3/24/2018

DECRETO SUPREMO N° 006-2018-EM Aprueban Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de

Aprueban Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z - 64 DECRETO SUPREMO Nº 006-2018-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Estado Peruano promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio
Aprueban Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z - 64
DECRETO SUPREMO Nº 006-2018-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, es política del Estado Peruano promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia;

Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

Que, conforme lo establece el literal b) del artículo 6
concordado con el artículo 9 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, PERUPETRO S.A. se encuentra facultada a negociar, celebrar y supervisar, en su calidad de Contratante, los Contratos de Licencia, Contratos de Servicios y otras modalidades de contratación autorizadas por el Ministerio de Energía y Minas, para la realización de actividades de exploración y explotación de Hidrocarburos;

Que, el artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los Contratos podrán celebrarse, a criterio del Contratante, previa negociación directa o por convocatoria; y, que los Contratos se aprueban por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, en un plazo no mayor de sesenta (60) días de iniciado el trámite de aprobación ante el Ministerio de Energía y Minas por la Entidad Contratante;

Que, el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, señala que la extensión y delimitación del área inicial de Contrato se determina en cada Contrato en función al potencial hidrocarburífero, zona geográfica, programa de trabajo mínimo garantizado y área en que efectivamente se realizarán las actividades de exploración o explotación de Hidrocarburos o ambas actividades;

Que, PERUPETRO S.A., al amparo de las facultades señaladas, ha negociado con la empresa TULLOW
OIL PLC, un Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-64, ubicado en el zócalo continental frente a las costas de las provincias de Tumbes y Contralmirante Villar del departamento de Tumbes;

Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio Nº 119-2017, de fecha 20 de diciembre de 2017, aprobó el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-64, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y TULLOW PERU LIMITED
SUCURSAL DEL PERU; elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación;

Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 63
y 66 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demás normas aplicables, es procedente otorgar las garantías señaladas por estos dispositivos;

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM;

DECRETA:

Artículo 1.- Lote objeto del Contrato Apruébase la conformación, extensión, delimitación y nomenclatura del área inicial del Lote Z-64, ubicado en el zócalo continental frente a las costas de las provincias de Tumbes y Contralmirante Villar del departamento de Tumbes, adjudicándolo a PERUPETRO S.A. y declarándolo materia de suscripción de Contrato; el mapa y la memoria descriptiva de dicho Lote se incluyen como Anexo I y II, respectivamente, y forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Aprobación del Contrato Apruébase el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-64, que consta de una (01) Cláusula Preliminar, veintitrés (23) Cláusulas y nueve (9) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A.
y TULLOW PERU LIMITED SUCURSAL DEL PERU, con intervención del Banco Central de Reserva del Perú, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los artículos 63 y 66 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM.

Artículo 3.- Autorización para suscribir el Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con TULLOW PERU LIMITED SUCURSAL DEL PERU, el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-64, que se aprueba en el artículo 2 del presente Decreto Supremo.

Artículo 4.- Vigencia y refrendo El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Energía y Minas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil dieciocho.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
CLAUDIA MARÍA COOPER FORT
Ministra de Economía y Finanzas
ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS
Ministra de Energía y Minas
ANEXO "I"
MAPA DEL LOTE Z-64
ANEXO "II"
MEMORIA DESCRIPTIVA DEL LOTE Z-64
UBICACIÓN
El Lote Z-64 se encuentra ubicado en el zócalo continental frente a las costas de las Provincias de Tumbes y Contralmirante Villar de la Región Tumbes y está delimitado tal como se muestra en el Anexo "B" (Mapa) conforme a la siguiente descripción:

PUNTO DE REFERENCIA
El Punto de Referencia o (PR) es la Estación Zorritos, ubicado en el Distrito de Zorritos, Provincia de Contralmirante Villar, Región Tumbes.

PUNTO DE PARTIDA
Desde el Punto de Referencia (PR) se mide 1,094.381
m hacia el Norte y luego 26,761.486 m hacia el Oeste hasta encontrar el Punto (9) que es el Punto de Partida (PP) del perímetro del Lote.

CONFORMACIÓN DEL LOTE
Desde el Punto (9) o (PP) se mide 4,999.956 m Oeste en línea recta con Azimut de 270º00'00" hasta llegar al Punto (8).

Desde el Punto (8) se mide 4,999.954 m Sur en línea recta con Azimut de 180º00'00" hasta llegar al Punto (17).

