2/14/2018

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 025-2018-SUNAFIL Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 025-2018-SUNAFIL Lima, 12 de febrero de 2018 VISTOS: El Informe Nº 42-2018-SUNAFIL/OGA-ORH, de fecha 29 de enero de 2018, de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 14-2018-SUNAFIL/SG-OGPP, de fecha 01 de febrero de 2018, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 052-2018-SUNAFIL/SG-OGAJ,
Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 025-2018-SUNAFIL
Lima, 12 de febrero de 2018
VISTOS:

El Informe Nº 42-2018-SUNAFIL/OGA-ORH, de fecha 29 de enero de 2018, de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 14-2018-SUNAFIL/SG-OGPP, de fecha 01 de febrero de 2018, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 052-2018-SUNAFIL/SG-OGAJ, de fecha 05 de febrero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, documento de gestión que contiene la estructura orgánica y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas de la entidad, cuyo artículo 10 establece que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva y Titular del Pliego Presupuestal;

Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;

Que, el acápite 1.3 del numeral 1 del Anexo 4 de la mencionada Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que en caso la entidad cuente con un CAP
Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 del mencionado Anexo; asimismo, dispone que en ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto;

Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la acotada Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del citado Anexo;

Que, asimismo, el segundo párrafo del numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, con el visto bueno de la Oficina de Racionalización, o quien haga sus veces;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 120-2017-TR, de fecha 05 de julio de 2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SUNAFIL, siendo que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 168-2017-SUNAFIL, de fecha 25 de agosto de 2017, y Resolución de Superintendencia Nº 216-2017-SUNAFIL, de fecha 31 de octubre de 2017, se aprobó el reordenamiento de cargos del CAP Provisional Institucional;

Que, con el documento de vistos, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, propone el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SUNAFIL, con la finalidad de adecuar este documento de gestión a las acciones orientadas al fortalecimiento del Sistema de Inspección del Trabajo de la SUNAFIL; así como para la modificación de la clasificación del cargo de "Asesor II" de la Secretaría General de "SP-DS" a "EC", y el cambio de denominación de "EC" a "SP-DS" del cargo de "Sub Intendente de Actuación Inspectiva" de la Intendencia Regional de Cajamarca;

Que, mediante el Informe Nº 14-2018-SUNAFIL/ SG-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que el reordenamiento propuesto contempla la variación del número de orden, cargo estructural, código, clasificación y situación de cargos estructurales pertenecientes a la función inspectiva (Supervisores Inspectores, Inspectores del Trabajo e Inspectores Auxiliares), sin incrementar el número total de cargos o puestos en este extremo; además, considera adecuada la modificación de la clasificación del cargo de "Asesor II" de la Secretaría General de "SP-DS" a "EC" y el cambio de denominación de "EC"
a "SP-DS" del cargo de "Sub Intendente de Actuación Inspectiva" de la Intendencia Regional de Cajamarca, acciones que cumplen con los lineamientos previstos en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 057-2016-SERVIR-PE;

Que, en tal sentido, corresponde emitir la presente resolución aprobando el reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 120-2017-TR, de fecha 05 de julio de 2017;

Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR; la Ley Nº 30057; Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 120-2017-TR, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración adopte las acciones de personal necesarias a fin de implementar lo dispuesto por la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación de la resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SYLVIA ELIZABETH CÁCERES PIZARRO
Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral

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