12/02/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 294 -2017-ANA Disponen la publicación del documento denominado "Metodología

Disponen la publicación del documento denominado "Metodología para la determinación del índice de calidad de agua para los recursos hídricos superficiales en el Perú ICA-PE", en el portal web institucional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 294 -2017-ANA Lima, 1 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, define el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) como la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos,
Disponen la publicación del documento denominado "Metodología para la determinación del índice de calidad de agua para los recursos hídricos superficiales en el Perú ICA-PE", en el portal web institucional
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 294 -2017-ANA
Lima, 1 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, define el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) como la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente;
y que resulta obligatorio en el diseño de normas legales y las políticas públicas así como un referente obligatorio en el diseño y aplicación de todos los instrumentos de gestión ambiental;

Que, la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, en el artículo 76 establece la Autoridad Nacional del Agua en coordinación con el Consejo de Cuenca, en el lugar y el estado físico en que se encuentre el agua, sea en sus cauces naturales o artificiales, controla, supervisa, fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad ambiental del agua sobre la base de los ECA Agua, y las disposiciones y programas para su implementación establecidos por la autoridad del ambiente;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-MINAM
se aprueba los ECA para agua, y se establece que en cuerpos naturales de agua donde se vierten aguas tratadas, la Autoridad Nacional del Agua verifica el cumplimiento de los ECA para Agua, fuera de la zona de mezcla;

Que, la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos con Informe Técnico Nº 083-2017-ANA-DGCRH-GECRH alcanza la propuesta de "Metodología para la determinación del índice de calidad de agua para los recursos hídricos superficiales en el Perú ICA-PE", como indicador ambiental que facilitará la interpretación del estado de la calidad del agua;

Que, el Indice de Calidad de Agua es una herramienta matemática que integra información procedente de los monitoreos de calidad de agua, sobre la base de los valores de los parámetros de las categorías de los ECA
para Agua, permitiendo transformar datos en una escala de medición, lo cual permite expresar la condición o estado de la calidad del agua y transmitir dicha información de manera sencilla, práctica y de fácil interpretación al público en general;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica con Informe Legal Nº 1831-2017-ANA-OAJ, opina que es viable la publicación de la metodología propuesta;

Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, y el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; corresponde disponer la publicación de la propuesta de metodología en el Diario Oficial El Peruano, antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, con la finalidad de permitir a las personas interesadas formular los comentarios y aportes respectivos;

Con los vistos de la Secretaría General, la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, la Oficina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas en la Ley de Recursos Hídricos, el Reglamento de Organización y Funciones de esta autoridad, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-2010-AG, y modificado por Decreto Supremo Nº 012-2016-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y del documento denominado "Metodología para la determinación del índice de calidad de agua para los recursos hídricos superficiales en el Perú ICA-PE", en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe, por el plazo de quince (15) días hábiles, a fin que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la dirección electrónica siguiente: IndiceCalidadAgua@ana.gob.pe.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, la recepción y análisis de los aportes y comentarios que se presenten respecto al documento citado en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese,
ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

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