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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0091-2018-MINAGRI Ratifican la delegación de facultades del Presidente

Ratifican la delegación de facultades del Presidente del Consejo Nacional de Productos Orgánicos - CONAPO y las designaciones de los representantes del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0091-2018-MINAGRI Lima, 23 de febrero de 2018 VISTA: La Nota Interna Nº 019-2018-MINAGRI-SG, de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre la modificación de las Resoluciones Ministeriales Nros. 0630-2014-MINAGRI y 0025-2016-MINAGRI; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29196,
Ratifican la delegación de facultades del Presidente del Consejo Nacional de Productos Orgánicos - CONAPO y las designaciones de los representantes del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0091-2018-MINAGRI
Lima, 23 de febrero de 2018
VISTA:

La Nota Interna Nº 019-2018-MINAGRI-SG, de la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre la modificación de las Resoluciones Ministeriales Nros. 0630-2014-MINAGRI y 0025-2016-MINAGRI; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica, se creó el Consejo Nacional de Productos Orgánicos-CONAPO, adscrito al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, como ente asesor y consultivo en materia de
producción orgánica, disponiéndose en su artículo 6 que dicho Consejo es presidido por el Ministro de Agricultura y Riego;

Que, por razones propias del Despacho, el Ministro puede delegar las facultades del Presidente del CONAPO
en un funcionario del Ministerio, por tratarse de facultades y atribuciones que no son privativas a su función, como acontece en el presente caso, atendiendo a lo establecido en el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, concordante con el último párrafo del artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por el artículo 6 de la Ley Nº 30048;

Que, por Decreto Supremo Nº 010-2012-AG, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica, el cual en su artículo 7 señala que el CONAPO es presidido por el Ministro de Agricultura, ahora Ministro de Agricultura y Riego, e integrado entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura y Riego, y en los artículos 9 y 11 disponen que cada integrante del CONAPO designará un representante titular y un alterno, cuyo período de representación es de dos (02) años, y serán designados por el titular de la entidad;

Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0630-2014-MINAGRI, de fecha 17 de noviembre de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 del mismo mes y año, se resolvió "Delegar en el Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Ministerio de Agricultura y Riego, las facultades del Presidente del Consejo Nacional de Productos Orgánicos en el marco de lo establecido en la Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica (ACONAPO), y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2010-AG";

Que, mediante el artículo 4 de la mencionada Resolución Ministerial Nº 0630-2014-MINAGRI, se designó al Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria, como representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos-
CONAPO, creado por la Ley Nº 29196;

Que, asimismo, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0025-2016-MINAGRI, de fecha 3 de febrero de 2016, se designó al Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA, como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos - CONAPO;

Que, en consecuencia, corresponde ratificar la delegación en el Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, las facultades del Presidente del Consejo Nacional de Productos Orgánicos, dispuesto en el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0630-2014-MINAGRI, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica-CONAPO, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2012-AG;

Que, asimismo, se debe ratificar y dejar subsistente la designación del Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria, como representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos-CONAPO, creado por la Ley Nº 29196, dispuesto en el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 0630-2014-MINAGRI; así como también del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos-CONAPO, dispuesto por el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0025-2016-MINAGRI, de fecha 03 de febrero de 2016;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, modificado, entre otros, por el Decreto Supremo Nº 001-2017-MINAGRI y la Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ratificar la delegación dispuesta en el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0630-2014-MINAGRI, del Viceministro de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, como Presidente del Consejo Nacional de Productos Orgánicos-
CONAPO.

Artículo 2.- Ratificar la designación dispuesta en el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 0630-2014-MINAGRI, del Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria, como representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos-CONAPO.

Artículo 3.- Ratificar la designación dispuesta por el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0025-2016-MINAGRI, del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria-SENASA como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Nacional de Productos Orgánicos-CONAPO.

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución al funcionario delegado y a los funcionarios representantes ratificados, para conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ARISTA
Ministro de Agricultura y Riego

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