3/10/2018

RESOLUCIÓN SBS N° 00638-2018-SBS La información más útil la encuentras de lunes a domingo en tu

La información más útil la encuentras de lunes a domingo en tu diario oficial Incorporan el procedimiento Nº 175 "Autorización para contar con un Oficial de Conducta de Mercado a dedicación no exclusiva aplicable a las empresas del sistema financiero" en el TUPA de la SBS RESOLUCIÓN SBS Nº 00638-2018-SBS Lima, 20 de febrero de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Nº 00023-2018-DOC de fecha 20 de febrero de 2018, elaborado
La información más útil la encuentras de lunes a domingo en tu diario oficial Incorporan el procedimiento Nº 175 "Autorización para contar con un Oficial de Conducta de Mercado a dedicación no exclusiva aplicable a las empresas del sistema financiero" en el TUPA de la SBS
RESOLUCIÓN SBS Nº 00638-2018-SBS
Lima, 20 de febrero de 2018
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE
PENSIONES
VISTO:

El Informe Nº 00023-2018-DOC de fecha 20 de febrero de 2018, elaborado por el Departamento de Organización y Calidad de la Gerencia de Planeamiento y Organización, que contiene el sustento técnico para la aprobación de la incorporación del TUPA Nº 175
"Autorización para contar con un Oficial de Conducta de Mercado a dedicación no exclusiva aplicable a las empresas del sistema financiero";

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS Nº 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS);

Que, el artículo 7º del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero aprobado mediante Resolución SBS Nº 3274-2017 indica que las empresas comprendidas en el alcance del Reglamento deben contar con un oficial de conducta de mercado a dedicación exclusiva y que, de forma excepcional, las empresas podrán solicitar autorización previa a esta Superintendencia para que dichas funciones sean asumidas por un funcionario a dedicación no exclusiva, tomando en consideración la naturaleza, tamaño y complejidad de los productos y servicios ofrecidos por las empresas;

Que, el artículo segundo de la Resolución SBS
Nº 3274-2017 señala que mediante resolución se incorporará el procedimiento administrativo señalado en el considerando anterior en el TUPA de la SBS;

Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le confiere el artículo 346º de la Ley Nº 26702 y al artículo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modificaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA
institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 367º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera, y de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia de Planeamiento y Organización;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Incorporar el procedimiento Nº 175 "Autorización para contar con un Oficial de Conducta de Mercado a dedicación no exclusiva aplicable a las empresas del sistema financiero" en el TUPA de la Superintendencia, cuyo texto se anexa a la presente Resolución y se publica en el portal institucional (www. sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM.

Artículo Segundo.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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