4/20/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 158-2018-MINAM Modifican la R.M. N° 395-2017-MINAM mediante la cual se

Modifican la R.M. Nº 395-2017-MINAM mediante la cual se delegaron facultades y atribuciones a diversos funcionarios durante el Año Fiscal 2018 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2018-MINAM Lima, 18 de abril de 2018 Vistos; el Informe Nº 086-2018-MINAM/SG/OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 804-2018-MINAM/SG/OGA/OA de la Oficina de Abastecimiento; el Informe Nº 264-2018-MINAM/SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del
Modifican la R.M. Nº 395-2017-MINAM mediante la cual se delegaron facultades y atribuciones a diversos funcionarios durante el Año Fiscal 2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2018-MINAM
Lima, 18 de abril de 2018
Vistos; el Informe Nº 086-2018-MINAM/SG/OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 804-2018-MINAM/SG/OGA/OA de la Oficina de Abastecimiento; el Informe Nº 264-2018-MINAM/SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF y sus modificatorias, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contratación; estableciéndose en el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada Ley, que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la norma en mención;

Que, además, el citado artículo, establece que, no pueden ser objeto de delegación, la declaración de nulidad de oficio, la aprobación de las contrataciones directas, salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación, así como las modificaciones contractuales a las que se refiere el artículo 34-A de la presente Ley y los otros supuestos que establece el reglamento;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, el mismo que establece la estructura orgánica y funciones de los órganos y unidades orgánicas de la entidad;

Que, conforme al literal d) del artículo 39 del referido Reglamento de Organización y Funciones, la Oficina de Abastecimiento tiene entre sus funciones, aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección conforme a la normatividad de contrataciones del Estado, salvo lo correspondiente a la Subasta Inversa;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 395-2017-MINAM, la Ministra del Ambiente delega sus facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio, durante el Año Fiscal 2018;

Que, mediante Informe Nº 086-2018-MINAM/SG/OGA
e Informe Nº 804-2018-MINAM/SG/OGA/OA, el Director de la Oficina General de Administración y la Directora de la Oficina de Abastecimiento, respectivamente, señalan que con el propósito de lograr una mayor fl uidez en la marcha administrativa del Ministerio del Ambiente, es necesario modificar la Resolución Ministerial Nº 395-2017-MINAM, a fin que la Titular de la Entidad delegue en dicho órgano la facultad de aprobar expedientes de contratación para la realización del procedimiento de selección correspondiente a la Subasta Inversa, en atención que dicha facultad no tiene el carácter de indelegable, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30225;

Que, teniendo en cuenta los informes y normas citadas en los considerandos precedentes y con el propósito de lograr una mayor fl uidez en la marcha administrativa del Ministerio del Ambiente, es conveniente delegar las facultades que no sean privativas de la función de la Ministra del Ambiente; así como, las facultades y atribuciones administrativas que no sean propias de dicho cargo, durante el Año Fiscal 2018;

Que, en adición a ello, se señala que el artículo 77 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;

Con el visado de la Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM;

SE RESUELVE
Artículo 1.- Incorporar el literal u) al numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 395-2017-MINAM, conforme al siguiente texto:
"Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones al Director de la Oficina General de Administración.

Delegar en el Director de la Oficina General de Administración del Ministerio del Ambiente para el Año Fiscal 2018, las siguientes facultades y atribuciones: (...)
1.2. Facultades que se ejercen de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, para lo siguiente: (...)
u) Aprobar los expedientes de contratación para la realización del procedimiento de selección correspondiente a la Subasta Inversa conforme a la normatividad de contrataciones del Estado".

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente

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