3/02/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 271-2018-IN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2018-IN Lima, 1 de marzo de 2018 VISTOS; Oficio Nº 1036-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVAGR, de fecha 18 de junio de 2017, de la Jefatura de la División de Cooperación Internacional, Enlace y Agregadurías de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Programa "CECIPU" Nº 158, de fecha 7 de diciembre de 2017, de la Secretaría Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras "CECIPU",

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 271-2018-IN
Lima, 1 de marzo de 2018
VISTOS; Oficio Nº 1036-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVAGR, de fecha 18 de junio de 2017, de la Jefatura de la División de Cooperación Internacional,
Enlace y Agregadurías de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Programa "CECIPU" Nº 158, de fecha 7 de diciembre de 2017, de la Secretaría Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras "CECIPU", la Hoja de Estudio y Opinión Nº 61-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 8 de febrero de 2018, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Oficio Nº 61-2018-DIRASINT-PNP/DIVBEC-D.R., de fecha 14 de febrero de 2018, de la Jefatura de la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 000601-2018/IN/OGAJ, de fecha 21 de febrero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 1036-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVAGR, de fecha 18 de junio de 2017, la Jefatura de la División de Cooperación Internacional, Enlace y Agregadurías de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú remite a la División de Becas de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú el Informe Nº 029-2017-DIRGEN-PNP-DIRASINT/APPCH., de fecha 12 de junio de 2017, a través del cual se informa sobre las ofertas educativas ofrecidas por el Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras "CECIPU" para los Cursos de Formación, Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento que se dictarán en Planteles Educacionales y Reparticiones Especializadas de Carabineros de la República de Chile para el periodo académico del año 2018, entre ellos, se tiene previsto realizar el Curso de Criminalística Investigación Policial (O.S.9), el mismo que se llevará a cabo del 1 de marzo al 23 de diciembre de 2018, en la Escuela de Inteligencia, Drogas e Investigación Criminal de Carabineros de Chile, ubicada en la ciudad de Santiago - República de Chile;

Que, a través del Oficio Programa "CECIPU" Nº 158, de fecha 7 de diciembre de 2017, la Secretaría Ejecutiva del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras "CECIPU"
hace de conocimiento de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, que la Comisión Ejecutiva del Programa "CECIPU" ha seleccionado al Teniente de la Policía Nacional del Perú Jair Rolando Bautista Huarancca, a fin que participe en el Curso de Criminalística Investigación Policial (O.S.9), precisando que dicho curso se iniciará el 5 de marzo de 2018;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 61-2018-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 8 de febrero de 2018, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Jair Rolando Bautista Huarancca, para que participe en el curso antes citado, a realizarse en la ciudad de Santiago - República de Chile, del 4 de marzo al 24 de diciembre de 2018, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho curso tiene como objetivo comprender y aplicar las técnicas que se emplean en la investigación criminal, teniendo en cuenta los aspectos legales y procesales que involucran el Estado de derecho y realizar acciones tendientes a producir inteligencia criminal, en base a un proceso sistemático y científicamente estructurado;

Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de material de estudio, arriendo, alojamiento, alimentación, cobertura médica y dental primaria, seguro de vida y vestuario/equipo necesario para la instrucción, son asumidos por el Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras "CECIPU", conforme lo precisa el Informe Nº 029-2017-DIRGEN-PNP-DIRASINT/APPCH., de fecha 12 de junio de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 337-2018-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 22 de enero de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú;

Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios;

Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano";

Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Jair Rolando Bautista Huarancca, del 4 de marzo al 24 de diciembre de 2018, a la ciudad de Santiago - República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje
a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$ Personas Total US$
Pasajes aéreos 471.73 X 1 = 471.73
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ
Ministro del Interior

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