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ACUERDO REGIONAL N° 095-2017-GRA/CR-AREQUIPA Modifican el acuerdo tercero del N°

Modifican el acuerdo tercero del Acuerdo Regional Nº 081-2016-GRA/CR-AREQUIPA ACUERDO REGIONAL Nº 095-2017-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 7 de noviembre del 2017 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 2º de la Ley No 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y
Modifican el acuerdo tercero del Acuerdo Regional Nº 081-2016-GRA/CR-AREQUIPA
ACUERDO REGIONAL Nº 095-2017-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 7 de noviembre del 2017
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 2º de la Ley No 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia y en su Art. 3º
prescribe que los gobiernos regionales tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley.

Que, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión del Consejo Regional sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practivar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme a lo establecido por el Art. 39º. de la citada Ley 27867.

Que, el artículo 16, inciso 16.1 de la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional, establece: "Son atribuciones del Consejo Regional: ...16.1 Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, el Acuerdo Regional Nº 081-2016-GRA/ CR-AREQUIPA de fecha 20 de setiembre de 2016
aprueba expropiación de inmuebles para el Proyecto Mejoramiento de la Carretera Variante de Uchumayo, entre el Puente San Isidro y la Vía de Evitamiento, Distrito de Sachaca, Yanahuara y Cerro Colorado, Provincia de Arequipa-Región Arequipa III Etapa. El Acuerdo en su acuerdo tercero autorizó al Abog. Carlos Ramírez Gonzales, Jefe de la Oficina Regional de Administración y al Abog. Javier Eduardo Rospigliosi Vega, Jefe de la Oficina Regional de Planificación, Presupuesto y Ordenamiento Territorial con la finalidad de endosar los certificados de depósitos administrativos relacionados a la expropiación.

Que, mediante Oficio Nº 862-2017-GRA/GGR de fecha 12 de octubre de 2017 remitido por el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Arequipa se solicita se modifique el Acuerdo Tercero del Acuerdo Regional Nº 081-2016-GRA/CR-AREQUIPA, dado que actualmente el Abog. Carlos Ramírez Gonzales no funge el cargo de Jefe de la Oficina Regional de Administración, al haberse encargado temporalmente en ese cargo a la CPCC Justa Rufina Mamani Palomino, conforme a la Resolución Ejecutiva Regional Nº 427-GRA/GR de fecha 31.07.2017.

Que, El pedido de modificación efectuado por el Gerente General Regional se sustenta en la necesidad de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Legislativo No. 1192 y su modificatoria- respecto al pago de los montos consignados, como consecuencia del proceso expropiatorio del que trata el Acuerdo Regional No. 081-2016-GRA/CR.AREQUIPA; a fin de que se pueda endosar los certificados de depósitos referidos.

Por estas consideraciones, al amparo de la Ley Nº 27867 "Ley Orgánica de Gobiernos Regionales", modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA y sus modificatorias, el Consejo Regional de Arequipa aprobó lo siguiente:

SE ACUERDA:

Primero.- MODIFICAR el acuerdo tercero del Acuerdo Regional Nº 081-2016-GRA/CR-AREQUIPA, en los términos siguientes:
"Tercero.- Disponer se proceda a consignar en el Banco de la Nación, a favor de los Sujetos Pasivos, los respectivos montos correspondientes a los valores de tasación aprobados. Asimismo, se autoriza a la CPCC.

Justa Rufina Mamani Palomino, encargada en el cargo de Jefe de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Arequipa y al Abg. Javier Eduardo Rospigliosi Vega, Jefe de la Oficina Regional de Planificación, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, a partir de la aprobación del presente acuerdo, a emitir y endosar los certificados de depósitos administrativos, relacionados a las expropiaciones del proyecto "Mejoramiento de la Carretera Variante de Uchumayo entre el Puente San Isidro y la Vía de Evitamiento, distrito de Sachaca, Yanahuara y Cerro Colorado, provincia de Arequipa, Región Arequipa".

Segundo.- DISPONER la publicación del Acuerdo Regional en el diario Oficial el Peruano y en la página web del Gobierno Regional.

POR TANTO:

Regístrese y cúmplase.

ABELINO I. RONCALLA QUISPE
Presidente del Consejo Regional

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