1/28/2018

RESOLUCION MINISTERIAL N° 035-2018-MINCETUR Modifican plazo y monto de inversión señalado en el

Modifican plazo y monto de inversión señalado en el artículo 2 de la R.M. Nº 038-2016-MINCETUR, para el proyecto "Hotel Talbot" RESOLUCION MINISTERIAL Nº 035-2018-MINCETUR Lima, 26 de enero de 2018 Visto, el Oficio Nº 1396-2017/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el Informe Nº 073-2017-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT/SD-SOJ de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección General de Estrategia Turística,
Modifican plazo y monto de inversión señalado en el artículo 2 de la R.M. Nº 038-2016-MINCETUR, para el proyecto "Hotel Talbot"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 035-2018-MINCETUR
Lima, 26 de enero de 2018
Visto, el Oficio Nº 1396-2017/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, el Informe Nº 073-2017-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT/SD-SOJ de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección General de Estrategia Turística, el Informe Legal Nº 148-2017-MINCETUR/VMT/DGET/ALDGET/ CQG, el Memorándum Nº 1335-2017-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato;

Que, el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modificatorias, señala que las solicitudes para la suscripción de Adendas de Modificación a los Contratos de Inversión serán tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la suscripción del Contrato de Inversión; siendo que una vez suscrita la Adenda del Contrato de Inversión, el Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente, la misma que deberá ser remitida a la SUNAT;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 038-2016-MINCETUR, de fecha 08 de febrero de 2016, se aprobó a AFINMUEBLES S.A.C. como empresa calificada para efectos del Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas establecido en el Decreto Legislativo antes citado, para el desarrollo del proyecto denominado Hotel Talbot, de acuerdo con el Contrato de inversión suscrito con el Estado el 09 de diciembre de 2015; asimismo, se aprobó la "Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción";

Que, al amparo de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 129-2017-EF , que aprueba las modificaciones al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, AFINMUEBLES
S.A.C., presentó una solicitud para modificar el monto y plazo de inversión del proyecto, además de modificar el Anexo I del Contrato, aspectos que cuentan con la opinión técnica y legal favorable, conforme se desprende de los documentos del Visto;

Que, por lo expuesto, con fecha 14 de diciembre de 2017, se suscribió la Adenda de Modificación del Contrato de Inversión celebrado entre la empresa AFINMUEBLES
S.A.C., y el Estado, por lo que corresponde emitir la Resolución Ministerial correspondiente;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modificatorias; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias;

De acuerdo con los documentos del Visto;

SE RESUELVE:

Artículo Único. - Modificación el plazo y monto de inversión del proyecto Modificar el plazo y monto de inversión señalado en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 038-2016-MINCETUR, en mérito a la adenda al contrato de inversión con el Estado y la empresa AFINMUEBLES
S.A.C., para el proyecto denominado "Hotel Talbot", por la suma de US$ 18 943,976.00 (Dieciocho Millones Novecientos Cuarenta y Tres Mil Novecientos Setenta y Seis y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ser ejecutado en un plazo total de tres (03) años y veintidós (22)
días, contados desde el 09 de diciembre de 2014, fecha de solicitud de suscripción del Contrato de Inversión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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