3/10/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 104-2018-PRODUCE Autorizan transferencias financieras del Programa

Autorizan transferencias financieras del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores Educación, Salud, Producción y Ambiente, para la ejecución de diversos proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2018-PRODUCE Lima, 9 de marzo de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 101-2018-PRODUCE/INNÓVATE PERU.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 375-2018-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General
Autorizan transferencias financieras del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores Educación, Salud, Producción y Ambiente, para la ejecución de diversos proyectos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2018-PRODUCE
Lima, 9 de marzo de 2018
VISTOS: El Oficio Nº 101-2018-PRODUCE/INNÓVATE
PERU.CE, del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando Nº 375-2018-PRODUCE/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Nº 116-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 617-2017-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 038: Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2018;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 157-2012-EF
se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 35 000 000,00 (TREINTA Y CINCO MILLONES
CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE;

Que, con Decreto Supremo Nº 003-2014-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, el artículo 5 de la norma citada, dispone la fusión bajo la modalidad de absorción a la Unidad Ejecutora 012 de la Presidencia del Consejo de Ministros con el mencionado Programa, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida;

Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente, establece que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP Nº 159771 y Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE, y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción;

Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza durante el año fiscal 2018, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación;
precisando que dichas transferencias financieras y las subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el Informe favorable previo de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces;

Que, la citada Disposición Complementaria Final, señala que el Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos; los que, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia u otorgamiento, según corresponda; y que mediante resolución de su titular, deberán establecerse los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del sector sobre los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas en el marco de lo señalado anteriormente;

Que, a través del Oficio Nº 101-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad remite a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 024-2018-PRODUCE/ INNÓVATEPERU/UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar las transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los sectores de Educación, Salud, Producción y Ambiente, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 419 161,66 (CUATROCIENTOS DIECINUEVE
MIL CIENTO SESENTA Y UNO Y 66/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados a cofinanciar los desembolsos: i) 01
"Proyecto de Investigación Básica" - IB; ii) 03
"Proyectos de Investigación Aplicada" - IA; y, iii) 03
"Proyectos de Reto Perú Resiliente Proyectos I+D+i"
- RPR I+D+i, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y lo previsto en la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, precisando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas transferencias financieras a favor de las referidas entidades públicas y que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios, debidamente suscritos;

Que, por Memorando Nº 375-2018-PRODUCE/ OGPPM, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe Nº 116-2018-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias financieras a favor de las entidades públicas vinculadas a los sectores Educación, Salud, Producción y Ambiente, hasta por la suma indicada en el considerando anterior, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a cofinanciar la ejecución de los proyectos detallados anteriormente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo Nº 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a favor de las entidades públicas vinculadas a los sectores Educación, Salud, Producción y Ambiente, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, hasta por la suma de S/ 419 161,66 (CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL
CIENTO SESENTA Y UNO Y 66/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinadas a cofinanciar la ejecución de los proyectos señalados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo Nº 2693/OC-PE y lo dispuesto en la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 2.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado para el Año Fiscal 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación en el uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza el otorgamiento de las referidas transferencias financieras, en el marco de lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo 5.- Acciones Administrativas La Oficina General de Administración o quien haga las veces en la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Pliego 038: Ministerio de la Producción, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; así como a la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo 7.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se publique en el
Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese
LIENEKE MARÍA SCHOL CALLE
Ministra de la Producción

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