1/20/2018

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 014-2018-DE/EP Dejan sin efecto la R.S. N° 193-2017 DE/EP en el extremo

Dejan sin efecto la R.S. Nº 193-2017 DE/EP en el extremo referido a las asignaciones de oficiales, como agregados Militar y de Defensa en las Embajadas de Perú en Brasil y la República Popular de China RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2018-DE/EP Lima, 19 de enero de 2018 VISTOS: La Resolución Suprema Nº 193-2017DE/EP; Oficio Nº 013-2018-MINDEF/VPD del Viceministerio de Políticas para la Defensa; el Oficio Nº 007-2018-VPD/B/b de la Dirección General de Relaciones Internacionales; el Informe Técnico
Dejan sin efecto la R.S. Nº 193-2017 DE/EP en el extremo referido a las asignaciones de oficiales, como agregados Militar y de Defensa en las Embajadas de Perú en Brasil y la República Popular de China
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2018-DE/EP
Lima, 19 de enero de 2018
VISTOS:

La Resolución Suprema Nº 193-2017DE/EP; Oficio Nº 013-2018-MINDEF/VPD del Viceministerio de Políticas para la Defensa; el Oficio Nº 007-2018-VPD/B/b de la Dirección General de Relaciones Internacionales; el Informe Técnico Nº 019-2018-MINDEF/VPD/01.d de la Dirección General de Relaciones Internacional; y, el Informe Legal Nº 20-2018-MINDEF/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas establece que solo el Oficial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su institución;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG se aprobó el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, cuyo artículo 8 establece las etapas del procedimiento de selección para establecer las vacantes, las propuestas de cargos y finalmente el personal seleccionado;

Que, al respecto, el literal c) del citado artículo 8
señala que una vez publicados los cargos a desempeñar en cada Institución Armada se conformará una Junta presidida por el Comandante General e integrada por el Jefe de Estado Mayor, Director / Comandante de Personal y dos Oficiales Generales o Almirantes designados de acuerdo a las características de los cargos a ser cubiertos, que evaluará al personal militar a ser propuesto presentándole al Comandante General sus recomendaciones;

Que, asimismo, el literal d) del mismo artículo 8
establece que los Comandantes Generales presentarán al Ministro de Defensa una Terna de 3 Oficiales o Técnicos para cada cargo, en base a las recomendaciones de la citada Junta;

Que, el mismo artículo en el literal e) señala que recibidas las propuestas de los Comandantes Generales de las tres Instituciones Armadas, se instala una Comisión quien evalúa y presenta al Ministro de Defensa las designaciones correspondientes para su aprobación;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 193-2017DE/ EP publicada el 28 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial El Peruano, se resolvió nombrar en diversos empleos a Oficiales Generales del Ejército del Perú;

Que, mediante Oficio Nº 007-2018-VPD/B/b, el Director General de Relaciones Internacionales, adjunta el Informe Técnico Nº 019-2018-MINDEF/VPD/01.d en el cual advierte, en el ámbito de sus competencias, que el Ejército del Perú no presentó ante la Comisión las propuestas de los Oficiales General de Brigada de Infantería Herbert Dávila Ramírez, como agregado Militar a la Embajada de Perú en Brasil y al General de Brigada de Artillería Javier Eduardo Cam Albújar, como agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República Popular de China, por lo que la Resolución Suprema Nº 193-2017 DE/EP adolece de un defecto de procedimiento en las asignaciones señaladas;

Que, al respecto, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece en su artículo 10 que son vicios del acto administrativo la contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias;

Que, en tal sentido, habiéndose advertido que con relación al nombramiento de los citados Oficiales Generales no se cumplió con los literales d) y e) del procedimiento normado en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG, corresponde dejar sin efecto en dicho extremo a la Resolución Suprema Nº 193-2017 DE/EP;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 028-2006DE/SG y el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS
que aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444
Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Suprema Nº 193-2017 DE/EP del 28 de diciembre
de 2017 en el extremo referido a las asignaciones de los Oficiales General de Brigada de Infantería Herbert Dávila Ramírez, como agregado Militar a la Embajada de Perú en Brasil y General de Brigada de Artillería Javier Eduardo Cam Albújar, como agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República Popular de China por las razones expuestas en la presente Resolución, quedando a salvo los demás extremos que contiene.

Artículo 2º.- La presente Resolución es refrendada por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
JORGE KISIC WAGNER
Ministro de Defensa

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