12/05/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 375-2017-MINAM Autorizan Transferencia Financiera para el financiamiento

Autorizan Transferencia Financiera para el financiamiento de Proyecto de Inversión Pública Ambiental RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 375-2017-MINAM Lima, 29 de noviembre de 2017 Vistos; el Informe Nº 054-2017-MINAM/DVMDERN/ UEGRN de la Dirección Ejecutiva del PGAS CVIS 2; el Informe Nº 529-2017-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Memorando Nº 939-2017-MINAM/ SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 543-2017-MINAM/SG-OGAJ
Autorizan Transferencia Financiera para el financiamiento de Proyecto de Inversión Pública Ambiental
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 375-2017-MINAM
Lima, 29 de noviembre de 2017
Vistos; el Informe Nº 054-2017-MINAM/DVMDERN/ UEGRN de la Dirección Ejecutiva del PGAS CVIS 2;
el Informe Nº 529-2017-MINAM/SG/OGPP/OPPMI de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Memorando Nº 939-2017-MINAM/ SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 543-2017-MINAM/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 294-2013-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y Corporación Andina de Fomento - CAF, hasta por la suma de US$
16 000 000,00 (Dieciséis Millones y 00/100 Dólares Americanos), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa", en adelante el Programa;

Que, según lo dispuesto en el artículo 3 del precitado Decreto Supremo, la Unidad Ejecutora del Programa será el Ministerio del Ambiente;

Que, con fecha 03 de diciembre de 2013, la CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por US$ 16 000 000,00, destinado a financiar parcialmente el Programa;

Que, por Resolución Ministerial Nº 298-2014-MINAM, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004
Gestión de los Recursos Naturales", en el Pliego 005:

Ministerio del Ambiente para la ejecución del "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur - II Etapa" (PGAS CVIS 2);

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 040-2015-MINAM se aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa; precisando en su numeral 2.2.1 que uno de los objetivos del Programa es apoyar las iniciativas regionales y/o locales a través del cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que contribuyan a la conservación de los ecosistemas andino-amazónicos;

Que, asimismo, el citado Manual establece la tipología y las características de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) que conforman el Conglomerado de Proyectos Ambientales del Programa;

Que, el numeral 2.4.4 del referido Manual de Operaciones establece los montos máximos de cofinanciamiento que se asignan a los Gobiernos Locales, provinciales y distritales, los cuales ascienden a la suma de S/ 1 000 000, 00 (Un Millón y 00/100 Soles), y S/ 700
000 (Setecientos Mil y 00/100 Soles), respectivamente;
asimismo, el monto máximo de cofinanciamiento para los Gobiernos Regionales asciende a S/ 1 200 000, 00 (Un Millón Doscientos Mil y 00/100 Soles), y en caso los montos solicitados para dicho cofinanciamiento superen los montos máximos establecidos, el Organismo Ejecutor del PIP , asumirá el financiamiento del excedente del costo de inversión de los Proyectos;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva
Nº 065-2017-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS
2, se aprueban los resultados de la Convocatoria 2017 de Proyectos de Inversión Pública Ambientales, realizada por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de Recursos Naturales, declarándose 17 (diecisiete)
organismos ejecutores seleccionados; entre los cuales se encuentra la Municipalidad Distrital del Manu, para el financiamiento del Proyecto de Inversión Pública Ambiental: Recuperación de Ecosistemas de Bosque Degradado y Deforestado en diez (10) Comunidades Nativas de la Provincia de Manu, Departamento de Madre de Dios;

Que, el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las transferencias financieras entre entidades, que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente;

Que, el artículo 16 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de las transferencias financieras;

Que, mediante Informe Nº 054-2017-MINAM/ DVMDERN/UEGRN, la Directora Ejecutiva (e) del Programa comunica a la Secretaria General del Ministerio del Ambiente la suscripción de un Convenio Específico de Transferencia Financiera con la Municipalidad Provincial del Manu; asimismo, solicita y sustenta la aprobación de la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 004:

Gestión de Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, hasta por el monto de NOVECIENTOS
OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
TRES Y 10/100 SOLES (S/ 989 963,10), a favor de un (1)
organismo ejecutor: un (1) Gobierno Local, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y Recursos Ordinarios;

Que, mediante el Informe Nº 529-2017-MINAM/SG/ OGPP/OPPMI, la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones recomienda aprobar la transferencia financiera de la Unidad Ejecutora 004:

Gestión de Recursos Naturales del Pliego 005: Ministerio del Ambiente hasta por la suma de NOVECIENTOS
OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
TRES Y 10/100 SOLES (S/ 989 963,10), a favor de la Municipalidad Provincial del Manu;

Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección Ejecutiva del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Manual de Operaciones del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 040-2015-MINAM; la Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 065-2017-MINAM/VMDERN/
UEGRN-PGAS CVIS 2;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 005: Ministerio del Ambiente, hasta por la suma de
NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS
SESENTA Y TRES Y 10/100 SOLES (S/ 989 963,10), a favor de la entidad citada en el Anexo de la presente resolución, con cargo a los recursos asignados en el Año Fiscal 2017 a la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; para el financiamiento de un Proyecto de Inversión Pública Ambiental.

Artículo 2.- La Oficina General de Administración o quien haga sus veces en el Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur - II Etapa, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 3.- El Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánica Sur - II Etapa, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se transfirieron los recursos.

Artículo 4.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELSA GALARZA CONTRERAS
Ministra del Ambiente

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