5/16/2018

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 098-2018/SENAMHI Rectifican de oficio el error material

Rectifican de oficio el error material incurrido en el Anexo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 085-2018/ SENAMHI RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 098-2018/SENAMHI Lima, 14 de mayo de 2018 VISTO: El Informe Nº 065-2018/SENAMHI-ORH, de la Oficina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú, modificada por la Ley Nº 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología
Rectifican de oficio el error material incurrido en el Anexo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 085-2018/ SENAMHI
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 098-2018/SENAMHI
Lima, 14 de mayo de 2018
VISTO:

El Informe Nº 065-2018/SENAMHI-ORH, de la Oficina de Recursos Humanos; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú, modificada por la Ley Nº 27188, establece que el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI es un Organismo Público Descentralizado, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa y económica, dentro de los límites del ordenamiento legal del Sector Público;

Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se adscribe la referida entidad, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2016-MINAM, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta por órganos de administración interna, órganos de línea y órganos desconcentrados;

Que, el numeral 210.1 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, dispone que "Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión";

Que, el numeral 210.2 de la referida norma indica que "La rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original";

Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 085-2018/SENAMHI, se modificó el Clasificador de Cargos del SENAMHI;

Que, mediante el Informe del Visto, la Oficina de Recursos Humanos indica que, habiéndose efectuado el análisis del Anexo de la Resolución en mención, se ha verificado la omisión del requisito de ser "Egresado Universitario" en la formación de los cargos: Asistente Administrativo y Asistente Administrativo Contable I, II y
III;

Que, siendo que el error en que ha incurrido el Anexo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 085-2018/ SENAMHI constituye un error material que no altera lo sustancial de su contenido, corresponde su rectificación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444;

Con el visado de la Secretaria General, del Director de la Oficina de Recursos Humanos, del Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Rectificar de oficio el error material incurrido en el Anexo de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 085-2018/SENAMHI, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución, de acuerdo a lo indicado en los considerandos de la misma.

Artículo 2.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 085-2018/SENAMHI.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como de su Anexo en el Portal Institucional del SENAMHI (www. senamhi.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese
KEN TAKAHASHI GUEVARA
Presidente Ejecutivo Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI

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