. Acciones para la firma de convenios 07/10/2017 31/10/2017
VII.EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE CONVENIOS
6.1. Inicio de acciones de ejecución y seguimiento de convenios A partir del 02/11/2017

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