4/05/2018

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1086-2018-MP-FN Disponen que el distrito de Uchuraccay,

Disponen que el distrito de Uchuraccay, provincia de Huanta, se encuentra bajo la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental, sede Huamanga, y modifican anexo de la Res. Nº 2188-2016-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1086-2018-MP-FN Lima, 4 de abril de 2018 VISTO: Los Oficios Nº 162 y 384-2018-FS/CFEMA-FN, emitidos por la señora Fiscal Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, mediante los cuales solicita
Disponen que el distrito de Uchuraccay, provincia de Huanta, se encuentra bajo la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental, sede Huamanga, y modifican anexo de la Res. Nº 2188-2016-MP-FN
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1086-2018-MP-FN
Lima, 4 de abril de 2018
VISTO:

Los Oficios Nº 162 y 384-2018-FS/CFEMA-FN, emitidos por la señora Fiscal Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, mediante los cuales solicita se determine la fiscalía especializada en materia ambiental del distrito fiscal de Ayacucho que asumirá la competencia territorial del distrito de Uchuraccay de la provincia de Huanta, y;

El Informe Nº 202-2018-MP/FN/ETI/NCPP/ST, de fecha 3 de abril de 2018, a través del cual el Secretario Técnico del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, emite opinión respecto a lo solicitado en los oficios señalados;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2188-2016-MP-FN, de fecha 11 de mayo de 2016, se delimitó la competencia territorial de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Materia Ambiental - Sede Ayacucho, Ayna - San Francisco y Puquio, conforme se detalló en el anexo adjunto a la citada resolución. Sin embargo, se omitió la inclusión del distrito de Uchuraccay provincia de Huanta en la competencia territorial de las fiscalías especializadas del Distrito Fiscal de Ayacucho;

La situación antes descrita, motivó que la Secretaria Técnica del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, en atención a lo solicitado por la señora Fiscal Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, a través de los oficios de vistos Nº 162 y 384-2018-FS/CFEMA-FN, eleve una propuesta respecto a la competencia territorial del distrito de Uchuraccay;

En razón a lo expuesto, y con el propósito de mejorar el servicio fiscal, resulta pertinente disponer, en vía de regularización, que el distrito de Uchuraccay provincia de Huanta se encuentra bajo la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental sede Huamanga;

En consecuencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052- Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER, en vía de regularización, que el distrito de Uchuraccay, provincia de Huanta, se encuentra bajo la competencia territorial de la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental, sede Huamanga.

Artículo Segundo.- MODIFICAR el extremo correspondiente del anexo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2188-2016-MP-FN, de fecha 11 de mayo de 2016, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera:
"Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental- Sede Huamanga Departamento Provincia Distrito Ayacucho Huamanga Comprende todos los distritos Cangallo Comprende todos los distritos Vilcas Huamán Comprende todos los distritos Huancas Sancos Comprende todos los distritos Víctor Fajardo Comprende todos los distritos Huanta Huanta, Ayahuanco, Chaca, Huamanguilla, Iguain, Luricocha, Pucacolpa, Santillana y Uchuraccay.

Huancavelica Churcampa Churcampa, Anco, El Carmen, La Merced, Locroja, San Miguel de Mayoc, San Pedro de Coris Angares Chincho, Julcamarca y Santo Tomás de Pata "
Artículo Tercero.- DISPONER que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, conforme a sus atribuciones adopte las medidas correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto cualquier disposición normativa que contravenga la implementación de la presente resolución.

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental -sede Huamanga, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Secretaria Técnica del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación

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