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RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 299-2017-SERNANP Aprueban prioridades de investigación identificadas por

Aprueban prioridades de investigación identificadas por cuarenta y cinco Áreas Naturales Protegidas del SINANPE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 299-2017-SERNANP Lima, 29 de diciembre de 2017 VISTO: El Informe Nº 771-2017-SERNANP-DDE de la Dirección de Desarrollo Estratégico, a través del cual se identificaron aquellas investigaciones prioritarias de las Áreas Naturales Protegidas. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los incisos g) e i) del artículo 2º de la Ley Nº 26834 - Ley de Áreas
Aprueban prioridades de investigación identificadas por cuarenta y cinco Áreas Naturales Protegidas del SINANPE
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 299-2017-SERNANP
Lima, 29 de diciembre de 2017
VISTO:

El Informe Nº 771-2017-SERNANP-DDE de la Dirección de Desarrollo Estratégico, a través del cual se identificaron aquellas investigaciones prioritarias de las Áreas Naturales Protegidas.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con los incisos g) e i) del artículo 2º de la Ley Nº 26834 - Ley de Áreas Naturales Protegidas, la protección de las mismas tiene como objetivos: servir de sustento, proporcionar medios y oportunidades para el desarrollo de la investigación científica;

Que, el Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-MINAM, señala que la investigación científica es considerada como uno de los objetivos de creación de las Áreas Naturales Protegidas y como una actividad inherente al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE y su gestión;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2015-MINAM, publicado el 23 de setiembre del 2015, se declara de interés nacional el desarrollo de investigaciones al interior de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional, determinándose su gratuidad, así como los procedimientos de aprobación automática y evaluación previa para su otorgamiento;

Que, a través de la Resolución Presidencial Nº 287-2015-SERNANP del 23 de diciembre del 2015, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de investigación, señalando que las investigaciones prioritarias son aquellas de cuyo desarrollo depende el cumplimiento de objetivos de gestión del SINANPE en su conjunto y para las Áreas Naturales Protegidas de manera individual;

Que, la precitada Resolución Presidencial establece como responsabilidad de la Dirección de Desarrollo Estratégico: identificar las prioridades de identificación a nivel sistema de áreas protegidas, mientras que la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas da seguimiento a la implementación, por parte de las jefaturas de las Áreas Naturales Protegidas, de las
investigaciones prioritarias identificadas, así como los mecanismos de promoción;

Que, la Resolución Presidencial Nº 079-2016-SERNANP del 06 de abril del 2016, aprueba el Plan de Acción para la promoción de investigaciones en el SINANPE, cuyo fin es incentivar y promover el desarrollo de investigaciones al interior de las áreas naturales protegidas, que efectivice la gestión del SINANPE y por ende contribuya al desarrollo sostenible del país, cuyos resultados coadyuvarán a mejorar la eficacia de la gestión de las mismas a fin de asegurar la conservación de la diversidad biológica y los demás valores asociados;

Que, de acuerdo al informe del visto, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar las prioridades de investigación identificadas por cuarenta y cinco (45)
Áreas Naturales Protegidas del SINANPE;

Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Secretaría General, y;

De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal b) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar las prioridades de investigación identificadas por cuarenta y cinco (45) Áreas Naturales Protegidas del SINANPE, detalladas en el Anexo 1, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Las Jefaturas de las Áreas Naturales Protegidas deberán implementar los mecanismos para la realización de las investigaciones prioritarias aprobadas, debiendo reportar anualmente el desarrollo de las mismas a la Dirección de Desarrollo Estratégico.

Artículo 3º.- La Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas deberá hacer seguimiento a la implementación, por parte de las jefaturas de las Áreas Naturales Protegidas, de las investigaciones identificadas como prioritarias, así como de los mecanismos de promoción, debiendo asegurar que las jefaturas planifiquen en su Plan Operativo Anual el desarrollo de dichas investigaciones de acuerdo a los planificado en su Plan Maestro, programándose de acuerdo a la disponibilidad financiera.

Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución Presidencial en el Diario Oficial El Peruano y su Anexo en el Portal Institucional del SERNANP: www.sernanp.gob. pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA
Jefe Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado

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