12/06/2017

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2017-MC Autorizan inafectación de lGV respecto a la prestación de

Autorizan inafectación de lGV respecto a la prestación de servicios culturales de la Asociación Cultural Peruano Alemana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2017-MC Lima, 5 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, se aprueban los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) en favor de las instituciones culturales; Que, el artículo 1 del mencionado Decreto
Autorizan inafectación de lGV respecto a la prestación de servicios culturales de la Asociación Cultural Peruano Alemana
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 015-2017-MC
Lima, 5 de diciembre de 2017
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, se aprueban los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) en favor de las instituciones culturales;

Que, el artículo 1 del mencionado Decreto Supremo establece que solo se podrá autorizar como operaciones no gravadas con el Impuesto General a las Ventas, entre otras, la prestación de servicios culturales acorde al objeto de cada institución cultural definido en su Estatuto;

Que, asimismo, el artículo 2 del referido Decreto Supremo dispone que las Instituciones Culturales deberán solicitar al Ministerio de Cultura la expedición de la Resolución Suprema que autorice la inafectación del Impuesto General a las Ventas, para lo cual deberán adjuntar a su solicitud, copia del documento que acredite la calificación del Ministerio de Cultura, como asociación cultural; copia literal de la ficha registral de inscripción de la asociación o fundación en la Oficina de los Registros Públicos correspondientes;
copia de la resolución que acredite su inscripción en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta que lleva la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, y el detalle del objeto de la institución cultural de acuerdo a su Estatuto; además, se señala que la inafectación se aplicará por el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura;

Que, a través de la Resolución Directoral Nº 496-2016-DGIA-VMPCIC/MC, de fecha 07 de diciembre de 2016, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura otorga el reconocimiento como Asociación Cultural a la Asociación Cultural Peruano Alemana, por una vigencia de dos (2) años renovables;

Que, mediante Formulario FP07DGIA, de fecha 07 de noviembre de 2017, la señora Sara Mercedes Rojas Faura Vda. de Sayán, representante de la Asociación Cultural Peruano Alemana, solicita la inafectación al Impuesto General a las Ventas respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de la Asociación Cultural, definido en su Estatuto;

Que, con Informe Nº 000925-2017/DIA/DGIA/VMPCIC/ MC de fecha 21 de noviembre de 2017, la Dirección de Artes manifiesta que la prestación de servicios culturales de la Asociación Cultural Peruano Alemana cumple con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 075-97-EF y su modificatoria, por cuanto estos se circunscriben al ámbito cultural; y que asimismo, la solicitante ha cumplido con adjuntar los requisitos exigidos para el otorgamiento de la resolución de inafectación;

Que, con el Informe Nº 000437-2017/DGIA/VMPCIC/ MC de fecha 22 de noviembre de 2017, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes concluye que la prestación de servicios culturales de la Asociación Cultural Peruano Alemana, se encuentra acorde al objeto que consta en el Estatuto de dicha institución cultural;

De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y el Decreto Supremo Nº 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2013-EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales de la Asociación Cultural Peruano Alemana, conforme se indica en su Estatuto. La inafectación se aplicará durante el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura mediante la Resolución Directoral Nº 496-2016-DGIA-VMPCIC/MC.

Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Cultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Ministro de Cultura

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