12/31/2017

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 290-2017-JUS Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos

Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados, quienes se encuentran recluidos en diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 290-2017-JUS Lima, 29 de diciembre de 2017 VISTAS, las solicitudes de conmutación de la pena, presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales, según los Informes de los Expedientes, que fueron evaluados en las sesiones del 20 de junio de
Conceden la gracia de conmutación de la pena a internos sentenciados, quienes se encuentran recluidos en diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 290-2017-JUS
Lima, 29 de diciembre de 2017
VISTAS, las solicitudes de conmutación de la pena, presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales, según los Informes de los Expedientes, que fueron evaluados en las sesiones del 20 de junio de 2017, 10 de julio de 2017, 18 de julio de 2017, 26 de setiembre de 2017 y 28 de diciembre de 2017;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú señala que corresponde al Presidente de la República dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas;

Que, la conmutación de la pena es la potestad del presidente de la República para reducir la pena privativa de libertad impuesta, a un quantum menor;

Que, por las condiciones de progresión en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, así como los certificados de estudios y/o trabajo respectivos y conforme a los requisitos establecidos en los artículos 26 y 30 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la gracia de conmutación de la pena;

Que, de la documentación presentada por los solicitantes se advierte, no solamente el cumplimiento de los requisitos formales, sino también la manifiesta conducta de responsabilidad en cuanto al delito cometido, que tienen buen entorno familiar y que tienen condiciones favorables de reinserción social, por lo que resulta conveniente coadyuvar a su debida protección y atención mediante la conmutación de la pena;

De conformidad con los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, el Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales y la Resolución Ministerial Nº 0162-2010-JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conceder la gracia de conmutación de la pena a los internos sentenciados, quienes se encuentran recluidos en los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la República:

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE AREQUIPA
VARONES
1. ROMERO ROJAS, MARCELINO, de nacionalidad peruana, conmutarle de 08 años a 06 años 06 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 02 de febrero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE CALLAO
2. VENTURA RUIZ, ALEX, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 08 meses a 05 años 03 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 13 de febrero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE
CHORRILLOS I
3. CHUMPITAZ VARILLAS, JULIA BERNARDITA, de nacionalidad peruana, conmutarle de 08 años a 07 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 11 de febrero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE
COCHAMARCA
4. MORALES LUIS, GUSTAVO EUCLIDES, de nacionalidad peruana, conmutarle de 04 años 10 meses a 04 años 04 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 18 de enero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE HUÁNUCO
5. BERNARDO PARDAVE, JOSE LUIS, de nacionalidad peruana, conmutarle de 05 años 10 meses a 05 años 03 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 13 de febrero de 2018.

6. CCACCAYCUCHO MENESES, SAMUEL, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 08 meses a 05 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 17 de julio de 2018.

7. FLORES CASTRO, EDILICIA, de nacionalidad peruana, conmutarle de 07 años 06 meses a 05 años 08
meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 26 de enero de 2018.

8. GOMEZ SANCHEZ, ADELAIDA, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 08 meses a 05 años 07
meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 19 de enero de 2018.

9. MARTEL ROJAS, YANET, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 08 meses a 05 años 07 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 19 de enero de 2018.

10. MASGO NOLASCO, GUSTAVO SILVIO, de nacionalidad peruana, conmutarle de 08 años a 06 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 03 de julio de 2018.

11. MATO ZEVALLOS, JESUS FERMIN, de nacionalidad peruana, conmutarle de 05 años a 03 años 10 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 31 de enero de 2018.

12. PEÑA CRUZ, ROLANDO, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 08 meses a 05 años 08
meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 06 de febrero de 2018.

13. PLEJO CHOGAS, MARÍA, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 10 meses a 05 años 01
mes de pena privativa de libertad, la que vencerá el 28 de junio de 2018.

14. RODRIGUEZ SILVA, ELVIZ YERSON, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 08 meses a 05 años 05 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 14 de febrero de 2018.

15. ZEVALLOS AROSTEGUI, DORA LUZ, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 08 meses a 05 años 09 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 08 de febrero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE HUARAL
16. CALLE MACHUCA, CESAR HIPOLITO, de nacionalidad peruana, conmutarle de 08 años a 07 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 01 de febrero de 2018.

17. CLEMENTE ABREGU, ELDER ISAAC, de nacionalidad peruana, conmutarle de 08 años a 06 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 24 de diciembre de 2018.

18. DIAZ DIAZ, WILMER SANDER o DIAZ DIAZ, WILDER SANDER o GODOY DIAZ, VICTOR MANUEL, de nacionalidad peruana, conmutarle de 07 años a 05
años 08 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 24 de enero de 2018.

19. MATTA VALDEZ, CESAR ALDAHIR, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años a 05 años 07 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 06 de febrero de 2018.

20. PAREDES PAREDES, DANIEL, de nacionalidad peruana, conmutarle de 08 años a 06 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 13 de julio de 2018.

21. ROMERO JORGE, MARCO AMARU, de nacionalidad peruana, conmutarle de 07 años a 05 años 07 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 29 de enero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE ICA
22. ARTEAGA CASTILLO, MARCO ANTONIO, de nacionalidad peruana, conmutarle de 05 años a 04 años 06 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 23 de enero de 2018.

23. GONZALES CRIOLLO, LEVY, de nacionalidad peruana, conmutarle de 07 años 01 mes a 06 años 07
meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 10 de febrero de 2018.

24. QUISPE VILCHEZ, WILDER, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 11 meses a 05 años 06
meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 16 de enero de 2018.

25. REYES MELGAREJO, MAICOL, de nacionalidad peruana, conmutarle de 07 años 09 meses a 06 años 09
meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 02 de febrero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE JULIACA
26. MAMANI QUISPE, FEDERICO, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 08 meses a 05 años 10
meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 14 de febrero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE MIGUEL
CASTRO CASTRO
27. JIMENEZ UN, JHONATAN EDWIN, de nacionalidad peruana, conmutarle de 12 años a 09 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 11 de mayo de 2019.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE PAMPAS DE
SANANGUILLO
28. RENGIFO LOPEZ, MARVIN MARX, de nacionalidad peruana, conmutarle de 08 años a 06 años 03 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 18 de febrero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE PIURA
29. VICENTE CALLE, MANUEL EUSEBIO, de nacionalidad peruana, conmutarle de 10 años a 08 años 11 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 08 de febrero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE PUNO
30. ROJAS RAMOS, RICHARD, de nacionalidad peruana, conmutarle de 06 años 08 meses a 05 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 20 de agosto de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE SULLANA
31. ICAHUATE PUA, ESTAUROFILA, de nacionalidad peruana, conmutarle de 13 años a 09 años 09 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 04 de diciembre de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE TRUJILLO
MUJERES
32. ZAÑA ROJAS, SOLEDAD, de nacionalidad peruana, conmutarle de 09 años a 08 años 09 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 06 de enero de 2018.

ESTABLECIMIENTO PENITENCIDE TUMBES
33. GAMARRA MARIN, JORDAN BRANDY, de nacionalidad peruana, conmutarle de 09 años a 06 años 09 meses de pena privativa de libertad, la que vencerá el 19 de abril de 2018.

34. LLANOS GONZALES, ADELMO, de nacionalidad peruana, conmutarle de 07 años 01 mes a 06 años de pena privativa de libertad, la que vencerá el 23 de enero de 2018.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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