12/23/2017

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 180-2017-CONCYTEC-P Aprueban subvenciones a personas jurídicas

Aprueban subvenciones a personas jurídicas privadas en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 180-2017-CONCYTEC-P Lima, 21 de diciembre de 2017 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 032-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el Informe Técnico Legal Complementario Nº 001-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, y los Oficios Nºs 468 y 433-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional
Aprueban subvenciones a personas jurídicas privadas en el marco de lo dispuesto por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 180-2017-CONCYTEC-P
Lima, 21 de diciembre de 2017
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 032-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, el Informe Técnico Legal Complementario Nº 001-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, y los Oficios Nºs 468 y 433-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y el Informe Nº 249-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1)
autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país.

Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", modificada mediante Resolución de Presidencia Nº 128-2017-CONCYTEC-P, (en adelante, la Directiva);

Que, conforme al Numeral 6.1 de la Directiva, el FONDECYT es responsable del proceso y la selección de ganadores, así como la determinación de los montos cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar. El FONDECYT
es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos - Legales que remita al CONCYTEC;

Que, mediante los Oficios Nºs 468 y 433-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por un monto total de S/ 225,000.00, a favor de los ganadores del Concurso financiado por el FOMITEC denominado "Científicos INC -
Círculos de Investigación en Ciencia y T ecnología", conforme a lo dispuesto por la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2014-FONDECYT-DE, ratificada mediante Resolución de Presidencia Nº 118-2014-CONCYTEC-P;

Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 032-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, en adelante el Informe Técnico Legal y el Informe Técnico Legal Complementario Nº 001-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, en adelante el Informe Técnico Legal Complementario, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT
determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación de una subvención económica a favor de una persona jurídica privada, por el importe total ascendente a S/ 225,000.00, para cofinanciar un programa en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalado en el Informe Técnico Legal y en el Informe Técnico Legal Complementario, los referidos órganos adjuntan copia del Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000627 y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2014-FONDECYT-DE y de la Resolución de Presidencia Nº 118-2014-CONCYTEC-P;

Que, el Numeral 2.4 del Informe Técnico Legal Complementario, señala que los resultados de la evaluación de proyectos a subvencionarse, se encuentra el Círculo denominado "Alianza público privada para el desarrollo de tecnologías que incrementen el valor agregado en las cadenas agroindustriales, con énfasis en la innovación social y desarrollo sustentable", precisando que el proyecto a desarrollar se denomina: "Desarrollo, mejoramiento y difusión de tecnología para el proceso de fermentación, secado solar y conservación del germoplasma del cacao, en Piura y Jaén - Cajamarca y difusión en otras regiones o cadenas productivas", conforme al Acta Nº 03, de fecha 6 de junio de 2014
resultados aprobados mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2014-FONDECYT-DE y Resolución de Presidencia Nº 118-2014-CONCYTEC-P;

Que, el Numeral 4.1 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y presupuestalmente realizar la Subvención Económica para cofinanciar el Proyecto de la institución privada, aprobada mediante Convenio suscrito por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT;

Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente realizar la subvención económica, para cofinanciar el proyecto de la Universidad de Piura en representación del Círculo,
denominado "Alianza público privada para el desarrollo de tecnologías que incrementen el valor agregado en las cadenas agroindustriales, con énfasis en la innovación social y desarrollo sustentable" conformado por la Universidad Nacional de Jaén, el Instituto Tecnológico de la Producción y la Universidad de Piura, aprobada mediante Convenio suscrito por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar el desembolso solicitado, establecido en las Bases del concurso aprobados por el FONDECYT, en el convenio suscrito por el FONDEYT, y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que la subvención económica solicitada cuenta con el Convenio correspondiente debidamente suscrito y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia;

Que, la Conclusión del Informe Técnico Legal Complementario, señala que es viable técnica y legalmente otorgar la Subvención para cofinanciar el Proyecto aprobado mediante Convenio suscrito por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT; para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, que se encuentren establecidos en las Bases del Concurso aprobado por el FONDECYT;

Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 032-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Informe Técnico Legal Complementario Nº 001-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios (incluyendo su vigencia), en la Directiva y en la normativa vigente sobre la materia;

Que, mediante Informe Nº 249-2017-CONCYTEC-OGPP , el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT , emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal
Nº 032-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM;

Que, con Informe Nº 162-2017-CONCYTEC-OGAJ-MPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído Nº 372-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 032-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Técnico Legal Complementario Nº 001-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 249-2017-CONCYTEC-OGPP, se habría cumplido con lo dispuesto en la Directiva;

Con la visación de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, de la Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo Nº 026-2014-CPM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; y la Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar subvenciones a personas jurídicas privadas por la suma total de S/ 225,000.00 (Doscientos Veinticinco Mil y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al siguiente detalle:

Tipo de cofinanciamiento Institución Proyecto Total S/ Subvenciones a Personas Jurídicas Universidad de Piura en representación del Círculo, denominado "Alianza público privada para el desarrollo de tecnologías que incrementen el valor agregado en las cadenas agroindustriales, con énfasis en la innovación social y desarrollo sustentable" conformado por la Universidad Nacional de Jaén, el Instituto Tecnológico de la Producción y la Universidad de Piura Desarrollo, mejoramiento y difusión de tecnología para el proceso de fermentación, secado solar y conservación del genoplasma del cacao, en Piura y Jaén - Cajamarca y difusión en otras regiones o cadenas productivas 225,000.00
Total S/ 225,000.00
Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 3.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO
Presidenta

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