Desde el Punto (17) se mide 2,499.977m Oeste en línea recta con Azimut de 270º00'00" hasta llegar al Punto (16).

Desde el Punto (16) se mide 2,084.608 m Sur en línea recta con Azimut de 180º00'00" hasta llegar al Punto (23).

Desde el Punto (23) se mide 257.163 m Oeste en línea recta con Azimut de 270º00'00" hasta llegar al Punto (22).

Desde el Punto (22) se mide 15,306.734 m Sur en línea recta con Azimut de 180º00'00" hasta llegar al Punto (47).

Desde el Punto (47) se mide 3,785.458 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 237º59'44"132 hasta llegar al Punto (48).

Desde el Punto (48) se mide 1,583.806 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 229º29'22"606 hasta llegar al Punto (49).

Desde el Punto (49) se mide 1,503.041 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 219º35'27"505 hasta llegar al Punto (53).

Desde el Punto (53) se mide 2,324.372 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 220º17'10"065 hasta llegar al Punto (54).

Desde el Punto (54) se mide 1,105.205 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 224º06'07"981 hasta llegar al Punto (55).

Desde el Punto (55) se mide 2,136.219 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 209º23'14"807 hasta llegar al Punto (56).

Desde el Punto (56) se mide 607.986 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 199º49'51"456 hasta llegar al Punto (59).

Desde el Punto (59) se mide 524.452 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 199º49'50"906 hasta llegar al Punto (60).

Desde el Punto (60) se mide 2,147.014 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 204º27'53"309 hasta llegar al Punto (61).

Desde el Punto (61) se mide 1,519.182 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 198º45'19"066 hasta llegar al Punto (62).

Desde el Punto (62) se mide 1,236.078 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 205º41'26"232 hasta llegar al Punto (65).

Desde el Punto (65) se mide 4,269.673 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 214º24'17"320 hasta llegar al Punto (66).

Desde el Punto (66) se mide 770.402 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 246º05'57"083 hasta llegar al Punto (67).

Desde el Punto (67) se mide 2,182.904 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 241º27'22"336 hasta llegar al Punto (68).

Desde el Punto (68) se mide 1,473.512 m Sur Oeste en línea recta con Azimut de 235º45'23"669 hasta llegar al Punto (69).

Desde el Punto (69) se mide 28,207.224 m Norte en línea recta con Azimut de 360º00'00" hasta llegar al Punto (33).

Desde el Punto (33) se mide 2,499.973 m Este en línea recta con Azimut de 90º00'00" hasta llegar al Punto (35).

Desde el Punto (35) se mide 6,999.937 m Norte en línea recta con Azimut de 360º00'00" hasta llegar al Punto (24).

Desde el Punto (24) se mide 2,499.977 m Este en línea recta con Azimut de 90º00'00" hasta llegar al Punto (25).

Desde el Punto (25) se mide 2,999.973 m Norte en línea recta con Azimut de 360º00'00" hasta llegar al Punto (14).

Desde el Punto (14) se mide 4,999.954 m Este en línea recta con Azimut de 90º00'00" hasta llegar al Punto (15).

Desde el Punto (15) se mide 2,499.978 m Norte en línea recta con Azimut de 360º00'00" hasta llegar al Punto (10).

Desde el Punto (10) se mide 7,499.933 m Este en línea recta con Azimut de 90º00'00" hasta llegar al Punto (12).

Desde el Punto (12) se mide 4,999.954 m Norte en línea recta con Azimut de 360º00'00" hasta llegar al Punto (5).

Desde el Punto (5) se mide 2,499.979 m Este en línea recta con Azimut de 90º00'00" hasta llegar al Punto (6).

Desde el Punto (6) se mide 4,084.590 m Norte en línea recta con Azimut de 360º00'00" hasta llegar al Punto (1).

Desde el Punto (1) se mide 9,999.909 m Este en línea recta con Azimut de 90º00'00" hasta llegar al Punto (2).

Desde el Punto (2) se mide 2,499.977 m Sur en línea recta con Azimut de 180º00'00" hasta llegar al Punto (4).

Desde el Punto (4) se mide 4,999.955 m Oeste en línea recta con Azimut de 270º00'00" hasta llegar al Punto (3).

