Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 057-2018-INEI Autorizan ejecución de la "Encuesta Nacional Continua de
3/09/2018
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 057-2018-INEI Autorizan ejecución de la "Encuesta Nacional Continua de
Autorizan ejecución de la "Encuesta Nacional Continua de Victimización a Empresas, 2018" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 057-2018-INEI Lima, 28 de febrero de 2018 Visto el Oficio Nº 573-2018-INEI/DTDIS y el Informe Nº 022-2018-INEI/DTDIS-JP-RER de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales del Instituto Nacional de Estadística e Informática, solicitando se autorice la ejecución de la Encuesta Nacional Continua de Victimización a Empresas 2018. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 057-2018-INEI
Lima, 28 de febrero de 2018
Visto el Oficio Nº 573-2018-INEI/DTDIS y el Informe Nº 022-2018-INEI/DTDIS-JP-RER de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales del Instituto Nacional de Estadística e Informática, solicitando se autorice la ejecución de la Encuesta Nacional Continua de Victimización a Empresas 2018.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizados por los órganos del Sistema para la producción de las estadísticas oficiales del país;
Que, mediante documento del visto la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales del INEI, informa que ha previsto realizar en el presente año la "Encuesta Nacional Continua de Victimización a Empresas 2018" la que se llevará a cabo a nivel nacional a una muestra de empresas seleccionadas;
Que, mediante Informe Nº 022-2018-INEI/DTDIS-JP-RER de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales del Instituto Nacional de Estadística e Informática, solicita se autorice la ejecución de la Encuesta Nacional Continua de Victimización a Empresas 2018, que permitirá obtener información actualizada sobre la incidencia de hechos delictivos que enfrenta el sector empresarial, tasa de victimización de empresas, percepción del sector empresarial sobre la inseguridad, cuya cobertura comprende a los sectores: manufactura, minería, construcción, comercio, salud privada, educación privada, pesca, actividades financieras, inmobiliarias, de apoyo empresarial, actividades profesionales, técnicas, científicas, artíticas y de entretenimiento; actividades de alojamiento y de servicio de comidas, transportes y comunicaciones, servicios eléctricos y otros servicios;
Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, en coordinación con el Ministerio del Interior, han definido el marco conceptual y los indicadores pertinentes; así como,
el contenido del formulario a ser utilizado en la Encuesta, en consecuencia resulta necesario autorizar la ejecución de la Encuesta Nacional Continua de Victimización a Empresas 2018, así como establecer el período de su ejecución y aprobar el formulario respectivo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;
Con la opinión técnica de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la ejecución de la "Encuesta Nacional Continua de Victimización a Empresas, 2018", que se aplicará a nivel nacional a las empresas seleccionadas que realizan actividades relacionadas a la minería, manufactura, construcción, comercio y servicios (transportes y comunicaciones, servicios de comida, hospedaje, atención de salud privada, educación privada, servicios a empresas y otros).
Artículo 2.- Aprobar, el cuestionario de la "Encuesta Nacional Continua de Victimización a Empresas, 2018", dirigido a las personas naturales y jurídicas seleccionadas.
La información será recopilada mediante los siguientes instrumentos:
Las empresas que tienen Internet:
- Un aplicativo Web que estará disponible en la dirección https://webapp.inei.gob.pe/EnevicEmpresas utilizando una CLAVE DE ACCESO que le será proporcionada vía carta dirigida a cada empresa.
Las empresas que no tienen Internet:
- Un aplicativo del cuestionario instalado en el dispositivo móvil (TABLET) que será utilizado como instrumento de recojo de datos a las empresas seleccionadas, mediante entrevista directa por personal debidamente identificado del Instituto Nacional de Estadística e Informática. La información que solicitará la Encuesta corresponde a los últimos 12 meses.
Artículo 3.- Establecer como periodo de ejecución de la mencionada Encuesta, del 26 de febrero al 30 de setiembre del 2018.
Artículo 4.- Disponer que las empresas que incumplan con presentar la información solicitada dentro del plazo establecido; serán pasibles de ser sancionadas con multa respectiva, en aplicación de lo dispuesto por los Arts. 87, 89 y 91 del D.S. Nº 043-2001-PCM. Precisando que el pago de la multa no exime a las empresas de la obligación de presentar la información solicitada.
Regístrese y comuníquese.
FRANCISCO COSTA APONTE
Jefe (e)
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)