1/31/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 053-2018/MINSA Determinan al Gobierno Regional de La Libertad como

Determinan al Gobierno Regional de La Libertad como entidad beneficiaria de la transferencia de bienes y activos del proyecto Instalación e Implementación de los Servicios en el Puesto de Salud Agocas, distrito de Marcabal - Sánchez Carrión - La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 053-2018/MINSA Lima, 29 de enero del 2018 Visto, el Expediente Nº 17-102320-001, que contienen la Carta Nº 1152-2017-ACFSACH de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama; el Informe Nº 961-2017-OGPPM-OPMI/MINSA, emitido por
Determinan al Gobierno Regional de La Libertad como entidad beneficiaria de la transferencia de bienes y activos del proyecto Instalación e Implementación de los Servicios en el Puesto de Salud Agocas, distrito de Marcabal - Sánchez Carrión - La Libertad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 053-2018/MINSA
Lima, 29 de enero del 2018
Visto, el Expediente Nº 17-102320-001, que contienen la Carta Nº 1152-2017-ACFSACH de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama; el Informe Nº 961-2017-OGPPM-OPMI/MINSA, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
y, el Memorando Nº 3242-2017-OGA/MINSA, emitido por la Oficina General de Administración; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes
de los procesos de promoción de la inversión privada destinados a la ejecución de programas de carácter social, consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en beneficio de la población ubicada en la zona de infl uencia del proyecto promovido;

Que, el referido Decreto Legislativo dispone en su artículo 4, que Proinversión incorpora los recursos de los programas de carácter social provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada, en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, y los transfiere a un "Fondo Social" constituido por una persona jurídica sin fines de lucro;

Que, al amparo de lo establecido en el citado Decreto Legislativo Nº 996, el 5 de junio de 2009 se suscribió el Convenio de Transferencia de Recursos y Otros entre la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promoción de la inversión privada;
y el Estado Peruano, debidamente representado por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada -
Proinversión;

Que, los literales a) y b) del numeral 1 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establecen como primera prioridad del destino de los recursos del Fondo el desarrollo de capacidades humanas y provisión de servicios básicos que contribuyan a reducir los niveles de desnutrición en la población infantil, elevar los estándares de calidad de la educación y la salud, aumentar la provisión de servicios de saneamiento, entre otros, mediante la implementación de obras de infraestructura básica en educación, salud, energía eléctrica, agua y saneamiento; y, equipamiento, mantenimiento, reparación y rehabilitación de centros de salud y educativos;

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 996, concordante con el artículo 22 de su Reglamento, establece que concluida la ejecución del respectivo proyecto de carácter social, se procederá a su transferencia en favor de las entidades beneficiarias públicas y privadas sin fines de lucro. Indica asimismo que, en tales casos, dichas entidades serán determinadas mediante Resolución Ministerial del sector al que la persona jurídica mencionada haya identificado que le corresponda dicha transferencia;

Que, el numeral 22.1 del artículo 22 del mencionado Reglamento, establece que para efecto de lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 996, son entidades beneficiarias públicas y privadas sin fines de lucro, los ministerios, gobiernos regionales y locales, centros poblados, comunidades campesinas, nativas, educativas y de salud, organizaciones sociales y organizaciones de carácter religioso que cumplen labores de apoyo social;

Que, la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, mediante Carta Nº 1152-2017-ACFSACH, informa que el Proyecto INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE
LOS SERVICIOS EN EL PUESTO DE SALUD AGOCAS,
DISTRITO DE MARCABAL - SÁNCHEZ CARRIÓN - LA
LIBERTAD a la fecha se encuentra culminado y liquidado, indicando que resulta necesario que dicho proyecto sea transferido a favor del Gobierno Regional de La Libertad, en tal sentido solicita se emita la Resolución Ministerial que determine la entidad beneficiaria de dicha transferencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 996;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 008-2011-GR-LL/CR y modificatorias, la Gerencia Regional de Salud es el órgano encargado de planificar, organizar, dirigir y controlar las acciones en materia de salud en la región;

Que, mediante Informe Nº 961-2017-OGPPM-OPMI/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización ha opinado favorablemente sobre el pedido de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama;

Que, asimismo, a través del Memorando Nº 3242-2017-OGA/MINSA, la Oficina General de Administración emitió opinión favorable respecto de la solicitud formulada por la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama;

Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Administración, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 996, Decreto Legislativo que aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la ejecución de programas sociales; el Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Entidad Beneficiaria Determinar al Gobierno Regional de La Libertad, a través de su Gerencia Regional de Salud, como la entidad beneficiaria de la transferencia por parte de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, de los bienes y activos del proyecto que se señala a continuación:

Nº NOMBRE DEL PROYECTO SNIP
1
INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN EL PUESTO
DE SALUD AGOCAS, DISTRITO DE MARCABAL - SÁNCHEZ CARRIÓN
- LA LIBERTAD
246970
Artículo 2.- Del Registro Contable El valor de la transferencia será establecido conforme a los registros contables de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, el cual incluirá todos los costos y gastos atribuibles al proyecto. La referida transferencia de bienes se efectuará a título gratuito.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS
Ministro de Salud

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