11/17/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 555-2017-PRODUCE Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de

Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, con cargo al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para cofinanciar ejecución de instrumentos y Becas de Repatriación de Investigadores RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 555-2017-PRODUCE 14 de noviembre de 2017 VISTOS; El Oficio Nº 448-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, el Memorando Nº 1403-2017-PRODUCE/OGPPM,
Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, con cargo al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para cofinanciar ejecución de instrumentos y Becas de Repatriación de Investigadores
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 555-2017-PRODUCE
14 de noviembre de 2017
VISTOS; El Oficio Nº 448-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, el Memorando Nº 1403-2017-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 612-2017-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 475-2016- PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2017;

Que, mediante Decreto Supremo Nº157-2012-EF
se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES
Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;

Que, con Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, el artículo 5 de la norma citada, dispone la fusión bajo la modalidad de absorción de la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida;

Que, asimismo la Segunda Disposición Complementaria final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, dispone que el "Proyecto Innovación para la Competitividad" se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción;

Que, la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza durante el Año Fiscal 2017, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al incremento de la productividad, a través del impulso al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; precisando que dichas transferencias financieras y las subvenciones mencionadas se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, debiéndose contar con el Informe favorable previo de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces;
precisando que dicha Resolución Ministerial se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, la citada Disposición Complementaria Final, dispone que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los cuales, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda, siendo que mediante resolución del titular, deberán establecerse los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del sector sobre los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo señalado anteriormente;

Que, a través del Oficio Nº 448-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite a la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 092-2017-PRODUCE/ INNÓVATEPERU/ UPEG, de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de otorgar subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente
Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 5 642
284,82 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA
Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO
Y 82/100 SOLES), correspondientes a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 1 860 501,03 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA
MIL QUINIENTOS UNO y 03/100 SOLES), y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de
S/ 3 781 783,79 (TRES MILLONES SETECIENTOS
OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES
Y 79/100 SOLES), destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos: i) 09 "Proyectos de Investigación Aplicada" - IA; ii) 04 "Proyecto de Investigación Básica"
- IB: iii) 01 "Proyecto de Investigación Aplicada a Proyectos de Interés Público - IAPIP"; iv) 45 "Proyectos de Innovación de Empresas Individuales" - PITEI; v) 06
"Proyectos de Popularización de la Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento" - PCTI; vi) 05 "Proyectos de Innovación Tecnológica de Alto Impacto" - ITAI;
vii) 06 "Proyectos de Emprendedores Innovadores"
- EI; viii) 02 "Proyectos Apoyo de Actividades de Extensionismo Tecnológico" - ET; ix) 04 "Proyectos de Emprendimientos Dinámicos de Alto Impacto" - EDAI;
x) 01 "Proyecto de Fortalecimiento de Incubadoras" -
FI; xi) 01 "Becas de Repatriación de Investigadores"
- BRI; xii) 01 "Proyecto de Iniciativas Favorables a la Vinculación entre la Oferta y la Demanda de Servicios Tecnológicos" - IFVIN; xiii) 01 "Proyecto de Preparación para Acreditación de Laboratorios" - PPAL; y xiv) 01
"Proyecto de Agenda de Innovación Tecnológica" - AIT, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE
y lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; precisando, que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con los compromisos establecidos en los convenios y contratos suscritos;

Que, por Memorando Nº 1403-2017-PRODUCE/ OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 612-2017-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal para el otorgamiento de las subvenciones referidas en el considerando precedente, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos detallados en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco del contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización para el otorgamiento de Subvenciones Autorizar el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, con cargo a la Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 5 642 284,82 (CINCO MILLONES
SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS
OCHENTA Y CUATRO Y 82/100 SOLES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios por la suma de S/ 1 860 501,03 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS SESENTA
MIL QUINIENTOS UNO y 03/100 SOLES) y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito por la suma de S/ 3 781
783,79 (TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA
Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES Y 79/100
SOLES), destinadas a cofinanciar la ejecución de los instrumentos: i) "Proyectos de Investigación Aplicada" - IA;
ii) "Proyectos de Investigación Básica" - IB: iii) "Proyectos de Investigación Aplicada a Proyectos de Interés Público - IAPIP"; iv) "Proyectos de Innovación de Empresas Individuales" - PITEI; v) "Proyectos de Popularización de la Ciencia, Tecnología, Innovación y Emprendimiento"
- PCTI; vi) "Proyectos de Innovación Tecnológica de Alto Impacto" - ITAI; vii) "Proyectos de Emprendedores Innovadores" - EI; viii) "Proyectos Apoyo de Actividades de Extensionismo Tecnológico" - ET; ix) "Proyectos de Emprendimientos Dinámicos de Alto Impacto" - EDAI;
x) "Proyectos de Fortalecimiento de Incubadoras" - FI;
xi) "Becas de Repatriación de Investigadores" - BRI;
xii) "Proyectos de Iniciativas Favorables a la Vinculación entre la Oferta y la Demanda de Servicios Tecnológicos"
- IFVIN; xiii) "Proyectos de Preparación para Acreditación de Laboratorios" - PPAL; y xiv) "Proyectos de Agenda de Innovación Tecnológica" - AIT, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, y lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Artículo 2.- Financiamiento Las subvenciones autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Proyecto 2160305: Innovación para la Competitividad, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

Artículo 3.- Monitoreo Disponer que la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza el otorgamiento de las referidas subvenciones, en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Artículo 4.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 6.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN
Ministro de la Producción

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