6/01/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 267-2018-MINEDU Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2018-MINEDU Lima, 31 de mayo de 2018 Vistos, el Expediente Nº 0069337-2018, el Oficio Nº 483-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC, el Informe Nº 126-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA, el Informe Nº 194-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA, el Memorándum Nº 027-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OPP, el Oficio Nº 1061-2018-MINEDU/SG-OGRH, el Informe Nº 432-2018-MINEDU/SG-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que,
Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2018-MINEDU
Lima, 31 de mayo de 2018
Vistos, el Expediente Nº 0069337-2018, el Oficio Nº 483-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC, el Informe Nº 126-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA, el Informe Nº 194-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA, el Memorándum Nº 027-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OPP, el Oficio Nº 1061-2018-MINEDU/SG-OGRH, el Informe Nº 432-2018-MINEDU/SG-OGAJ; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29837, modificada por la Ley Nº 30281, se crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, a cargo del Ministerio de Educación, encargado del diseño, planificación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos para el financiamiento de estudios de educación técnica y superior; estudios relacionados con los idiomas, desde la etapa de educación básica, en instituciones técnicas, universitarias y otros centros de formación en general, formen parte o no del sistema educativo; así como capacitación de artistas y artesanos y entrenamiento especializado para la alta competencia deportiva;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la referida Ley establece que el Ministerio de Educación dictará las disposiciones para la organización y funcionamiento del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 705-2017-MINEDU, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), como un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene la estructura orgánica, funciones de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas, procesos principales, mapa de procesos y el organigrama del PRONABEC;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -
CPE", modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, la cual tiene por objeto establecer las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y para la gestión del proceso de administración de Puestos del Subsistema de Organización del Trabajo y su Distribución, del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos;

Que, el numeral 7.5 de la precitada Directiva establece que el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión institucional de carácter temporal que tiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057. Asimismo, el numeral 4 del anexo Nº 4 de la referida Directiva, establece que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada al informe de opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR;

Que, mediante Oficio Nº 483-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC, la Directora Ejecutiva del PRONABEC, remite al Ministerio de Educación, los Informes Nºs 126-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA y 194-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OGTA de la Oficina de Gestión del Talento, y el Memorándum Nº 027-2018-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, que sustentan la necesidad de aprobar el CAP Provisional del PRONABEC, señalando que dicho documento de gestión ha sido elaborado conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -
CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-P, considerando la estructura orgánica establecida en el Manual de Operaciones del PRONABEC, aprobado por Resolución Ministerial Nº 705-2017-MINEDU y a lo dispuesto en el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 091-2012-ED y modificatorias;

Que, mediante el Oficio Nº 1061-2018-MINEDU/ SG-OGRH, la Oficina General de Recursos Humanos señala que la propuesta de CAP Provisional del PRONABEC cumple con lo establecido en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH. Asimismo, señala que corresponde excluir el cargo estructural de Director de Programa Sectorial IV del PRONABEC, del CAP
Provisional del Ministerio de Educación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 052-2015-MINEDU
y reordenado por las Resoluciones Ministeriales Nºs 415-2015-MINEDU, 266-2017-MINEDU y 453-2017-MINEDU, considerando que dicho cargo debe estar incluido en el CAP Provisional del PRONABEC;

Que, con Informe Técnico Nº 062-2018-SERVIR/ GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, señala que la propuesta de CAP Provisional del PRONABEC se enmarca en las situaciones contempladas en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, recomendando proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del citado documento de gestión;

Con la visación del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva de Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, de la Oficina General de Recursos Humanos; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29837 que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, modificada por la Ley Nº 30281; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
y la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Educación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 052-2015-MINEDU, y reordenado por las Resoluciones Ministeriales Nºs 415-2015-MINEDU, 266-2017-MINEDU
y 453-2017-MINEDU, a fin de excluir el numeral 32, que corresponde al cargo de Director de Programa Sectorial IV (Nº de orden 921) del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo.

Artículo 3.- Dentro de un plazo máximo de sesenta (60) días calendario de publicada la presente resolución, el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo implementará el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, aprobado por el artículo 1.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídico de Educación (SIJE), ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

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