7/18/2018

Ficha Técnica Simplificada Proyectos Inversión RM 376-2018-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Aprueban la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0" RM 376-2018-MINEDU Lima, 16 de julio de 2018 Vistos, el Expediente Nº UPI.2017-INT-0204572, el Informe Nº 0589-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI y el Informe Nº 0111-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de
Poder Ejecutivo, Educacion
Aprueban la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0"
RM 376-2018-MINEDU
Lima, 16 de julio de 2018
Vistos, el Expediente Nº UPI.2017-INT-0204572, el Informe Nº 0589-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPI y el Informe Nº 0111-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Unidad de Programación e Inversiones de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; y el Informe Nº 447-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1252, en adelante la Ley, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, derogando la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Posteriormente se aprobó su Reglamento con el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, el cual fue modificado por Decreto Supremo Nº 104-2017-EF y el Decreto Supremo Nº 248-2017-EF, en adelante el Reglamento;


Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley establece que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de
Inversiones (OPMI), las Unidades Formuladoras (UF) y las Unidades Ejecutoras de Inversiones (UEI) del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;

Que, el artículo 6 del Reglamento establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector; mientras que en el literal a) de dicho artículo se dispone que en el caso de los Sectores, el Órgano Resolutivo aprueba las metodologías específicas para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión que se enmarquen en su responsabilidad funcional, aplicables a los tres niveles de gobierno;


Que, el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento establece que en el marco de las metodologías específicas, los Órganos Resolutivos de los Sectores del Gobierno Nacional definirán progresivamente las Fichas Técnicas aplicables a los proyectos de inversión, las cuáles pueden ser estándar o simplificadas. Asimismo, señala que la OPMI de cada Sector del Gobierno Nacional propone a su Órgano Resolutivo la estandarización de proyectos y las Fichas Técnicas respectivas;

Que, por su parte el literal k) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento establece que la OPMI de un Sector del Gobierno Nacional, tiene la función de elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con las Unidades Formuladoras del Sector, cuando corresponda; siendo que las metodologías específicas no podrán considerar aspectos contrarios a la metodología general aprobada por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI); en tal sentido, previamente a su aprobación serán remitidas al DGPMI para su conocimiento;

Que, el literal a) del numeral 5.3 del artículo 5 de la Directiva Nº 002-2017-EF/63.01 denominada "Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones", aprobada por la Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/63.01, y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 004-2017-EF/63.01 y Nº 007-2017-EF/63.01, establece como función de la OPMI elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con las UF del Sector;

Que, mediante el Informe Nº 589-2017-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI y el Informe Nº 0111-2018-MINEDU/ SPE-OPEP-UPI, la OPMI del Ministerio de Educación sustenta y propone la aprobación de la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0"
y su instructivo, señalando que dicha ficha aplica a proyectos de inversión con un monto de inversión menor a 750 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) y que esta metodología específica guarda correspondencia con los requisitos establecidos en el literal a) del artículo 6, el literal k) del numeral 7.1 del artículo 7 y el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento;

Con el visado de la Secretaria General, el Viceministro de Gestión Institucional, el Secretario de Planificación Estratégica, la Jefa de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, la Jefa de la Unidad de Programación e Inversiones, el Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, la Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones del Programa de Mejoramiento de la Educación Inicial en Ayacucho, Huancavelica y Huánuco, el Director General de la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Directora de la Dirección de Normatividad de Infraestructura, la Directora de la Dirección de Educación Inicial, la Directora de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente y la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2017-EF; la Directiva Nº 002-2017- EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/63.01; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0", metodología específica para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión del Sector Educación; así como su correspondiente instructivo, documentos que como Anexo forman parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Educación realice la difusión de la metodología específica aprobada mediante la presente resolución a las unidades formuladoras de los tres niveles de gobierno y brinde la capacitación y asistencia técnica correspondiente, en el marco de su función establecida en el literal l) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 376-2018-MINEDU Aprueban la "Ficha Técnica Simplificada para Proyectos de Inversión en Instituciones Educativas de Nivel Inicial que presten servicios a un número referencial de quince (15) niños. Versión 1.0"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 376-2018-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-07-18
  • Fecha de aplicacion : 2018-07-19

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