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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 201-2018-MEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor del Servicio
6/03/2018
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 201-2018-MEM/DM Autorizan transferencia financiera a favor del Servicio
Autorizan transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI) como aporte institucional para la implementación de estaciones hidrológicas referidos a la operación y mantenimiento de catorce estaciones hidrológicas automáticas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2018-MEM/DM Lima, 31 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe Nº 071-2018/MEM-OGP/PRE, del 07 de marzo de 2018, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 201-2018-MEM/DM
Lima, 31 de mayo de 2018
VISTOS: El Informe Nº 071-2018/MEM-OGP/PRE, del 07 de marzo de 2018, de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, el Informe Técnico Nº 07-2018-MEM-DGE-DEPE, del 08 de marzo de 2018, de la Dirección General de Electricidad, y el Informe Nº 468-2018/MEM-OGJ, del 11 de mayo de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el literal f) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autorizó al Ministerio de Energía y Minas a efectuar una transferencia financiera a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), como aporte institucional para la implementación de estaciones hidrométricas a fin de promover la inversión en centrales hidroeléctricas, hasta por la suma de S/ 550 000,00 (Quinientos cincuenta mil y 00/100 Soles);
Que, la citada disposición señala que las transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y las entidades públicas, empresas o gobiernos regionales, según corresponda;
Que, asimismo, se establece la obligación de las entidades que reciben las referidas transferencias de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y/o a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales fueron transferidos;
Que, con fecha 19 de abril de 2018, el Ministerio de Energía y Minas suscribió el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional con el SENAMHI que tiene por objeto establecer los mecanismos de coordinación y cooperación entre las partes para la implementación de las estaciones hidrológicas para la operación y mantenimiento de catorce (14) estaciones hidrológicas automáticas ubicadas en las cuencas de los ríos Marañón y Huallaga conforme al Anexo Nº 01 del citado convenio;
Que, en ese sentido, mediante el referido Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional con el SENAMHI, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a efectuar la transferencia de recursos presupuestales por S/ 550 000,00 (Quinientos cincuenta mil y 00/100 Soles) para la implementación de estaciones hidrológicas referidos a la operación y mantenimiento de catorce (14) estaciones hidrológicas automáticas ubicadas en las cuencas de los ríos Marañón y Huallaga;
Que, mediante Certificación de Crédito Presupuestario 2018-01409-001-MEM-OGP/PRES, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informó sobre la existencia de recursos presupuestales por el monto antes señalado, para los fines indicados en el referido convenio suscrito;
Que, en consecuencia es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas en favor del SENAMHI mediante la correspondiente resolución del titular del pliego, en mérito a lo dispuesto en el literal f) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;
De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF , y sus modificatorias; el T exto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2012-EF;
y la Resolución Ministerial Nº 184-2018-MEM/DM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI)
Autorizar la transferencia financiera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por un monto total ascendente a S/ 550 000,00 (Quinientos cincuenta mil y 00/100
Soles), en favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), como aporte institucional para la implementación de estaciones hidrológicas referidos a la operación y mantenimiento de catorce (14)
estaciones hidrológicas automáticas conforme al Anexo Nº 01 del citado convenio, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional S/ 550 000,00
-------------------TOTAL S/ 550 000,00
===========
Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1º de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle:
Al:
Pliego : 331 Servicio Nacional Meteorología e Hidrología -
SENAMHI
Unidad Ejecutora : 001 Servicio Nacional Meteorología e Hidrología -
SENAMHI
Unidad SIAF : 474 Servicio Nacional Meteorología e Hidrología -
SENAMHI
Cuenta Corriente : Cuenta Única del Tesoro Público - CUT
RUC : 20131366028
Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI), correspondiente al Año Fiscal 2018.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
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