5/31/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 150-2018-TR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 150-2018-TR Lima, 30 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Nº 247-2018-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; los Informes Nºs. 0694 y 726-2018-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe Nº 221-2018-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 150-2018-TR
Lima, 30 de mayo de 2018
VISTOS: El Informe Nº 247-2018-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, de la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; los Informes Nºs. 0694 y 726-2018-TP/DE/UGPPME-CFPP, de la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe Nº 221-2018-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio Nº 604-2018-MTPE/3/24.1, del Director Ejecutivo del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; el Oficio Nº 244-2018-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 1340-2018-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2011-TR, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 004-2012-TR y 006-2017-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema y/o afectada parcial o íntegramente por una emergencia o desastre natural, de acuerdo a la información que proporcione el organismo rector competente;

Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 226-2012-TR, y modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 215, 234-2014-TR, 027-2017-TR, 003
y 051-2018-TR establece que dicho objetivo se cumple con el financiamiento de proyectos de infraestructura básica, social y económica, intensiva en mano de obra no calificada (MONC), presentados, entre otros, por los gobiernos locales, así como el financiamiento de actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no calificada (MONC) ante la ocurrencia de desastres naturales y los peligros inminentes declarados según la norma de la materia;

Que, asimismo, el artículo 7 del citado Manual establece como una de las modalidades de acceso al financiamiento de proyectos para la generación de empleo temporal que otorga el Programa, al Concurso de Proyectos, en virtud del cual el Programa asigna recursos financieros para un fondo concursable de proyectos que posteriormente son seleccionados por un Comité de Priorización. Las Bases de cada Concurso, entre otros, establecen el presupuesto, ámbito, condiciones, procedimientos y plazos correspondientes;

Que, el artículo 29 del referido Manual dispone que el proceso de ejecución de recursos y desembolsos se realizará en base al Presupuesto asignado al Programa, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores;

Que, el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza de manera excepcional, la realización de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo al Programa para la Generación de Empleo social Inclusivo "Trabaja Perú", estableciendo en el inciso 15.2 del citado artículo, que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, mediante Resolución Directoral Nº 014-2018-TP/DE, modificada por la Resolución Directoral Nº 058-2018-TP/DE, se aprueban las "Modalidades de Acceso al Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" y Distribución Presupuestal 2018";
asimismo, a través de la Resolución Directoral Nº 017-2018-TP/DE, y modificatorias, se aprueba el documento de gestión denominado "Bases para el Concurso de Proyectos Regulares 2018";

Que, a través de la Resolución Directoral Nº 066-2018-TP/DE, se aprueba el financiamiento correspondiente al Aporte Total de Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" de ciento dos (102) proyectos priorizados en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Departamentos Priorizados a favor de organismos públicos por el importe de S/ 19
608 619,00 (Diecinueve Millones Seiscientos Ocho Mil Seiscientos Diecinueve con 00/100 Soles);

Que, a través de documentos de vistos, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, informa la Certificación del Crédito Presupuestario Nº 0681-2018, por el importe de S/ 18 920 194,00 (Dieciocho Millones Novecientos Veinte Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Soles), en atención a lo solicitado por la Unidad Gerencial de Proyectos, para
financiar el Aporte Total de Programa de noventa y ocho (98) proyectos en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Departamentos Priorizados;

Que, posteriormente, la Coordinación Funcional de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos, determinó que ocho (08) proyectos priorizados debían ser excluidos de la relación de proyectos aprobados, según se detalla y sustenta en el Informe Nº 247-2018-TP/DE/UGPYTOS-CFATEP, por lo que solicita la emisión de la resolución ministerial que apruebe las transferencias financieras de noventa (90) convenios por un importe total de S/ 17 332
889,00 (Diecisiete Millones Trescientos Treinta y Dos Mil Ochocientos Ochenta y Nueve con 00/100 Soles), como Aporte Total de Programa para la ejecución de proyectos de inversión pública en los departamentos de Ancash (10), Apurímac (14), Arequipa (05), Ayacucho (07), Cusco (09), Huancavelica (19), Huánuco (11), Junín (03), Loreto (06) y Puno (06) en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Departamentos Priorizados;

Que, a través del Informe Nº 726-2018-TP/DE/ UGPPME-CFPP, la Coordinación Funcional de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, señala que existe disponibilidad presupuestaria para financiar los citados proyectos, en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Departamentos Priorizados, conforme a lo dispuesto en el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el inciso 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, para estos efectos remite adjunto la Certificación del Crédito Presupuestario Nº 0681-2018, ascendente a S/ 18 920 194,00 (Dieciocho Millones Novecientos Veinte Mil Ciento Noventa y Cuatro con 00/100 Soles);

Que, mediante los Informes Nº 221-2018-TP/DE/ UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa, considera procedente que se apruebe la transferencia financiera antes descrita;

Que, asimismo, mediante Oficio Nº 244-2018-MTPE/4/9, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico Nº 052-2018-MTPE/4/9.2 de la Oficina de Presupuesto y el Informe Técnico Nº 067-2018-MTPE/4/9.1, de la Oficina de Planeamiento e Inversiones, los cuales emiten opinión favorable y recomiendan continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 1340-2018-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; y, el numeral iv) del literal a) del inciso 15.1 y el inciso 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de noventa (90) convenios en el marco del Concurso de Proyectos Regulares 2018-Departamentos Priorizados por el importe total de S/ 17 332 889,00 (Diecisiete Millones Trescientos Treinta y Dos Mil Ochocientos Ochenta y Nueve con 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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