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RESOLUCIÓN DEL SECRETGENERAL N° 006-2018-TR/SG Rectifican error material contenido en el anexo de

Rectifican error material contenido en el anexo de la Res. Nº 004-2018-TR/SG, que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) RESOLUCIÓN DEL SECRETGENERAL Nº 006-2018-TR/SG Lima, 26 de enero de 2018 VISTOS: El Informe Nº 032-2018-MTPE/4/12.03 de la Oficina General de Recursos Humanos y el Informe Nº 096-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Secretario General Nº 004-2018-TR/SG del 15 de enero de 2018, se aprueba el
Rectifican error material contenido en el anexo de la Res. Nº 004-2018-TR/SG, que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP)
RESOLUCIÓN DEL SECRETGENERAL Nº 006-2018-TR/SG
Lima, 26 de enero de 2018
VISTOS: El Informe Nº 032-2018-MTPE/4/12.03 de la Oficina General de Recursos Humanos y el Informe Nº 096-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución del Secretario General Nº 004-2018-TR/SG del 15 de enero de 2018, se aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Unidad Ejecutora 001-154: Ministerio de Trabajo-Oficina General de Administración correspondiente al Año Fiscal 2018, el cual en anexo adjunto forma parte integrante de dicha resolución;

Que, mediante Informe Nº 032-2018-MTPE/4/12.03, la Oficina General de Recursos Humanos solicita la rectificación de la resolución antes citada, toda vez que, por error material se ha consignado la denominación "Oficina de Defensa Nacional" en lugar de Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 020-2017-TR, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, correspondiendo reemplazar dicha denominación, en la página 1, segunda columna, números de orden 67, 68, 69 y 70 del anexo antes referido;

Que, el numeral 210.1 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;
asimismo, el numeral 210.2 señala que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y antecedentes que acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 096-2018-MTPE/4/8, opina por la procedencia de la emisión del acto de administración interna solicitada;

Con las visaciones de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo Nº 004-2014-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Resolución Ministerial Nº 001-2018-TR, sobre delegación de facultades;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Rectificar el error material contenido en el anexo de la Resolución del Secretario General Nº 004-2018-TR/SG de fecha 15 de enero de 2018 que aprueba el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y el anexo a que se refiere el artículo 1, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), en la misma fecha de la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" siendo responsable de dicha acción la Jefa de la Oficina General de Estadística y T ecnologías de la Información y Comunicaciones.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YURI ALEJANDRO CHESSMAN OLAECHEA
Secretario General

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