Desde el Punto (3) se mide 4,999.955 m Sur en línea recta con Azimut de 180º00'00" hasta llegar al Punto (9) o (PP) cerrando así el perímetro del Lote.

DEFINICIÓN DE LAS PARCELAS
Parcela 1 rodeada por los puntos de esquina 1,2,4,3,7
y 6
Parcela 2 rodeada por los puntos de esquina 5,6,7,9,8,13 y 12
Parcela 3 rodeada por los puntos de esquina 10,11,20,19 y 15
Parcela 4 rodeada por los puntos de esquina 11,12,13,17,16,21 y 20
Parcela 5 rodeada por los puntos de esquina 14,15,19
y 18
Parcela 6 rodeada por los puntos de esquina 24,25,27
y 26
Parcela 7 rodeada por los puntos de esquina 18,19,29,28,27 y 25
Parcela 8 rodeada por los puntos de esquina 19,20,31,30 y 29
Parcela 9 rodeada por los puntos de esquina 20,21,23,22,32 y 31
Parcela 10 rodeada por los puntos de esquina 26,27,28,37,36,34 y 35
Parcela 11 rodeada por los puntos de esquina 28,29,30,38 y 37
Parcela 12 rodeada por los puntos de esquina 30,31,32,39 y 38
Parcela 13 rodeada por los puntos de esquina 33,34,36,41 y 40
Parcela 14 rodeada por los puntos de esquina 36,37,43,42 y 41
Parcela 15 rodeada por los puntos de esquina 37,38,45,44 y 43
Parcela 16 rodeada por los puntos de esquina 38,39,46 y 45
Parcela 17 rodeada por los puntos de esquina 40,41,42,51 y 50
Parcela 18 rodeada por los puntos de esquina 42,43,44,52 y 51
Parcela 19 rodeada por los puntos de esquina 44,45,46,47,48,49,53 y 52
Parcela 20 rodeada por los puntos de esquina 50,51,58 y 57
Parcela 21 rodeada por los puntos de esquina 51,52,53,54,55,56,59 y 58
Parcela 22 rodeada por los puntos de esquina 57,58,64 y 63
Parcela 23 rodeada por los puntos de esquina 58,59,60,61,62,65 y 64
Parcela 24 rodeada por los puntos de esquina 63,64,65,66,67,68 y 69
RELACIÓN DE COORDENADAS DE LAS ESQUINAS DEL LOTE
COORDENADAS PLANAS
UTM
COORDENADAS
GEOGRÁFICAS
Punto Metros Este Metros Norte Latitud Sur Longitud Oeste Est. Zorritos (PR)
536,132.827 9'593,231.967 03º40'48"172 80º40'28"628
9 (PP) 509,371.341 9'594,326.348 03º40'12"729 80º54'56"197
8 504,371.385 9'594,326.348 03º40'12"740 80º57'38"287
17 504,371.385 9'589,326.394 03º42'55"583 80º57'38"280
16 501,871.408 9'589,326.394 03º42'55"586 80º58'59"329
23 501,871.408 9'587,241.786 03º44'03"479 80º58'59"328
22 501,614.245 9'587,241.786 03º44'03"480 80º59'07"665
47 501,614.245 9'571,935.052 03º52'22"003 80º59'07"657
48 498,404.149 9'569,928.818 03º53'27"344 81º00'51"748
49 497,200.000 9'568,900.000 03º54'00"850 81º01'30"795
53 496,242.108 9'567,741.736 03º54'38"572 81º02'01"858
54 494,739.157 9'565,968.647 03º55'36"317 81º02'50"598
55 493,970.000 9'565,175.000 03º56'02"164 81º03'15"542
56 492,921.730 9'563,313.667 03º57'02"783 81º03'49"540
59 492,715.473 9'562,741.736 03º57'21"409 81º03'56"230
60 492,537.556 9'562,248.385 03º57'37"477 81º04'02"001
61 491,648.404 9'560,294.139 03º58'41"121 81º04'30"841
62 491,159.946 9'558,855.625 03º59'27"971 81º04'46"687
65 490,624.092 9'557,741.736 04º00'04"247 81º05'04"068
66 488,211.572 9'554,218.974 04º01'58"969 81º06'22"323
67 487,507.233 9'553,906.842 04º02'09"132 81º06'45"167
