12/02/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0230-2017-INIA Autorizan Transferencia Financiera a favor de diversas

Autorizan Transferencia Financiera a favor de diversas Unidades Ejecutoras para financiar la ejecución de proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE, suscrito con el Banco Mundial RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0230-2017-INIA Lima, 29 de noviembre de 2017 VISTOS: El Informe Nº 0019-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO/ UPPS de fecha 21 de noviembre de 2017; el Oficio Nº 524-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DE de fecha 22 de noviembre de 2017;
Autorizan Transferencia Financiera a favor de diversas Unidades Ejecutoras para financiar la ejecución de proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE, suscrito con el Banco Mundial
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0230-2017-INIA
Lima, 29 de noviembre de 2017
VISTOS:

El Informe Nº 0019-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO/ UPPS de fecha 21 de noviembre de 2017; el Oficio Nº 524-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DE de fecha 22 de noviembre de 2017; ambos emitidos por el Programa Nacional de Innovación Agraria y el Informe Técnico Nº 054-2017-MINAGRI-INIA-SG/OPP-UPRE de fecha 28 de noviembre de 2017, de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30518, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y por Resolución Jefatural Nº 0253-2016-INIA, de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Año Fiscal 2017
ascendente a doscientos treinta millones ciento cuarenta y ocho mil ciento treinta y dos y 00/100 soles (S/ 230 148
132,00), así como los recursos que lo financian por fuente de financiamiento, correspondiente al Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA);

Que, por Decreto Supremo Nº 354-2013-EF de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobaron las operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo-BID y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF hasta por la suma de cuarenta millones con 00/100 dólares americanos (US$
40 000 000,00), destinadas a financiar parcialmente el "Programa Nacional de Innovación Agraria-PNIA", a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a través del INIA;

Que, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE suscrito con el Banco Mundial de fecha 16 de abril de 2014, se estableció dentro del Componente 2:

Consolidación del Mercado para Innovación de Servicios, entre otros, la ejecución de los proyectos de investigación a través de los fondos concursables;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0180-2014-INIA de fecha 27 de junio de 2014, ratificada con Resolución Ministerial Nº 0547-2015-MINAGRI de fecha 3 de noviembre de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del PNIA, y en el numeral 4.11 Siguientes Desembolsos del Capítulo C: Aspectos Financieros, dispuso que los siguientes desembolsos se efectuarán de acuerdo al cronograma respectivo en el Plan Operativo Anual (POA) y una vez aprobado el Informe Técnico Financiero (ITF) del paso crítico anterior. Asimismo, que los recursos financieros aportados por PNIA serán transferidos en cada oportunidad a la cuenta exclusiva que mantendrá la Entidad Ejecutora en una entidad financiera;

Que, con Oficio Nº 524-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DE de fecha 22 de noviembre de 2017, la Directora Ejecutiva del PNIA solicitó a la Jefatura del INIA la autorización -mediante Resolución Jefatural- de una Transferencia Financiera por el importe de trescientos ochenta y ocho mil setecientos setenta y seis con 00/100 soles (S/ 388
776,00) en la fuente de financiamiento 03 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito (ROOC), a favor de diversas entidades públicas co-ejecutoras de proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria, adjudicados en los años 2016 y 2017;

Que, a través del Informe Nº 0019-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO/UPPS de fecha de fecha 21 de noviembre de 2017, el Jefe de la Unidad de Planificación, Presupuesto y Sistemas y el Director de Operaciones del PNIA manifestó que el PIP 2194085 "Consolidación del Sistema Nacional de Innovación Agraria", contempla el componente 1.2 Impulso a la creación de Competencias Estratégicas en I+D+i, dentro del cual se encuentra previsto la actividad 1.2.2. Fondo concursable para programas de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria, habiéndose realizados concursos en los años 2016 y 2017, adjudicándose treinta (30) Proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria por un monto total de seis millones novecientos cuarenta y seis mil ciento treinta y cinco con 88/100 soles (S/ 6 946 135,88) de los cuales cuatro millones veintitrés mil novecientos seis con 09/100
soles (S/ 4 023 906,09) se cofinanciará con los aportes del PNIA y el importe de tres millones cincuenta y seis mil quinientos cuarenta y siete con 16/100 soles (S/ 3 056
547,16) será cubierta con los aportes de las entidades públicas (Alianzas Estratégicas) ganadoras del concurso;

