6/02/2018

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 130-2018-SUNARP/SN Precisan la

Precisan la Res. Nº 058-2018-SUNARP/ SN, respecto al segundo prenombre de Martillero Público al que se le ha impuesto sanción administrativa RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 130-2018-SUNARP/SN Lima, 1 de junio de 2018 VISTOS, la Resolución Nº 058-2018-SUNARP/SN del 10 de abril de 2018, el Oficio Nº 363-2018-SUNARP-Z.R.NºIX/UAJ-JEF del 25 de mayo de y el Informe Nº 399-2018-SUNARP/OGAJ del veintinueve de mayo de 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante
Precisan la Res. Nº 058-2018-SUNARP/ SN, respecto al segundo prenombre de Martillero Público al que se le ha impuesto sanción administrativa
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 130-2018-SUNARP/SN
Lima, 1 de junio de 2018
VISTOS, la Resolución Nº 058-2018-SUNARP/SN del 10 de abril de 2018, el Oficio Nº 363-2018-SUNARP-Z.R.NºIX/UAJ-JEF del 25 de mayo de y el Informe Nº 399-2018-SUNARP/OGAJ del veintinueve de mayo de 2018;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 058-2018-SUNARP/ SN, se resolvió: i) declarar improcedente el desistimiento de la denuncia formulada por el señor Piero Ytalo Sousa Donayre, en representación de doña Haydee Eusebia Donayre Levano de Sousa, contra el Martillero Público Alberto Ramos Wong; ii) declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por el Martillero Público Alberto Ramos Wong contra la Resolución Jefatural Nº 635-2017-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF de fecha 11 de diciembre de 2017; y, iii) remitir el expediente administrativo del procedimiento sancionador a la Zona Registral Nº IX - Sede Lima para que adopte las acciones correspondientes;

Que, mediante Oficio Nº 363-2018-SUNARP-Z.R.NºIX/UAJ-JEF, el Jefe de la Zona Registral Nº IX
- Sede Lima, señala que en la precitada Resolución Nº 058-2018-SUNARP/SN, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 12 de abril de 2018, se ha omitido señalar el segundo prenombre del Martillero Público Alberto Oscar Ramos Wong;

Que, de la revisión de los antecedentes administrativos, se advierte que a través del procedimiento sancionador instaurado por Resolución Nº 666-2016-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF del 26 de octubre de 2016 y resuelto en primera instancia por Resolución Jefatural Nº 635-2017-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF de fecha 11 de diciembre de 2017, se declaró que el Martillero Público Alberto Oscar Ramos Wong, incurrió en responsabilidad administrativa al haber incumplido las obligaciones previstas en los numerales 2) y 8) del artículo 16º de la Ley Nº 27728 Ley del Martillero Público; y, le impuso la sanción de suspensión en el ejercicio de sus funciones por un (01) año;

Que, teniendo en consideración lo señalado precedentemente, resulta necesario precisar la Resolución Nº 058-2018-SUNARP/SN, que resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Jefatural Nº 635-2017-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF, en el sentido que el segundo prenombre del Martillero Público al que se le ha impuesto la sanción administrativa de suspensión en el ejercicio de sus funciones por un (01) año, es: Alberto Oscar Ramos Wong;

Que, asimismo, debe señalarse que la omisión de consignar el segundo prenombre del señor Alberto Oscar Ramos Wong en la Resolución Nº 058-2018-SUNARP/ SN, no afecta el sentido de la decisión adoptada en segunda y última instancia, pues resulta evidente que se trata de la misma persona, ni su eficacia, ya que conforme se aprecia del cargo de la notificación personal, la misma fue debidamente diligenciada el 23 de abril de 2018, a horas 09:54, en presencia del administrado afectado por el citado acto resolutivo, quien se identificó con el Documento Nacional de Identidad Nº 08523492;

Que la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 399-2018-SUNARP/OGAJ, concluye que resulta procedente que se emita la resolución que precise la Resolución Nº 058-2018-SUNARP/SN en el sentido que el segundo prenombre del Martillero Público al que se le ha impuesto la sanción administrativa de suspensión en el ejercicio de sus funciones por un (01) año, es: Alberto Oscar Ramos Wong;

Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;

De conformidad al literal x) del Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP , aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Precisar la Resolución Nº 058-2018-SUNARP/SN de fecha 10 de abril de y publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 12 de abril de 2018, en el sentido que el segundo prenombre del Martillero Público al que se le ha impuesto la sanción administrativa de suspensión en el ejercicio de sus funciones por un (01) año, es: Alberto Oscar Ramos Wong.

Artículo 2.- Remitir la presente resolución a la Zona Registral Nº IX - Sede Lima para que notifique al señor Alberto Oscar Ramos Wong la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 -
Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL AUGUSTO MONTES BOZA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos

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