3/01/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2018-MIMP Aprueban el "Plan Operativo Informático 2018 del Pliego

Aprueban el "Plan Operativo Informático 2018 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 052-2018-MIMP Lima, 27 de febrero de 2018 Vistos, el Memorando Nº 059-2018-MIMP/OGA de la Oficina General de Administración, el Informe Técnico Nº 011-2018-MIMP/OGA.OTI/HEH de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina General de Administración, el Memorando Nº 120-2018-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº
Aprueban el "Plan Operativo Informático 2018 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 052-2018-MIMP
Lima, 27 de febrero de 2018
Vistos, el Memorando Nº 059-2018-MIMP/OGA de la Oficina General de Administración, el Informe Técnico Nº 011-2018-MIMP/OGA.OTI/HEH de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina General de Administración, el Memorando Nº 120-2018-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 025-2018-MIMP/OGPP-OP de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 047-2018-MIMP/OGPP-OPR de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que las Oficinas Sectoriales de Estadística e Informática están encargadas de la producción y del servicio estadístico e informático en su Sector, además de coordinar, planear y supervisar las actividades que realizan los demás órganos estadísticos e informáticos;

Que, por Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM, se aprobó como actividad permanente la "Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático - POI de las entidades de la Administración Pública" y su Guía de Elaboración, cuyo numeral 4.2, en su literal b), dispone que la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático en las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, así como en los Organismos Autónomos, es realizada por la máxima autoridad de la entidad;

Que, con Informe Técnico Nº 011-2018-MIMP/OGA.

OTI/HEH, la Oficina de Tecnologías de la Información, luego de haber consolidado información de índole técnico de las Unidades Ejecutoras 001: Administración Nivel Central, 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF y 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS, ha solicitado la aprobación del "Plan Operativo Informático 2018 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP";

Que, mediante Informe Nº 025-2018-MIMP/OGPP-OP , la Oficina de Planeamiento emitió opinión favorable al Plan Operativo Informático 2018 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, indicando que dicho Plan se encuentra vinculado con los Objetivos Estratégicos Institucionales de este Sector y el Plan Operativo Institucional 2018 de la Oficina de Tecnologías de la Información;

Que, a través del Informe Nº 047-2018-MIMP/ OGPP-OPR, la Oficina de Presupuesto, luego de haber verificado la existencia de la disponibilidad presupuestal en cada Unidad Ejecutora del MIMP, ha señalado que la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, la Unidad Ejecutora 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF y la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual cuentan con recursos presupuestales para el Plan Operativo Informático 2018, por lo que emite opinión favorable para la aprobación del Plan Operativo Informático 2018 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP;

Que, en ese contexto, resulta necesario aprobar el "Plan Operativo Informático 2018 del Pliego 039:

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP";

Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Tecnologías de la Información;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modificatorias; y, la Resolución Ministerial Nº 19 -2011-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el "Plan Operativo Informático 2018 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP", que como Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- La Oficina de T ecnologías de la Información es la responsable del seguimiento y evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas considerados en el "Plan Operativo Informático 2018 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP", debiendo
informar de ello a la Oficina General de Administración.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, en virtud de lo establecido en el literal b) del acápite V de la "Guía para elaborar la formulación y evaluación del Plan Operativo Informático de las entidades de la Administración Pública", aprobada por Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM.

Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA CHOQUEHUANCA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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