1/31/2018

RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO N° 004-2018-APN/DIR Disponen la prepublicación de proyecto de

Disponen la prepublicación de proyecto de modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 044-2017-APN/DIR, que aprobó la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria" en la página web institucional RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 004-2018-APN/DIR Callao, 19 de enero de 2018 VISTOS: El Informe Técnico No. 002-2018-APN/UPS, de fecha 09 de enero de 2018 de la Unidad de Protección y Seguridad y el Informe Legal No. 048-2018-APN/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, de fecha 12 de enero de 2018,
Disponen la prepublicación de proyecto de modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 044-2017-APN/DIR, que aprobó la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria" en la página web institucional
RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 004-2018-APN/DIR
Callao, 19 de enero de 2018
VISTOS:

El Informe Técnico No. 002-2018-APN/UPS, de fecha 09 de enero de 2018 de la Unidad de Protección y Seguridad y el Informe Legal No. 048-2018-APN/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, de fecha 12 de enero de 2018, mediante los cuales se considera técnica y legalmente viable la modifica de la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria" aprobada por RAD No. 044-2017-APN/DIR, recomendando su prepublicación;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 19 de la Ley No. 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional, crea la Autoridad Portuaria Nacional (APN), como Organismo Técnico Especializado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y financiera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, el artículo 33 de la Ley del Sistema Portuario señala que las administraciones portuarias implantan sistemas de seguridad integral en los puertos bajo su administración, la seguridad del recinto y sus instalaciones y la prevención de daños al medio ambiente, conforme la legislación sobre la materia;

Que, el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado mediante Decreto Supremo No. 034-2004-MTC, establece que es una atribución y función del Directorio, aprobar y modificar otros documentos técnicos normativos de gestión institucional, propuestos por el Gerente General de la APN;

Que, según el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la APN, el presidente del Directorio ejerce la representación oficial de la APN y suscribe en representación del Directorio las resoluciones que se emitan, sin perjuicio de las delegaciones que se acuerden;

Que, el numeral 6 de la norma señalada en el considerando anterior establece que son atribuciones y funciones del presidente del Directorio, entre otras, ejercer las facultades especiales que el Directorio le delegue.

Asimismo, que el numeral 20 del artículo 7º del mismo Reglamento señala que el Directorio de la APN puede delegar el ejercicio de sus funciones en el Presidente del Directorio o en el Gerente General;

Que, mediante Informe Técnico No. 002-2018-APN/ UPS, la Unidad de Protección y Seguridad (UPS) remite el proyecto de modificaciones a la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria" aprobada por RAD No. 044-2017-APN/DIR. Al respecto, UPS propone modificar el numeral 6.1 del artículo 6, respecto a la designación de Oficiales de Protección de la Instalación Portuaria (OPIP´S); asimismo, se plantea la modificación del numeral 6.2 del referido artículo respecto a los cursos portuarios establecidos por la APN; adicionalmente, recomienda retirar el numeral VIII del artículo 6. Respecto al numeral 7.2 del artículo 7, se ha modificado el número total de horas semanales de trabajo de los agentes de protección portuaria. Asimismo, se requiere modificar el literal e) del numeral 15.2 del artículo 15, respecto a la carga horaria del curso del literal d), del referido artículo. Por otro lado, se recomienda la modificación del numeral 28.2 del artículo 28 de la referida norma técnica, Finalmente, se plantea la modificación del Anexo 4 respecto a los Procedimientos Contenidos en el
MAPROP;

Que, a través del Informe Legal No. 048-2018-APN/ UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) señala que es legalmente viable la modificación de la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria" aprobado por RAD No.
044-2017-APN/DIR y recomienda que en atención a lo establecido en el artículo 14 del Decreto Supremo No.
001-2009-JUS, las modificaciones a la referida norma deben ser prepublicadas;

Que, en la Sesión de Directorio No. 451 del martes 16 de enero de 2018, el Directorio de la APN aprobó la modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio No. 044-2017-APN/DIR de fecha 26 de julio de 2017, disponiéndose su prepublicación, facultando al Presidente del Directorio la emisión de la resolución que corresponda;

Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente, a través del cual aprueba la prepublicación de la modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio No 044-2017-APN/DIR de fecha 26 de julio de 2017, que aprobó la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria";

Que, de conformidad con la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional y su respectivo reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado con Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC y el Acuerdo de Directorio del Visto;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio No. 044-2017-APN/ DIR de fecha 26 de julio de 2017, que aprobó la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria", el mismo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Relaciones Institucionales de la Autoridad Portuaria Nacional efectúe la prepublicación del proyecto de modificación de la Resolución de Acuerdo de Directorio No. 044-2017-APN/ DIR de fecha 26 de julio de 2017 que aprobó la "Norma Técnica sobre Protección Portuaria", el mismo que se encuentra contenido en la matriz que se adjunta al presente, en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página web de la Autoridad Portuaria Nacional, www.apn.gob. pe, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3º.- Designar al señor Luis Elías García Lumbreras, Jefe de la Unidad de Protección y Seguridad de la Autoridad Portuaria Nacional, para que acopie y compile todas las observaciones y comentarios que realice la comunidad portuaria y personas interesadas, así como elabore la matriz correspondiente y proponga los cambios o modificaciones necesarias al proyecto de RAD señalada en el artículo 1 de la presente resolución;
en ese sentido, se habilita el correo electrónico: lgarcia@
apn.gob.pe, para que por intermedio de ello, se hagan llegar las observaciones y comentarios respectivos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR PATIÑO GARRIDO
Presidente del Directorio

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