68 485,589.656 9'552,863.784 04º02'43"094 81º07'47"364
69 484,371.571 9'552,034.624 04º03'10"092 81º08'26"874
33 484,371.571 9'580,241.848 03º47'51"419 81º08'26"720
35 486,871.544 9'580,241.848 03º47'51"431 81º07'05"664
24 486,871.544 9'587,241.785 03º44'03"451 81º07'05"633
25 489,371.521 9'587,241.785 03º44'03"461 81º05'44"582
14 489,371.521 9'590,241.758 03º42'25"755 81º05'44"572
15 494,371.475 9'590,241.758 03º42'25"769 81º03'02"475
10 494,371.475 9'592,741.736 03º41'04"347 81º03'02"470
12 501,871.408 9'592,741.736 03º41'04"352 80º58'59"331
5 501,871.408 9'597,741.690 03º38'21"508 80º58'59"334
6 504,371.387 9'597,741.690 03º38'21"506 80º57'38"292
1 504,371.387 9'601,826.280 03º36'08"475 80º57'38"298
2 514,371.296 9'601,826.280 03º36'08"445 80º52'14"142
4 514,371.296 9'599,326.303 03º37'29"866 80º52'14"130
3 509,371.341 9'599,326.303 03º37'29"885 80º54'56"212
RELACIÓN DE COORDENADAS DE LAS ESQUINAS DE LAS
PARCELAS
COORDENADAS PLANAS
UTM
COORDENADAS
GEOGRÁFICAS
Punto Metros Este Metros Norte Latitud Sur Longitud Oeste 1 504,371.387 9'601,826.280 03º36'08"475 80º57'38"298
2 514,371.296 9'601,826.280 03º36'08"445 80º52'14"142
3 509,371.341 9'599,326.303 03º37'29"885 80º54'56"212
4 514,371.296 9'599,326.303 03º37'29"866 80º52'14"130
5 501,871.408 9'597,741.690 03º38'21"508 80º58'59"334
6 504,371.387 9'597,741.690 03º38'21"506 80º57'38"292
7 509,371.341 9'597,741.690 03º38'21"495 80º54'56"207
8 504,371.385 9'594,326.348 03º40'12"740 80º57'38"287
9 509,371.341 9'594,326.348 03º40'12"729 80º54'56"197
10 494,371.475 9'592,741.736 03º41'04"347 81º03'02"470
11 499,371.475 9'592,741.736 03º41'04"352 81º00'20"376
12 501,871.408 9'592,741.736 03º41'04"352 80º58'59"331
13 504,371.385 9'592,741.736 03º41'04"349 80º57'38"285
14 489,371.521 9'590,241.758 03º42'25"755 81º05'44"572
15 494,371.475 9'590,241.758 03º42'25"769 81º03'02"475
COORDENADAS PLANAS
UTM
COORDENADAS
GEOGRÁFICAS
Punto Metros Este Metros Norte Latitud Sur Longitud Oeste 16 501,871.408 9'589,326.394 03º42'55"586 80º58'59"329
17 504,371.385 9'589,326.394 03º42'55"583 80º57'38"280
18 489,371.521 9'587,741.736 03º43'47"178 81º05'44"580
19 494,371.475 9'587,741.736 03º43'47"192 81º03'02"480
20 499,371.475 9'587,741.736 03º43'47"197 81º00'20"377
21 501,871.408 9'587,741.736 03º43'47"197 80º58'59"328
22 501,614.245 9'587,241.786 03º44'03"480 80º59'07"665
23 501,871.408 9'587,241.786 03º44'03"479 80º58'59"328
24 486,871.544 9'587,241.785 03º44'03"451 81º07'05"633
25 489,371.521 9'587,241.785 03º44'03"461 81º05'44"582
26 486,871.544 9'582,741.736 03º46'30"013 81º07'05"653
27 489,371.521 9'582,741.736 03º46'30"023 81º05'44"598
28 491,614.245 9'582,741.736 03º46'30"030 81º04'31"884
29 494,371.475 9'582,741.736 03º46'30"036 81º03'02"489
30 496,614.245 9'582,741.736 03º46'30"040 81º01'49"774
31 499,371.475 9'582,741.736 03º46'30"042 81º00'20"378
32 501,614.245 9'582,741.736 03º46'30"041 80º59'07"663
33 484,371.571 9'580,241.848 03º47'51"419 81º08'26"720
34 486,614.245 9'580,241.848 03º47'51"430 81º07'14"006
35 486,871.544 9'580,241.848 03º47'51"431 81º07'05"664