Que, asimismo, de la programación en su POA del presente año 2017, se tiene previsto la ejecución de las actividades del Componente 2: Impulso a la Creación de Competencias Estratégicas en I+D+i del PIP teniendo programado, entre otras, la ejecución de proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria, a través de los fondos concursables adjudicados en los años 2016 y 2017 financiado por la fuente 3: ROOC; y según su programación de los meses de noviembre y diciembre se tiene previsto realizar una transferencia financiera por el importe de trescientos ochenta y ocho mil setecientos setenta y seis (S/ 388
776,00) a favor de doce (12) proyectos de Capacitación por Competencias a favor de siete (7) entidades públicas;

Que, en el numeral 3.5.2 Desembolsos a Entidades Públicas ejecutoras de Proyectos del Anexo 7-Manual de Acompañamiento de Proyectos del Proyecto de Inversión Pública "Consolidación del Sistema Nacional de Innovación Agraria" del PNIA aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 303-2016-MINAGRI de fecha 1 de julio de 2016, establece que los recursos desembolsados por el PNIA a las entidades públicas ejecutoras de proyectos, así como los aportes monetarios de contrapartida de las Alianzas Estratégicas, deberán ser incorporados en el Presupuesto de la Entidad y tratados en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) con tipo de operación "Transferencia Financiera"
generando el compromiso, devengado y girado con incidencia presupuestal. Se ajustará a la normativa presupuestal vigente;

Que, en el marco de lo establecido en el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente;

Que, el numeral 15.2 del artículo 15º de la Ley Nº 30518, estableció que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 de la citada Ley, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publicará en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo 15º de la precitada Ley, señaló que la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme al presente artículo;

Que, con el Informe Técnico Nº 054-2017-MINAGRI-INIA-SG/OPP-UPRE de fecha 28 de noviembre de 2017, de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, consideró necesario y procedente la transferencia financiera hasta por la suma de trescientos ochenta y ocho mil setecientos setenta y seis y 00/100 soles (S/ 388 776,00) en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de la Unidad Ejecutora 019:

PNIA del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, a favor de la i) Unidad Ejecutora 001-1031:

Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza-
Amazonas del Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza; ii) Unidad Ejecutora 300-822:

Región Junín-Educación del Pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín; iii) Unidad Ejecutora 300-878: Región Madre de Dios-Educación del Pliego 454: Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios; iv) Unidad Ejecutora 300-781:

Región Cajamarca-Educación del Pliego 445: Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca; v) Unidad Ejecutora 001-111: Universidad Nacional de San Martin del Pliego 533: Universidad Nacional de San Martin; vi)
Unidad Ejecutora 001-96: Universidad Nacional Agraria La Molina del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina y vii) Unidad Ejecutora 001-031: Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga del Pliego 516:

Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, para financiar la ejecución de doce (12) proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE, suscrito con el Banco Mundial;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Ley Nº 30518, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, que aprueba la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" y sus modificatorias Resolución Directoral Nº 022-2011-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 025-2013-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 023-2014-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 027-2014-EF/50.01 y Resolución Directoral Nº 030-2015-EF/50.01, en uso de las funciones y facultades consideradas en el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, y con las visaciones de la Oficina de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General del INIA;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de trescientos ochenta y ocho mil setecientos setenta y seis con 00/100 soles (S/ 388 776,00) en la Fuente de Financiamiento 3.

Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de la i) Unidad Ejecutora 001-1031: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza-Amazonas del Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza; ii) Unidad Ejecutora 300-822:

Región Junín-Educación del Pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín; iii) Unidad Ejecutora 300-878: Región Madre de Dios-Educación del Pliego 454: Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios; iv) Unidad Ejecutora 300-781:

Región Cajamarca-Educación del Pliego 445:

Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca;
v) Unidad Ejecutora 001-111: Universidad Nacional de San Martín del Pliego 533: Universidad Nacional de San Martín; vi) Unidad Ejecutora 001-96: Universidad Nacional Agraria La Molina del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina y vii) Unidad Ejecutora 001-031: Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga del Pliego 516: Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, para financiar la ejecución de doce (12) proyectos de Capacitación por Competencias en Extensión e Innovación Agraria en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE, suscrito con el Banco Mundial; según Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2º.- Estructura Funcional Programática La Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente, se atenderá con cargo al presupuesto Institucional del Ejercicio Fiscal 2017 del Pliego 163:

Instituto Nacional de Innovación Agraria, Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias Que no Resultan en Productos, Fuente de Financiamiento 3.

Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias.

Los Unidades Ejecutoras receptoras de las Transferencias Financieras, incorporarán los recursos mediante un Crédito Suplementario con la siguiente Estructura Funcional Programática:

CADENA CÓDIGO DESCRIPCIÓN
CATEGORÍA 9002
ASIGNACIONES
PRESUPUESTARIAS QUE NO
RESULTAN EN PRODUCTOS
PRODUCTO/PROYECTO 2.194085
CONSOLIDACION DEL SISTEMA DE
INNOVACION AGRARIA
ACTIVIDAD/ ACCION DE
INVERSIÓN
6.000025
FORTALECIMIENTOS DE
MERCADOS
FUNCION 10 AGROPECUARIA
DIVISIÓN FUNCIONAL 009 CIENCIA Y TECNOLOGIA
GRUPO FUNCIONAL 0017 INNOVACION TECNOLOGICA
FINALIDAD 0044531
DESARROLLO DE SERVICIOS
TECNOLOGICOS AGRARIOS
UNIDAD DE MEDIDA 0096 PROYECTO
META
"... Nombre del Proyecto de Capacitación ..."
Artículo 3º.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1º, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos.

Artículo 4º.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, en el ámbito de sus competencias, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15.3 del artículo 15º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Artículo 5º.- Información Los Pliegos autorizados en el artículo 1º a través de sus Unidades Ejecutoras, informará a la Unidad Ejecutora 019: Programa Nacional de Innovación Agraria del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, los avances físicos y financieros de las actividades realizadas con cargo a los recursos transferidos en la presente Resolución, en el marco del artículo 15 de la Ley Nº 30518.

Artículo 6º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL A. BARANDIARÁN GAMARRA
Jefe Instituto Nacional de Innovación Agraria
PLIEGO
{G}PROYECTO
MONTO (S/.)
Unidad Ejecutora / Asociación o Entidad Pública Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza 1
Unidad Ejecutora 001- 031: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza-Amazonas 155,871.00
Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza-Amazonas 1
Formación Integral de Facilitadores de Escuelas de Campo (ECAs) como Estrategia de Adopción de Tecnologías Innovadoras para el Fortalecimiento de la Cadena Productiva del Cultivo de Cacao Nativo Fino de Aroima, Amazonas 38,197.00
2
Formación de especialistas en mejoramiento genético y juzgamiento de ganado bovino en la región Amazonas.

22,818.00
3
Formación de agentes de extensión para el mejoramiento e innovación tecnológica y comercial de la producción orgánica de derivados lácteos sólidos y líquidos en la región Amazonas.

32,419.00
4
Fortalecimiento de las capacidades de gestión estratégica financiera y gestión de mercado para los productores del sector agropecuario del distrito de Levanto.

22,339.00
5
Diseño e implementación de un programa de especialización en animales menores para profesionales de la región Amazonas.

40,098.00
Pliego 450: Gobierno Regional del Departamento de Junín 2
Unidad Ejecutora 300-822: Región Junín-Educación 19,799.00
Instituto de Educación Superior Tecnológico Público La Merced 6
Capacitación de competencias en extensión agraria, bajo un enfoque de innovación técnica y aprovechamiento de la cadena de valor en los cultivos de café y cacao en la provincia de Chanchamayo, Junín.

19,799.00
Pliego 454: Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios 3
Unidad Ejecutora 300-878: Región Madre de Dios-Educación 80,754.00
Instituto de Educación Superior Tecnológico Publico "Iberia Tahuamanu"
7 Diseño y gestión de sistemas agroforestales con adaptación al cambio climático. 41,377.00
8
Mejoramiento de la producción de cacao por medio de la interpretación y análisis de suelos 39,377.00
Pliego 445: Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca 4
Unidad Ejecutora 300-781: Región Cajamarca-Educación 38,513.00
Instituto Superior Tecnológico San Ignacio 9 El cambio climático y su efecto en el desarrollo de las plagas del cultivo del café. 38,513.00
Pliego 533: Universidad Nacional de San Martín 5
Unidad Ejecutora 001-111: Universidad Nacional de San Martín 10,854.00
Universidad Nacional de San Martín 10
Fortalecimiento de capacidades en comercio exterior en las cadenas de Sacha Inchi, palmito y aguaje, para mejorar el posicionamiento internacional de la región de San Martin.

