3/02/2018

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 044-2018-JUS

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2018-JUS Lima, 1 de marzo de 2018 VISTO; el Informe Nº 237-2017/COE-TPC, del 29 de noviembre de 2017, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano HENRY OLIVER DIAZ HUARCAYA a la República Argentina, formulada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en agravio

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2018-JUS
Lima, 1 de marzo de 2018
VISTO; el Informe Nº 237-2017/COE-TPC, del 29 de noviembre de 2017, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano HENRY OLIVER
DIAZ HUARCAYA a la República Argentina, formulada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en agravio de Luis Fernando Gayoso Acha;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema, en cumplimiento de la ley y de los tratados;

Que, conforme al inciso 5 del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva del 25 de octubre de 2017, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano HENRY
OLIVER DIAZ HUARCAYA, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en agravio de Luis Fernando Gayoso Acha (Expediente Nº 164-2017);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso 1 del artículo 514 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, mediante Informe Nº 237-2017/COE-TPC, del 29 de noviembre de 2017, propone acceder a la solicitud de extradición activa del requerido;

De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina suscrito el 11 de junio de 2004 y vigente desde el 19 de julio de 2006;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano HENRY OLIVER DIAZ
HUARCAYA, formulada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia del Santa, y declarada procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - Robo agravado, en agravio de Luis Fernando Gayoso Acha y, disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Relaciones Exteriores

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