11/12/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1138-2017-IN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1138-2017-IN Lima, 10 de noviembre de 2017 VISTOS; la Carta de setiembre de 2017, de la Jefatura del Departamento de Relaciones Internacionales Subrogante de los Carabineros de la República de Chile, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 423-A-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 3 de noviembre de 2017, de la Dirección General (E) de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 001841-2017/IN/OGAJ, de fecha 8 de noviembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1138-2017-IN
Lima, 10 de noviembre de 2017
VISTOS; la Carta de setiembre de 2017, de la Jefatura del Departamento de Relaciones Internacionales Subrogante de los Carabineros de la República de Chile, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 423-A-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 3 de noviembre de 2017, de la Dirección General (E) de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 001841-2017/IN/OGAJ, de fecha 8 de noviembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta de setiembre de 2017, la Jefatura del Departamento de Relaciones Internacionales Subrogante de los Carabineros de la República de Chile hace de conocimiento de la Embajada de Perú en la República de Chile, que se ha otorgado la conformidad correspondiente para que una delegación de la Policía Nacional del Perú realice una pasantía profesional en la Zona de Fronteras y Servicios Especiales de Carabineros, la misma que se llevará a cabo del 15 al 17 de noviembre de 2017, en la ciudad de Santiago - República de Chile;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 423-A-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 3 de noviembre de 2017, la Dirección General (E) de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del General de la Policía Nacional del Perú Juan Antonio Gálvez Escalante, de los Comandantes de la Policía Nacional del Perú Fernando Bardalez García y Gustavo Acosta Córdova, y del Mayor de la Policía Nacional del Perú Ángel Nicolás Maurtua Lorenzo, propuestos por la División de Seguridad y Fronteras de la Policía Nacional del Perú, para que participen en la pasantía antes citada, a realizarse en la ciudad de Santiago - República de Chile, del 14 al 18 de noviembre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha pasantía tiene como finalidad que los referidos oficiales, adquieran nuevos conocimientos respecto al sistema de vigilancia y el control de frontera aplicado por los Carabineros de la República de Chile, así como de los procedimientos, funciones y operaciones que se realizan para evitar que las organizaciones criminales de narcotráfico ejecuten sus actividades delictivas;

Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación de los mencionados oficiales en la pasantía indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 6329-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 16 de octubre de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú;

Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios;

Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano";

Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del General de la Policía Nacional del Perú Juan Antonio Gálvez Escalante, de los Comandantes de la Policía Nacional del Perú Fernando Bardalez García y Gustavo Acosta Córdova, y del Mayor de la Policía
Nacional del Perú Ángel Nicolás Maurtua Lorenzo, del 14
al 18 de noviembre de 2017, a la ciudad de Santiago -
República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$ Días Personas Total US$
Pasajes aéreos 429.00 X X 4 = 1,716.00
Viáticos 370.00 X 3 X 4 = 4,440.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deben presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los pasajes aéreos y viáticos asignados.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BASOMBRÍO IGLESIAS
Ministro del Interior

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