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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 132-2018-PCM Autorizan Transferencia Financiera de la Autoridad para la

Autorizan Transferencia Financiera de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a favor del FONDES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 132-2018-PCM Lima, 22 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres, crea la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el Plan Integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción
Autorizan Transferencia Financiera de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios a favor del FONDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 132-2018-PCM
Lima, 22 de mayo de 2018
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres, crea la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el Plan Integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico, social y ambiental, como consecuencia de acciones que califiquen como nivel de emergencia 4 y 5 en las zonas de riesgo alto y muy alto de conformidad con la legislación sobre la materia, así como las intervenciones de alcance nacional en dichas zonas;

Que, el primer párrafo del numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30556, establece que "La totalidad de los recursos económicos que se requieran para la contratación de bienes, servicios, consultorías y obras que se ejecuten en el marco de la presente Ley son financiados con cargo al Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales".

Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2018;

Que, asimismo, la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018,
autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante resolución de su titular, durante el año fiscal 2018, a realizar transferencias financieras a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado por el artículo 4 de la Ley Nº 30458, para el financiamiento de las intervenciones a las que se refiere el primer párrafo del numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30556. La referida resolución ministerial se publica en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Oficio Nº 0297-2018-EF/50.06, la Directora General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas comunica a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios el importe total de los recursos que la Presidencia del Consejo de Ministros debe de transferir al Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en lo que corresponde al segundo trimestre de las intervenciones programadas en el Plan Integral de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, el cual asciende a S/ 2
475 756 524,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA
Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA
Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100
SOLES);

Que, mediante Oficio Nº 241-2018-RCC/DE, el Director Ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, solicita a la Presidencia del Consejo de Ministros, se tramite la aprobación de la transferencia financiera a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), correspondiente al segundo trimestre del año fiscal 2018 de las intervenciones programadas en el Plan Integral de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, por un monto de S/ 2 475 756 524,00 (DOS
MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS
VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES);

Con la visación de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres, crea la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; la Ley Nº 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios de la Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), hasta por la suma de S/ 2
475 756 524,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA
Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA
Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100
SOLES), conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, Actividad 5005970: Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales, en las fuentes de financiamiento: Recursos Ordinarios S/ 821 635 044,00 (OCHOCIENTOS VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS
TREINTA Y CINCO MIL CUARENTA Y CUATRO Y
00/100 SOLES) y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito S/ 1 654 121 480,00 (MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO VEINTIÚN
MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES).

Artículo 3.- Notificación Notificar la presente Resolución al Fondo para Intervención ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), así como al Director Ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.

Artículo 4.- Publicación Publíquese la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros

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