10,854.00
ANEXO Nº 1
TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA EL COFINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE CAPACITACIÓN
POR COMPETENCIAS
Fuente de Financiamiento:3 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
Modifican Anexo Nº 01 de la R.J. Nº 057-2017-INIA, que autorizó una Transferencia Financiera a favor de diversas Unidades Ejecutoras a fin de financiar la ejecución de proyectos de investigación en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE suscrito con el Banco Mundial
{N}RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0231-2017-INIA
Lima, 29 de noviembre de 2017
VISTOS:

El Oficio Nº 502-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DE y el Oficio Nº 513-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-D ambos de fecha 14 de noviembre de 2017; el Informe Técnico Nº 0015-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO/UPPS de fecha 03 de noviembre de 2017; el Oficio Nº 044-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO de fecha 23 de noviembre de 2017, emitidos por el Programa Nacional de Innovación Agraria; el Oficio Nº 181-2017-MINAGRI-INIA-SG/OPP-UPRE de fecha 23 de noviembre de 2017, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Técnico Nº 053-2017-MINAGRI-INIA-SG/OPP-UPRE de fecha 28 de noviembre de 2017, emitido por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30518, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y por Resolución Jefatural Nº 0253-2016-INIA, de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Año Fiscal 2017
ascendente a doscientos treinta millones ciento cuarenta y ocho mil ciento treinta y dos y 00/100 soles (S/ 230 148
132,00), así como los recursos que lo financian por fuente de financiamiento, correspondiente al Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria;

Que, por Decreto Supremo Nº 354-2013-EF de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobaron las operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo-BID y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF hasta por la suma de cuarenta millones con 00/100 dólares americanos (US$
40 000 000,00), destinadas a financiar parcialmente el "Programa Nacional de Innovación Agraria-PNIA", a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria;

Que, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 8331-PE suscrito con el Banco Mundial de fecha 16 de abril de 2014, se estableció dentro del Componente 2:

Consolidación del Mercado para Innovación de Servicios, entre otros, la ejecución de los proyectos de investigación a través de los fondos concursables;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0180-2014-INIA de fecha 27 de junio de 2014, ratificada con Resolución Ministerial Nº 0547-2015-MINAGRI de fecha 3 de noviembre de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del PNIA, y en el numeral 4.11 Siguientes Desembolsos del Capítulo C: Aspectos Financieros, dispuso que los siguientes desembolsos se efectuarán de acuerdo al cronograma respectivo en el Plan Operativo Anual (POA) y una vez aprobado el Informe Técnico Financiero (ITF) del paso crítico anterior. Asimismo, que los recursos financieros aportados por PNIA serán transferidos en cada oportunidad a la cuenta exclusiva que mantendrá la Entidad Ejecutora en una entidad financiera;

Que, en el marco de lo establecido en el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente;

Que, el numeral 15.2 del artículo 15º de la Ley Nº 30518, estableció que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 de la citada Ley, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publicará en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo 15º de la precitada Ley, señaló que la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme al presente artículo;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 057-2017-INIA de fecha 28 de marzo de 2017, se autorizó una Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 019: PNIA del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de siete millones novecientos cincuenta y nueve mil y 00/100 soles (S/ 7 959 000,00) en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de las Unidades Ejecutoras: a) 001-53:

Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana del Pliego 055: Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana, b) 001-157: Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, c) 300-939: Región Tumbes-Educación del Pliego 461: Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, d) 001-194: Instituto Tecnológico de la Producción - ITP del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, e) 001-1375: Universidad Nacional Autónoma de Chota del Pliego 550: Universidad Nacional Autónoma de Chota, f) 001-111: Universidad Nacional de San Martín del Pliego 533: Universidad Nacional de San Martin, g) 001-96: Universidad Nacional Agraria La Molina del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina y h) 001-1031: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza - Amazonas del Pliego 541:

Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, a fin Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina 6
Unidad Ejecutora 001- 96: Universidad Nacional Agraria La Molina 41,783.00
Universidad Nacional Agraria La Molina 11
Mejorando las competencias productivas y de extensión en la cadena de lácteos en sistemas de pastoreo, de familias ganaderas lideres con enfoque de buenas prácticas ganaderas y el uso de tecnologías limpias en las provincias de Jauja y Concepción - región Junín 41,783.00
Pliego 516: Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga 7
Unidad Ejecutora 001- 031: Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga 41,202.00
Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga 12
Formación de especialistas en gestión productiva en bovinos y especialistas en salud animal en el departamento de Ayacucho.

41,202.00
TOTAL: 388,776.00

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