1/11/2018

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N° 005-2017-2018-CR

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 005-2017-2018-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA QUE DELEGA EN LA COMISIÓN PERMANENTE LA FACULTAD DE LEGISLAR Artículo 1.- Materias y plazo de la delegación Delégase en la Comisión Permanente del Congreso de la República, según lo establecido en el inciso 4) del artículo 101 de

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 005-2017-2018-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO DE
LA REPÚBLICA QUE DELEGA EN LA COMISIÓN
PERMANENTE LA FACULTAD DE LEGISLAR
Artículo 1.- Materias y plazo de la delegación Delégase en la Comisión Permanente del Congreso de la República, según lo establecido en el inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú, la facultad de legislar a partir del día siguiente del término de la Ampliación de la Primera Legislatura Ordinaria del Período Anual de Sesiones 2017-2018 hasta el 28 de febrero de 2018, sobre los siguientes asuntos:

1. Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en la agenda del Pleno del Congreso al 12 de enero de 2018, y aquellos que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones.

2. Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 105 de la Constitución Política del Perú.

3. Los proyectos de ley y de resolución legislativa vinculados con la Agenda Legislativa 2017-2018, aprobada mediante Resolución Legislativa del Congreso 004-2017-2018-CR.

Artículo 2.- Limitaciones Exclúyense de los asuntos a que se refiere el artículo anterior aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en el Palacio Legislativo, en Lima, a los nueve días del mes de enero de dos mil dieciocho.

LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República
MMANTILLA MEDINA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República

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