3/11/2018

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 077-2018/SUNAT Modifican sujetos obligados a presentar la

Modifican sujetos obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del Ejercicio Gravable 2017 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 077-2018/SUNAT Lima, 9 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que con la Resolución de Superintendencia Nº 011-2018/SUNAT y norma modificatoria se aprueban disposiciones y formularios para la declaración jurada anual del impuesto a la renta y del impuesto a las transacciones financieras del ejercicio gravable 2017; Que estando a lo dispuesto en el artículo
Modifican sujetos obligados a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta del Ejercicio Gravable 2017
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 077-2018/SUNAT
Lima, 9 de marzo de 2018
CONSIDERANDO:

Que con la Resolución de Superintendencia Nº 011-2018/SUNAT y norma modificatoria se aprueban disposiciones y formularios para la declaración jurada anual del impuesto a la renta y del impuesto a las transacciones financieras del ejercicio gravable 2017;

Que estando a lo dispuesto en el artículo 79 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, la SUNAT puede establecer o exceptuar de la obligación de presentar declaraciones juradas en los casos que estime conveniente a efecto de garantizar una mejor administración o recaudación del impuesto, así como permitir que los contribuyentes que perciben rentas de cuarta y/o quinta categorías presenten declaraciones juradas, aun cuando se les haya exceptuado de su presentación;

Que a fin de garantizar una mejor administración del impuesto a la renta, se estima conveniente modificar el universo de obligados a presentar la declaración jurada anual del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio gravable 2017;

Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general" aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario en la medida que esta tiene como objetivo ajustar el universo de obligados a presentar la referida declaración;

Al amparo del artículo 79 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta; el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modificatorias; el artículo 5 de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y normas modificatorias y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/ SUNAT y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificación del artículo 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 011-2018/SUNAT
Modifícase el inciso 3.1.3 del párrafo 3.1 del artículo 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 011-2018/ SUNAT y norma modificatoria, en los siguientes términos:
"Artículo 3.- Sujetos obligados a presentar la Declaración 3.1 Se encuentran obligados a presentar la Declaración por el ejercicio gravable 2017 los siguientes sujetos: (...)
3.1.3 Los que hubieran percibido exclusivamente rentas de quinta categoría que determinen un saldo a su favor en la casilla 141 del Formulario Virtual Nº 705 - Renta Anual 2017 - Persona Natural, por la deducción de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda distintos a los créditos MIVIVIENDA
y Techo Propio otorgados por entidades del sistema financiero."
Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA
Superintendente Nacional

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