3/02/2018

RESOLUCION DE PRESIDENCIA N° 056-18-IPEN/PRES Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 056-18-IPEN/PRES Lima, 28 de Febrero de 2018 VISTOS: El Informe Nº 012-2018-PLPR/RACI de la Unidad de Racionalización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico No. 005-18-REHU de la Unidad de Recursos Humanos, y el Informe Legal Nº 002-2018-ASJU de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2005-EM, se
Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 056-18-IPEN/PRES
Lima, 28 de Febrero de 2018
VISTOS: El Informe Nº 012-2018-PLPR/RACI de la Unidad de Racionalización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico No. 005-18-REHU de la Unidad de Recursos Humanos, y el Informe Legal Nº 002-2018-ASJU de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2005-EM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear-IPEN, el cual establece y norma la estructura, la organización y las funciones del IPEN, y las relaciones con sus órganos desconcentrados;

Que, con Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;

Que, mediante la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se aprobó un nuevo régimen del Servicio Civil, con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía, así como para promover el desarrollo de las personas que lo integran;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, establece que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE;

Que, el inciso f) del numeral 4.3 de las Disposiciones Generales de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, en adelante la Directiva, establece que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del sector público al Régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057 y en tanto se reemplace el CAP y PAP por el CPE;

Que, con Resolución Ministerial Nº 542-2016-MEM/DM
se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN;

Que, sobre el Reordenamiento de cargos, el numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva, acota que:
"El reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes:
a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo"
y "cargo de confianza", y
b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del presente anexo.

El reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces. (...)".

Que, al respecto, la Unidad de Recursos Humanos con Informe Técnico Nº 005-2018-REHU propone la incorporación de diez (10) cargos estructurales nuevos, y concluye lo siguiente • Dicha propuesta se enmarca en las situaciones contempladas en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.3 y 1.5 del Anexo 4 de la citada Directiva.
• Asimismo que señala que la estructura contenida en dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de la estructura orgánica aprobada en el ROF/MOF y empleando el Clasificador de Cargos del Instituto Peruano de Energía Nuclear-IPEN.
• El presente proyecto de reordenamiento del CAP
provisional 2018 del Instituto Peruano de Energía Nuclear-IPEN respeta los límites porcentuales de cargos creados, toda vez que propone un total de diez (10).
• Se ha elaborado tomando en cuenta la información sobre cargos estructurales, clasificación, códigos y los límites porcentuales dispuestos en los dispositivos normativos vigentes y los documentos de gestión, asimismo no incide en un aumento del presupuesto de la entidad.
• En virtud a ello, considera pertinente aprobar la propuesta del Reordenamiento del CAP Provisional del Instituto Peruano de Energía Nuclear-IPEN 2018.

Que, mediante Informe Nº 012-2018-PLPR/RACI, la Oficina de Racionalización señala respecto a la propuesta del CAP Provisional lo siguiente:
• Contempla la creación de diez (10) cargos nuevos, cifra que se encuentra de los límites porcentuales permitidos por SERVIR, los cuales no inciden en un incremento de Presupuesto del Instituto Peruano de Energía Nuclear-IPEN, dado que se han eliminado cargos estructurales para cubrir nuevos cargos requeridos por las Unidades Orgánicas y por sentencias judiciales que disponen incorporación del personal demandante.
• El reordenamiento del CAP Provisional propuesto no ha incrementado la cantidad de cargos estructurales con respecto al CAP Provisional vigente, dado que se mantiene con 250 cargos, solo ha variado la condición de ocupado y previsto con una variación de 4, sin incidencia de incremento ni disminución presupuestal.
• El CAP Provisional del Instituto Peruano de Energía Nuclear-IPEN por reordenamiento, ha sido propuesto por la Unidad de Recursos Humanos, brindando información pertinente a la Unidad de Racionalización, en cumplimiento de la Directiva N 002-2015-SERVIR-PE
y sus modificatorias; por lo que, desde el punto de vista de la competencia de esta unidad, cuenta con opinión favorable.
• Finalmente recomienda que se efectúen las acciones legales pertinentes que conduzcan a la aprobación de la propuesta del CAP-P planteado por la Unidad de Recursos Humanos, previa verificación de los requisitos legales vigentes.

Que, con Informe Legal Nº 002-2018-ASJU la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que se encuentra legalmente conforme la aprobación del Reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal-CAP Provisional, teniendo en cuenta lo señalado por la Unidad de Racionalización de la Oficina Planeamiento y Presupuesto y por la Unidad de Recursos Humanos en el Informe Nº 012-2018-PLPR/RACI e Informe Técnico Nº 005-2018-REHU
respectivamente;

Que, en ese sentido, el expediente cuenta con los documentos que sustentan el acto administrativo;

De conformidad con los artículos 9 y 10 del Reglamento de Organización y Funciones del IPEN, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM;

Con los vistos del Director Ejecutivo; de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica; del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; de la Directora de la Oficina de Administración;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal - CAP
Provisional que como Anexo adjunto forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo señalado en el numeral 6 del Anexo Nº 04 - Sobre CAP Provisional de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE. El reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional, será publicado en el portal electrónico de la Entidad dentro de los tres (03) días calendarios siguientes a la fecha de publicación.

Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución en la página web institucional.

Regístrese y comuníquese
SUSANA PETRICK CASAGRANDE
Presidente

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