11/25/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 344-2017-PCM

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2017-PCM Lima, 24 de noviembre de 2017 VISTA: La Carta Nº 935-2017/PRE-INDECOPI, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y, CONSIDERANDO: Que, la Organización para la Cooperación al Desarrollo Económico (en adelante, OCDE) tiene como objetivo fomentar políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, para lo cual brinda un

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 344-2017-PCM
Lima, 24 de noviembre de 2017
VISTA: La Carta Nº 935-2017/PRE-INDECOPI, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y,
CONSIDERANDO:

Que, la Organización para la Cooperación al Desarrollo Económico (en adelante, OCDE) tiene como objetivo fomentar políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo, para lo cual brinda un foro donde los gobiernos pueden trabajar en conjunto para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes, trabajando con los gobernantes para comprender las razones que conducen al cambio económico, social y ambiental;

Que, en el año 2014, se suscribió el Acuerdo de Cooperación y el Memorando de Entendimiento entre la República del Perú y la OCDE, a efectos de implementar el "Programa País", el cual desarrolla tres tipos de actividades: i) el estudio y la revisión de las políticas públicas y de la institucionalidad de sectores, ii) la adhesión a prácticas estándares e instrumentos legales internacionales, y, iii) la participación en las sesiones de diversos comités y grupos de trabajo de la OCDE;

Que, de otro lado, se debe mencionar también que desde el año 2012, el INDECOPI viene participando activamente, en el marco del Comité de Políticas de Competencia, en lo siguiente: i) Comité de Competencia;
ii) Grupo de Trabajo sobre Competencia y Regulación - Working Party Nº 2; iii) Grupo de Trabajo sobre Cooperación y Observancia- Working Party Nº 3; iv) Foro Global de Competencia; y, v) Foro Latinoamericano de Competencia;

Que, en tal sentido, la República del Perú - a través de INDECOPI - como miembro Participante del Comité de Políticas de Competencia de la OCDE, debe participar activamente en sus reuniones, debiendo cooperar con las funciones del mencionado comité y de los foros vinculados;

Que, cabe tener en cuenta que participar en las reuniones del Grupo de Trabajo Nº 2 sobre Competencia y Regulación, el Grupo de Trabajo Nº 3 sobre Cooperación y Observancia, y el Comité de Competencia de la OCDE, permite la promoción de las actividades de la República de Perú en materia de políticas de competencia, y que, asimismo, dicha participación forma parte de las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser miembros de dicha organización, por lo que la asistencia de la República del Perú representa parte de sus obligaciones internacionales;

Que, mediante comunicación de fecha 22 de agosto de 2017, la OCDE cursó invitación a los delegados de competencia y delegaciones permanentes, entre las que se encuentra el INDECOPI, para participar de las reuniones del Comité de Competencia y sus grupos de trabajo así como del Foro Global de Competencia, que se desarrollarán del 4 al 8 de diciembre de 2017, en el Centro de Conferencias de la OCDE y cuya agenda estaría distribuida de la siguiente manera: a) Lunes 4 de diciembre de 2017: a.1) Reunión del Grupo de Trabajo Nº 2 sobre Competencia y Regulación (10 am - 1 pm), a.2)
Reunión del Grupo de Trabajo Nº 3 sobre Cooperación y Observancia (3 pm - 6 pm); b) Martes 5 de diciembre de 2017: b.1) Continuación de la reunión del Grupo de Trabajo Nº 3 (10 am - 1 pm), b.2) Comité de Competencia (3 pm - 6 pm); c) Miércoles 6 de diciembre de 2017:

Continuación del Comité de Competencia (10 am - 6 pm);
y, d) Jueves 7 y Viernes 8 de diciembre de 2017: Foro Global de Competencia (10 am - 6 pm);

Que, sobre los temas que serán materia de discusión en las referidas reuniones, cabe señalar que el Grupo de Trabajo Nº 2 debatirá sobre la "Cooperación entre las agencias de competencia y reguladores del sector financiero diez años después de la crisis financiera";
mientras que el Grupo de Trabajo Nº 3 tiene como uno de los puntos de su agenda discutir sobre el Monitoreo de la implementación de la recomendación relativa a la acción efectiva contra los cárteles de núcleo duro;

Que, asimismo, el Comité de Competencia promueve intercambios de puntos de vista, y discusiones dentro de mesas redondas de buenas prácticas sobre la serie de políticas de competencia, teniendo previsto realizar los días 5 y 6 de diciembre de 2017, las mesas redondas en las que se evaluará el alcance extraterritorial de los recursos de la competencia y la propiedad común de los inversores institucionales y su impacto en la competencia;

Que, por su parte, el Foro Global de Competencia de la OCDE, que se llevará a cabo los días 7 y 8 de diciembre de 2017, servirá para discutir sobre los siguientes temas: i)
¿La ley de competencia y la democracia son simbióticasfi;
ii) Perspectivas judiciales sobre la ley de competencia, iii)
Superar la adversidad y alcanzar el éxito: centrarse en las agencias pequeñas y en las economías de desarrollo, iv)
Competencia en los mercados del sector público y , v) Derecho y política de competencia de revisión por pares en Vietnam;

Que, la participación del INDECOPI en las referidas reuniones, con las autoridades del más alto nivel en el ámbito de competencia, permitirá compartir la experiencia peruana en temas de libre competencia con el resto de participantes, y conocer cómo se abordan las cuestiones tratadas en estas sesiones en otras jurisdicciones, lo que coadyuvará a la incorporación de la República de Perú a la OCDE;

Que, de conformidad con el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el Presidente del Consejo Directivo constituye la autoridad de mayor nivel jerárquico de dicha institución, siendo una de sus funciones representar a la institución ante cualquier autoridad nacional e internacional incluidos los organismos de cooperación técnica;

Que, en ese contexto, resulta importante la participación del Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI, señor Ivo Sergio GagliuffiPiercechi, dado que permitirá priorizar los compromisos que resultan de interés nacional para la promoción de las actividades de la República del Perú en materia de política de competencia;
por lo cual se estima necesario autorizar su participación del 02 de diciembre al 09 de diciembre de 2017 en los referidos eventos, a realizarse en la ciudad de París, República Francesa;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI;

De conformidad con la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatoria; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1033 - Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI y su modificatoria; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Ivo Sergio Gagliuffi Piercechi, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), del 2 al 9 de diciembre de 2017 a la ciudad de París, República Francesa.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre y Apellidos Pasaje
US$
Viáticos por día
US$
Número de días Total Viáticos
US$
Total
US$
Ivo Sergio Gagliuffi Piercechi 5,138.28 540 5+1 3,240.00 8,378.28
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario deberá presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ
Presidenta del Consejo de Ministros

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