12/07/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 509-2017-MEM/DM Otorgan a GR TARUCA S.A.C. concesión definitiva para

Otorgan a GR TARUCA S.A.C. concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 509-2017-MEM/DM Lima, 1 de diciebre de 2017 VISTOS: El Expediente Nº 17380817 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna, presentada por GR TARUCA S.A.C.; y, los Informes Nº 624-2017-MEM/DGE-DCE
Otorgan a GR TARUCA S.A.C. concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 509-2017-MEM/DM
Lima, 1 de diciebre de 2017
VISTOS: El Expediente Nº 17380817 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna, presentada por GR TARUCA S.A.C.; y, los Informes Nº 624-2017-MEM/DGE-DCE y Nº 502-2017-MEM/OGJ
elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, GR TARUCA S.A.C. y el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Energía y Minas, suscriben el Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (en adelante, el Contrato de Suministro RER), cuya fecha de cierre se realiza el 17 de mayo de 2016, mediante el cual GR
TARUCA S.A.C. se obliga a diseñar, financiar, suministrar los bienes y servicios requeridos para construir, operar y mantener la Central Eólica Parque Eólico Duna;

Que, mediante Carta Nº RG-057-2017 con Registro Nº 2725682, de fecha 19 de julio de 2017, GR TARUCA S.A.C.
solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna, con una potencia instalada de 18,37 MW, ubicado en el distrito de Huambos, provincia de Chota, departamento de Cajamarca;

Que, mediante Resolución Directoral Regional Nº 67-2017-GR-CAJ-DREM, de fecha 11 de julio de 2017, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca aprueba la Declaración de Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Parque Eólico Duna, ubicado en el distrito de Huambos, provincia de Chota, departamento de Cajamarca;

Que, mediante Resolución Directoral Regional Nº 125-2017-GR-CAJ-DREM, de fecha 25 de setiembre de 2017, la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca otorga la conformidad al Informe Técnico Sustentatorio del proyecto "Parque Eólico Duna";

Que, mediante Oficio Nº 1939-2017-MEM/DGE-DCE, notificado el 9 de octubre de 2017, la Dirección General de Electricidad verifica que existe una superposición entre el área de concesión definitiva solicitada para el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna con parte del área de la
concesión solicitada para el proyecto Central Eólica Parque Eólico Huambos, presentada por GR PAINO S.A.C.;

Que, sin embargo, mediante Carta Nº RG-091-2017
con Registro Nº 2757554, de fecha 7 de noviembre de 2017, GR PAINO S.A.C. remite el "Convenio de acceso y entrega en uso de terrenos para la ejecución conjunta de obras y operación de parque eólico", suscrito el 6 de julio de 2017 entre GR PAINO S.A.C. y GR TARUCA S.A.C., donde se señala en el artículo 3.4 que "ambas partes declaran conocer que existe compatibilidad técnica, física y legal entre los dos (2) proyectos Parque Eólico Duna y Parque Eólico Huambos, por lo que la superposición entre las áreas de concesión definitiva solicitadas no afectará en ningún aspecto la ejecución y operación de dichos proyectos, ni los derechos y obligaciones que se obtengan mediante la concesión definitiva que otorga el Ministerio de Energía y Minas al amparo del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM". En el referido convenio se detallan también las coordenadas UTM (WGS
84) del área de superposición, así como los componentes de los proyectos que se encuentran en dicha área. Por lo tanto, teniendo en cuenta que existe un acuerdo entre las partes respecto de la superposición entre las áreas de concesiones solicitadas para sus proyectos Central Eólica Parque Eólico Duna y Central Eólica Parque Eólico Huambos, se considera que dicha superposición no constituye impedimento para el otorgamiento de la concesión definitiva solicitada por GR
TARUCA S.A.C.;

Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según los Informes de Vistos, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de GR TARUCA S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Eólica Parque Eólico Duna, con una potencia instalada de 18,37 MW, ubicado en el distrito de Huambos, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 513-2017 a suscribirse entre GR TARUCA S.A.C. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19
cláusulas y 3 anexos.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión Nº 513-2017 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión Nº 513-2017, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de GR TARUCA S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento citado en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Energía y Minas

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.