12/26/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 532-2017-MEM/DM Autorizan publicación de Proyecto de Norma sobre

Autorizan publicación de Proyecto de Norma sobre Contribuciones Reembolsables en el portal institucional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 532-2017-MEM/DM Lima, 21 de diciembre de 2017 VISTOS: El Informe Técnico Nº 017-2017/MEM-DGE-DNE y el Informe Nº 597-2017-MEM/OGJ, emitidos por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
Autorizan publicación de Proyecto de Norma sobre Contribuciones Reembolsables en el portal institucional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 532-2017-MEM/DM
Lima, 21 de diciembre de 2017
VISTOS: El Informe Técnico Nº 017-2017/MEM-DGE-DNE y el Informe Nº 597-2017-MEM/OGJ, emitidos por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, respectivamente;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM establece como función general del Ministerio de Energía y Minas, dictar la normatividad general de alcance nacional en las materias de su competencia;

Que, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, regulan lo relacionado con las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 231-2012-MEM/DM, publicada el 22 de mayo de 2012, se aprobó la Norma sobre Contribuciones Reembolsables, en el marco de lo establecido en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1221, publicado el 24 de septiembre de 2015, se modificaron diversos artículos de la Ley de Concesiones Eléctricas con la finalidad de mejorar la regulación de la actividad de distribución para promover el acceso a la energía eléctrica en el Perú; asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 018-2016-EM, publicado el 24 de julio de 2016, se modificaron diversos artículos del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, de acuerdo con el Informe Técnico Nº 017-2017/MEM-DGE-DNE, en atención a las modificaciones efectuadas en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, es necesario aprobar una nueva Norma sobre Contribuciones Reembolsables. En tal sentido, en el citado Informe Técnico se propone la publicación del proyecto de Norma sobre Contribuciones Reembolsables;

Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas generales que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, con el fin de recibir comentarios de los interesados;

Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del proyecto de Norma sobre Contribuciones Reembolsables, otorgando a los interesados un plazo de treinta (30) días hábiles para la remisión, por escrito o vía electrónica, de sus comentarios y sugerencias;

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la publicación del proyecto de Norma sobre Contribuciones Reembolsables y su Exposición de Motivos, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2 - Establecer que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Electricidad, sito en Avenida De Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; o, vía electrónica a la siguiente dirección de correo electrónico larellan@minem.gob.pe. El registro de las opiniones y sugerencias recibidas, en medio físico o electrónico, está a cargo del señor Luis Arellán Yanac, profesional CAS de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y del proyecto de Norma sobre Contribuciones Reembolsables y su Exposición de Motivos, en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el citado Diario Oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Energía y Minas

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