1/14/2018
RESOLUCIÓN N° 0957-2017/SBN-DGPE-SDAPE
RESOLUCIÓN Nº 0957-2017/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 21 de diciembre de 2017 Visto el Expediente Nº 574-2016/SBN-SDAPE que sustenta la Resolución Nº 0588-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 30 de junio de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargada de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración
RESOLUCIÓN Nº 0957-2017/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 21 de diciembre de 2017
Visto el Expediente Nº 574-2016/SBN-SDAPE que sustenta la Resolución Nº 0588-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 30 de junio de 2016; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargada de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;
Que, de conformidad con los dispuesto por el artículo 43º y los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, publicado el 22 de diciembre de 2010, la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal es el órgano competente en primera instancia de sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de esta Superintendencia;
Que, en mérito a la información proporcionada por la Zona Registral Nº I - Sede Piura, se expidió la Resolución Nº 0588-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 30 de junio de 2016 (folio 16), que dispuso la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de dominio público hidráulico de 37 216,51 m², ubicado a 1,9 kilómetros Sur aproximadamente de la desembocadura del río Puente El Piojo, distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes;
Que, ingresada la rogatoria a la Oficina Registral de Tumbes, para la inscripción registral del terreno de dominio público hidráulico citado en el considerando anterior, se generó el Título Nº 2016-01499676 (folio 18) que luego de su calificación fue observada sobre la base del Informe Técnico Nº 959-2016-ORT-SCR-ZR-NºI-UREG/SUNARP de fecha 28 de setiembre de 2016, señalándose que existe superposición parcial con los predios inscritos en las Partidas Nº 04002726-ORT sobre un área de 3 915,89
m²; y, 02005191-ORT sobre un área de 138,92 m²;
Que, de acuerdo a la evaluación de la información remitida por la Oficina Registral de Tumbes se determinó que existe superposición con el área materia de incorporación, por lo que se replanteó el área a 36 322,78
m², efectuándose la consulta a la Oficina Registral citada, mediante Oficio Nº 5461-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 04 de agosto de 2017 (folio 23), recibiéndose de la Zona Registral Nº I - Sede Piura, el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 01 de setiembre de 2017, sobre la base del Informe Técnico Nº 883-2017-ORT-SCR-ZR. Nº I-UREG/SUNARP (folio 30 al 34) señalándose que el área de 36 322,78 m² se encuentra en un área sin antecedente registral;
Que, conforme a la respuesta de la Oficina Registral de Tumbes y, al Plano Diagnóstico Nº 4974-2017/SBN-DGPE-SDAPE (folio 35), corresponde modificar de oficio, la Resolución Nº 0588-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 30 de junio de 2016, en el sentido que el área final sobre la cual se dispondrá la primera inscripción de dominio es de 36 322,78 m² ubicado a 1,9 kilómetros Sur aproximadamente de la desembocadura del río Puente El Piojo, distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes;
Que, el inciso p) del Artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº1542-2017/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 13 de diciembre de 2017 (folio 43);
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar la parte expositiva, segundo y octavo considerandos y artículo 1º de la Resolución Nº 0588-2016/SBN-DGPE-SDAPE, en los términos siguientes:
"Visto el Expediente Nº 574-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 36
322,78 m² ubicado a 1,9 kilómetros Sur aproximadamente de la desembocadura del río Puente El Piojo, distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes; y,"
"Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 36 322,78 m² ubicado a 1,9 kilómetros Sur aproximadamente de la desembocadura del río Puente El Piojo, distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes, que se encontraría libre de inscripción registral;"
"Que, la inscripción de los bienes del Estado de dominio público y dominio privado se efectúa en el Registro de Predios a favor del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de dominio público hidráulico de 36 322,78 m², de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;"
"Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de dominio público hidráulico de 36 322,78 m² ubicado a 1,9 kilómetros Sur aproximadamente de la desembocadura del río Puente El Piojo, distrito de Corrales, provincia y departamento de Tumbes, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución."
Regístrese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
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