12/06/2017

DECRETO SUPREMO N° 357-2017-EF * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano,

* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO Nº 357-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Nº 29792, que crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el citado Ministerio articula y coordina entre niveles de gobierno y con otros
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 357-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Nº 29792, que crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el citado Ministerio articula y coordina entre niveles de gobierno y con otros organismos del Poder Ejecutivo para la implementación de las políticas nacionales y sectoriales objeto de su rectoría, así como para la evaluación de su cumplimiento;

Que, la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, declaró de interés público nacional, las intervenciones en el marco de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, dirigida al desarrollo y protección de los derechos de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía;

Que, conforme al artículo 3-A del Decreto Supremo Nº 016-2013-VIVIENDA, que constituyó el Programa Nacional Tambos, el Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS" brinda sus servicios y realiza sus actividades mediante dos modalidades; modalidad fija, a través de las instalaciones denominadas TAMBOS, y modalidad móvil, fl uvial y terrestre, a través de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS; asimismo, el literal e) del artículo 4 del citado Decreto Supremo señala que las líneas de intervención del mencionado Programa Nacional se orientan, entre otros, a coordinar las intervenciones dirigidas al desarrollo y protección de las poblaciones rural y rural dispersa, a través de las Plataformas Itinerantes de Acción Social u otras;

Que, mediante el literal a) del artículo 7 de la Ley Nº 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a realizar una modificación presupuestaria en el nivel institucional, hasta por la suma de VEINTICINCO
MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 25 000 000,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, para financiar la ejecución del proyecto de inversión con código SNIP Nº 313532 "Ampliación de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS) en la Cuenca del Río Yavarí, Distritos de Yavarí y Yaquerana, Provincias Mariscal Ramón Castilla y Requena, Departamento Loreto"; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de este último;

Que, asimismo, el último párrafo del indicado artículo señala que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social queda exceptuado de lo establecido en el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y del numeral
80.1 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, mediante Informe Nº 54-2017-MIDIS/PNPAIS-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS, adjunta el Informe Nº 36-2017-MIDIS/PNPAIS-UPP, a través del cual señala que cuenta con saldos de libre disponibilidad hasta por la suma de VEINTICINCO
MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 25 000 000,00), para financiar la ejecución del proyecto de inversión con código SNIP Nº 313532 "Ampliación de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS) en la Cuenca del Río Yavarí, Distritos de Yavarí y Yaquerana, Provincias Mariscal Ramón Castilla y Requena, Departamento Loreto", conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 7 de la Ley Nº 30680;

Que, con Informe Nº 389-2017-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, emite opinión favorable respecto de la Transferencia de Partidas hasta por la suma de VEINTICINCO
MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 25 000 000,00) con cargo a los recursos del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 008 Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS, a favor del pliego Ministerio de Defensa; para financiar la ejecución del proyecto de inversión con código SNIP Nº 313532 "Ampliación de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS) en la Cuenca del Río Yavarí, Distritos de Yavarí y Yaquerana, Provincias Mariscal Ramón Castilla y Requena, Departamento Loreto"; en el marco del literal a) del artículo 7 de la Ley Nº 30680; en mérito de lo cual, a través del Oficio Nº 995-2017-MIDIS/ SG el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 25 000 000,00) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a favor del pliego Ministerio de Defensa, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo 7 de la Ley Nº 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONES Y
00/100 SOLES (S/ 25 000 000,00) del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 008 Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS, a favor del pliego Ministerio de Defensa, para financiar la ejecución del proyecto de inversión con código SNIP Nº 313532 "Ampliación de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS) en la Cuenca del Río Yavarí, Distritos de Yavarí y Yaquerana, Provincias Mariscal Ramón Castilla y Requena, Departamento Loreto", conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 008 : Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0111 : Apoyo al Hábitat Rural
En Soles PROYECTO 2001621 : Estudios de Pre-inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 25 000 000,00
------------------- TOTAL EGRESOS 25 000 000,00
===========
A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú PROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional PROYECTO 2300010 : Ampliación de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS) en la Cuenca del Río Yavarí, Distritos de Yavarí y Yaquerana, Provincias Mariscal Ramón Castilla y Requena, Departamento Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 25 000 000,00
------------------- TOTAL EGRESOS 25 000 000,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se hace referencia en el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Información El pliego habilitado en el presente Decreto Supremo informará al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social el avance físico y financiero de la ejecución del proyecto de inversión, con relación a su cronograma de ejecución y culminación.

Artículo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa
FIORELLA GIANNINA MOLINELLI ARISTONDO
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas

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