36 486,614.245 9'577,741.736 03º49'12"856 81º07'14"017
37 491,614.245 9'577,741.736 03º49'12"874 81º04'31"898
38 496,614.245 9'577,741.736 03º49'12"884 81º01'49"779
39 501,614.245 9'577,741.736 03º49'12"886 80º59'07"660
40 484,371.571 9'572,741.736 03º51'55"688 81º08'26"760
41 486,614.245 9'572,741.736 03º51'55"700 81º07'14"040
42 489,371.571 9'572,741.736 03º51'55"711 81º05'44"633
43 491,614.245 9'572,741.736 03º51'55"718 81º04'31"913
44 494,371.571 9'572,741.736 03º51'55"725 81º03'02"505
45 496,614.245 9'572,741.736 03º51'55"729 81º01'49"785
46 501,614.245 9'572,741.736 03º51'55"730 80º59'07"657
47 501,614.245 9'571,935.052 03º52'22"003 80º59'07"657
48 498,404.149 9'569,928.818 03º53'27"344 81º00'51"748
49 497,200.000 9'568,900.000 03º54'00"850 81º01'30"795
50 484,371.571 9'567,741.736 03º54'38"532 81º08'26"787
51 489,371.571 9'567,741.736 03º54'38"555 81º05'44"651
52 494,371.571 9'567,741.736 03º54'38"569 81º03'02"515
53 496,242.108 9'567,741.736 03º54'38"572 81º02'01"858
54 494,739.157 9'565,968.647 03º55'36"317 81º02'50"598
55 493,970.000 9'565,175.000 03º56'02"164 81º03'15"542
56 492,921.730 9'563,313.667 03º57'02"783 81º03'49"540
57 484,371.571 9'562,741.736 03º57'21"375 81º08'26"814
58 489,371.571 9'562,741.736 03º57'21"399 81º05'44"670
59 492,715.473 9'562,741.736 03º57'21"409 81º03'56"230
60 492,537.556 9'562,248.385 03º57'37"477 81º04'02"001
61 491,648.404 9'560,294.139 03º58'41"121 81º04'30"841
62 491,159.946 9'558,855.625 03º59'27"971 81º04'46"687
63 484,371.571 9'557,741.736 04º00'04"219 81º08'26"842
64 489,371.571 9'557,741.736 04º00'04"242 81º05'44"688
65 490,624.092 9'557,741.736 04º00'04"247 81º05'04"068
66 488,211.572 9'554,218.974 04º01'58"969 81º06'22"323
67 487,507.233 9'553,906.842 04º02'09"132 81º06'45"167
68 485,589.656 9'552,863.784 04º02'43"094 81º07'47"364
69 484,371.571 9'552,034.624 04º03'10"092 81º08'26"874
EXTENSIÓN (Área por parcelas)
Parcela Área 1 3,292.254 ha 2 2,957.633 ha
Parcela Área 3 2,500.000 ha 4 2,103.794 ha 5 1,249.999 ha 6 1,125.002 ha 7 2,499.977 ha 8 2,500.000 ha 9 1,134.242 ha 10 2,435.678 ha 11 2,500.000 ha 12 2,500.000 ha 13 1,682.031 ha 14 2,500.000 ha 15 2,500.000 ha 16 2,500.000 ha 17 2,500.000 ha 18 2,500.000 ha 19 2,340.363 ha 20 2,500.000 ha 21 2,435.947 ha 22 2,500.000 ha 23 1,154.167 ha 24 2,164.104 ha Total 54,075.191 ha 11 Parcelas regulares de 2,5000.000 ha c/u =| 27,500.000 ha 13 Parcelas irregulares de áreas diversas = 26,575.191 ha Total 24 Parcelas = 54,075.191 ha Las Coordenadas, Distancias, Áreas y Azimuts mencionados en este anexo, se refieren al Sistema de Proyección Universal Transversal Mercator (U.T.M)
Esferoide Internacional, Zona 17 (Meridiano Central 81º00'00"), Datum Geodésico Mundial WGS 84.

En caso de discrepancias de las Coordenadas U.T.M.
con las Coordenadas Geográficas o con las Distancias, Áreas y Azimuts, las Coordenadas U.T.M. serán consideradas correctas.

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El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.