1/27/2018

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 314-2017-SERVIR/PE Formalizan modificaciones de la Directiva

Formalizan modificaciones de la Directiva "Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 314-2017-SERVIR/PE Lima, 29 de diciembre de 2017 VISTO; el Informe Nº 346-2017-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico Especializado,
Formalizan modificaciones de la Directiva "Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 314-2017-SERVIR/PE
Lima, 29 de diciembre de 2017
VISTO; el Informe Nº 346-2017-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;

Que, el artículo 4 de la Ley del Servicio Civil, aprobada por Ley Nº 30057, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos;

Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificatorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales el Subsistema de Gestión del Empleo es definido como aquel que incorpora el conjunto de políticas y prácticas de personal destinadas a gestionar los fl ujos de servidores en el referido sistema desde su incorporación hasta su desvinculación;

Que, en cuanto al citado Subsistema de Gestión del Empleo se precisa que éste incluye el proceso de Gestión de la Incorporación y Administración de Personas, encontrándose conformado el primero de ellos por la selección, vinculación, inducción y periodo de prueba de los servidores;

Que, dentro del marco normativo descrito, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2016-SERVIR/PE se formalizó la aprobación de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", así como del Anexo Nº 01: "Guía Metodológica para el Proceso de Selección por Concurso Público de Méritos en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil"; y, Anexo Nº 02: "Formato de Validación de Conocimientos — Contratación Directa";

Que, mediante Informe Nº 346-2017-SERVIR/ GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos propuso la modificación de algunos artículos de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH
"Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil"; así como su actualización;

Que, en la Sesión Nº 24-2017 del 27 de diciembre de 2017, el Consejo Directivo aprobó la propuesta de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; y, dejó sin efecto el Anexo Nº 01: "Guía Metodológica para el Proceso de Selección por Concurso Público de Méritos en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil" y Anexo Nº 02: "Formato de Validación de Conocimientos — Contratación Directa" de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", encargando al Presidente Ejecutivo emitir la resolución respectiva;

Con los vistos de la Gerencia General, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, la Oficina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; la Ley del Servicio Civil, aprobada por Ley Nº 30057; el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM
y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar las modificaciones de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", conforme al siguiente detalle:
"4.2 DEFINICIONES
Para efectos de la presente Directiva, se consideran las siguientes definiciones: (...)
k) Área: Se refiere tanto a órganos como a unidades orgánicas de una Entidad, de acuerdo con lo señalado en los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública", aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM y modificatorias 5.2.3.2 Etapa de Convocatoria y Reclutamiento (...)
La fase de reclutamiento se inicia con la recepción de las postulaciones a la entidad pública, la que debe realizarse concluida la fase de convocatoria. Las postulaciones comprenden la presentación de las fichas de postulantes y/o otros documentos solicitados en la convocatoria. La oficina de recursos humanos, o la que haga sus veces, selecciona solo aquellas fichas de postulantes que cumplan con el perfil de puesto, otorgándoles la condición "Califica" y publica la lista de los postulantes con la condición obtenida. (...)
5.2.3.3 Etapa de evaluación (...)
c. Evaluación psicométrica y psicológica c.1 Evaluación psicométrica Las evaluaciones psicométricas están orientadas a medir las aptitudes, habilidades y/o coeficiente intelectual de los candidatos, mediante la aplicación de un procedimiento estandarizado que da como resultados puntajes o calificaciones directas a los sujetos evaluados.

Deben ser definidas por un(a) psicólogo(a) colegiado(a)
y habilitado(a) en función de las especificaciones del perfil, la naturaleza y la complejidad del puesto; tomando en cuenta validez y confiabilidad de las herramientas elegidas. (...)
5.2.7 Veedurías en el Concurso Público de Méritos (...)
SERVIR podrá emitir normas complementarias para regular el ejercicio de la veeduría.

5.2.8 Delegación de Concurso Público de Méritos de Directivos Públicos a cargo de SERVIR (...)
Tal delegación se formaliza mediante la notificación de la aceptación de SERVIR a la solicitud efectuada por la máxima autoridad administrativa de la entidad pública solicitante.

Para tal efecto, se debe seguir el siguiente procedimiento:
- La entidad pública remitirá una solicitud expresando su voluntad de delegar determinado concurso público de méritos del grupo de directivos públicos, adjuntado el perfil del puesto correspondiente.
- Una vez que se haya notificado con tal solicitud, la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública tendrá un plazo hasta de quince (15) días hábiles para dar respuesta a su solicitud.
- Con la notificación de la aceptación por parte de SERVIR, queda formalizada la delegación. (...)
Una vez firmada la delegación, la entidad solicitante deberá brindar a SERVIR la documentación y las facilidades que resulten necesarias para la ejecución del proceso.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
TRANSITORIAS
PRIMERA.- Concursos Públicos de Méritos para el Traslado - CPMT (...)
c) Evaluaciones comprendidas en el CPMT
Conforme a la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley, el CPMT
consiste en una versión simplificada de las disposiciones procedimentales establecidas en el numeral 5.2 de la presente Directiva.

Los concursos públicos de méritos para el traslado solamente comprenden las siguientes evaluaciones:
i. Para puestos del grupo de directivos: Evaluación curricular, competencias y entrevista final. No se realizará la verificación mediante referencias laborales.
ii. Para puestos del grupo de servidores de carrera y puestos de las familias de puestos de asesoría y de administración interna e implementación de proyectos de Servidores de actividades complementarias:

Evaluación curricular, conocimientos técnicos y la entrevista final. No se realizará la verificación mediante referencias laborales.
iii. Para puestos de las familias de puestos de asistencia y apoyo y Operadores de prestación y entrega de bienes y servicios, operadores de servicios para la gestión institucional; mantenimiento y soporte; y choferes del grupo de servidores civiles de actividades complementarias: Evaluación curricular, evaluación psicométrica y entrevista final. No se realizará la verificación mediante referencias laborales.

Las entidades públicas podrán aplicar la evaluación psicológica, cuyos resultados son referenciales. (...)".

Artículo 2.- Formalizar la aprobación de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2016-SEVIR/GDSRH
"Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", que en anexo adjunto forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Dejar sin efecto el Anexo Nº 01: "Guía Metodológica para el Proceso de Selección por Concurso Público de Méritos en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil" y Anexo Nº 02: "Formato de Validación de Conocimientos — Contratación Directa" de la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión de los Procesos de Selección en el Régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil".

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "EI Peruano" y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN
Presidente Ejecutivo

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